Descripción
Se entiende por planta de distribución de carburantes de uso particular el conjunto unitario, instalado en plantas de los locales de la empresa o en canteras y/o obras, almacenes y similares, compuesto por uno o varios depósitos subterráneos o aéreos destinados exclusivamente al suministro de carburantes de automoción necesarios para el funcionamiento de los vehículos y automóviles de la empresa particular.
La renovación de este tipo de instalaciones está sujeta a comunicación o autorización por parte de la Provincia. La nautra e contenuto della comunicazione varia in funzione della categoria della riorganizzazione e della capacità teorica dei tanzi.
En el caso de cambiar el producto contenido en los tanques sin cambiar los tanques en sí, es necesario presentar una comunicación de reestructuración parcial de la instalación.
En caso de aumento de la capacidad debido a la instalación de nuevos tanques, la sustitución de tanques existentes o el traslado de la ubicación
1) si la instalación se ha puesto en marcha mediante el procedimiento simplificado (Segnalazione certificata di inizio attività per impianti ad uso privato di capacità fino a 10 mc) después de la instalación/traslado de los depósitos y antes del primer llenado es necesario enviar la "Segnalazione certificata di inizio attività per ristrutturazione totale di impianti di distribuzione di carburante ad uso privato";
2) si la instalación se ha puesto en marcha mediante autorización (Autorización para instalaciones con una capacidad superior a 10 mc) antes de solicitar la licencia de obras al ayuntamiento es necesario enviar la "Solicitud de autorización para la reforma total de las instalaciones de distribución de carburante para uso privado".
En caso de cambios administrativos (cambio de razón social, cambio de titularidad de la instalación, desmantelamiento de la instalación, etc.), consulte el servicio "Combustible: cambio de instalación para uso privado" (véase "más información" más abajo).
Restricciones
Se impondrá una sanción administrativa de entre 1.000 y 6.000 euros a quien instale y explote una actividad de distribución de carburantes de automoción para uso particular o la reestructure totalmente careciendo de la preceptiva autorización o de la comunicación de inicio de actividad en el caso de instalaciones de hasta 10 metros cúbicos.