Las entidades incluidas en la lista provincial de entidades que prestan servicios a los que se puede acceder mediante vales de servicio deben cumplir los criterios y modalidades de aplicación de los vales de servicio aprobados mediante acuerdo del Consejo Provincial n.º 2066, de 13 de diciembre de 2024, modificados por el acuerdo n.º 310, de 28 de febrero de 2025, por el acuerdo n.º 2110, de 19 de diciembre de 2025, por la resolución n.º 487, de 10 de abril de 2026, y modificada en última instancia por la resolución n.º 1290, de 28 de agosto de 2026.
Los vales de servicio para laconciliaciónentre la vida laboral y el cuidado familiar permiten a las familias que cumplan los requisitos establecidos reducir los costes de los servicios de educación, guardería y cuidado de menores de hasta 14 años (o que no hayan cumplido los 18 años en el caso de menores con discapacidad, trastornos del aprendizaje o situaciones de especial dificultad certificadas por el personal competente), complementarios a los servicios públicos prestados por el mismo concepto en el territorio provincial, a cambio de una aportación económica personal equivalente, como mínimo, al 2 % o al 5 % (en función de la edad del menor) del coste del servicio subvencionable.
Nota: A partir del 23 de diciembre de 2024 está abierto el plazo para presentar solicitudes de inclusión en la Lista de entidades autorizadas para la prestación de los servicios que pueden adquirirse mediante los vales de servicio para el trienio 2025-2027. La posibilidad de inscribirse en la Lista estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2027.
Los vales de servicio se financian con recursos del Programa FSE+ 2021-2027 de la Provincia Autónoma de Trento, con la cofinanciación de la Unión Europea – Fondo Social Europeo Plus (40 %), del Estado italiano (42 %) y de la Provincia Autónoma de Trento (18 %). Dada la relevancia de este dispositivo, los Bonos de Servicio se han identificado en el Programa comoOperaciones de importancia estratégica.
Los vales de servicio debenactivarse en un plazo de 180 díasa partir de su emisión y el servicio debefinalizar en un plazo de 12 mesesa partir de la activación.
Larendición de cuentasde las actividades deberá presentarse en un plazo de 180 días a partir de la finalización de los servicios de conciliación prestados en relación con cada vale.
La Estructura Multifuncional Ad Personam, en un plazo de 90 días a partir de la recepción de la documentación, confirmará el desglose de los costes solicitados por el servicio prestado o señalará las posibles discrepancias; solo entonces el prestador del servicio podrá presentar a la Administración provincialuna factura o nota de gastosfiscalmente válida para el pago del saldo.
Las entidades prestadoras de servicios educativos, de atención y de custodia a menores, a los que se puede acceder mediante los vales de servicio, están obligadas a cumplir una serie de obligaciones en materia de visibilidad, transparencia y comunicación, que se resumen en la página «Obligaciones en materia de visibilidad, transparencia y comunicación vigentes para el período 2025-2027», con el objetivo de poner en valor y dar a conocer la contribución de la UE.