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Multiservicios: contribuciones para el establecimiento en 2025

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Las empresas que desarrollen la actividad de comercio minorista de alimentación y productos de primera necesidad o de ejercicio público en localidades que carezcan de servicios comerciales del mismo tipo podrán solicitar aportaciones a la Provincia.

L'immagine rappresenta il segno distintivo che devono avere i negozi multiservizi.

Destacado

Destacado

Nota: el presente texto no sustituye a la regulación contenida en la Resolución de la Diputación Provincial nº 2222, de 23 de diciembre de 2024, modificada por la Resolución de la Diputación Provincial nº 276, de 27 de febrero de 2026, a la que habrá que remitirse a todos los efectos.

Téngase en cuenta, asimismo, que a partir del 1 de enero de 2026, el acceso a las ayudas y subvenciones provinciales por parte de las empresas queda condicionado a la estipulación de una póliza de seguro que cubra los daños ocasionados por catástrofes naturales y eventos catastróficos, que cubra los bienes indicados en el artículo 1, apartado 101 de la Ley n.º 213/2023, desarrollada a nivel provincial por Resolución de la Diputación n.º 2114, de 19 de diciembre de 2025. La póliza deberá estar activa en el momento de la solicitud de la subvención y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la iniciativa. El incumplimiento de la obligación de aseguramiento dará lugar a la desestimación de la solicitud.

Las resoluciones pertinentes se publican en la sección "Documentos" al final de la página.

Descripción

Los comercios que ejerzan la actividad de venta al por menor de productos alimenticios y de primera necesidad o de ejercicio público y que, junto a su actividad principal, presten también servicios accesorios (las denominadas actividades multiservicios) útiles para la población local, en localidades que, de otro modo, carecerían de servicios comerciales del mismo tipo, pueden solicitar a la Provincia la prima de puesta en marcha, que, para las solicitudes que se presenten únicamente en 2026, es de 30.000,00 euros. Podrán beneficiarse de la prima quienes inicien su actividad en el año natural anterior al año de presentación de la solicitud en una localidad en la que no hubiera establecimientos del mismo tipo durante más de un año a partir de la fecha de inicio de la actividad del establecimiento comercial que solicita la prima de instalación. El 50% de la prima de instalación se abona una vez que se ha ejecutado la medida de concesión, y el 50% restante transcurrido un año desde la fecha de adopción de la misma, previa comprobación de la continuación de la actividad multiservicios.

Antes de iniciar la actividad multiservicios, la empresa está obligada a colocar el cartel correspondiente en el exterior de la unidad operativa local de que se trate para poder beneficiarse de la subvención.

Los comercios minoristas de alimentación y productos de primera necesidad deben ocuparse del surtido mínimo exigido en el art. 1 de los criterios.

Las actividades multiservicio son las siguientes

  1. servicios prestados en convenio con organismos públicos
  2. servicio gratuito de asistencia para la reserva telefónica o en línea de reconocimientos médicos especializados en beneficio de los solicitantes;
  3. servicio gratuito de impresión de informes médicos y asistencia para acceder al historial médico del ciudadano de las "Tres C" en beneficio de los solicitantes;
  4. servicio gratuito de punto de entrega de medicamentos enviados en sobre cerrado certificado desde farmacias que operan en centros vecinos;
  5. servicio de centro gratuito para la recogida y posterior envío de correspondencia en zonas urbanizadas sin oficina de correos, previo acuerdo especial con el proveedor de servicios postales;
  6. servicios de pago (impuesto de matriculación, facturas de servicios públicos, etc.);
  7. servicio gratuito de entrega de compras a domicilio en la localidad donde opere la unidad operativa local del establecimiento comercial;
  8. servicio de cajero automático;
  9. venta de carne fresca y/o congelada, en conserva, preparada, envasada;
  10. servicio gratuito de acceso a Internet a través de la red Wi-Fi que puede utilizarse con periféricos propiedad del usuario
  11. servicio gratuito de recogida de paquetes en ventanilla en presencia del personal
  12. servicio de recarga telefónica para al menos dos de los principales operadores de telefonía móvil
  13. venta de prensa diaria y revistas
  14. servicio gratuito de navegación por Internet y acceso al correo electrónico a través de un puesto PC; servicio gratuito de telefax y fotocopias abierto al público;
  15. venta de al menos diez referencias de productos ecológicos y/o celíacos;
  16. venta de al menos diez referencias de productos trentinos y/o de comercio justo;
  17. servicio de alquiler de bicicletas (eléctricas y/o musculares)
  18. servicio gratuito de carga de baterías para bicicletas eléctricas.

El sitio mapa de tiendas "multiservicio" de la provincia.

Restricciones

No se facilitarán las actividades multiservicio realizadas sin la previa exhibición del cartel fuera del punto de venta.

A quién está dirigido

Para poder optar a la subvención, la empresa debe tener el signo distintivo de la actividad multiservicios expuesto en el exterior del negocio para el que se solicita la subvención, y cumplir los siguientes requisitos

  • estar inscrita en el Registro Mercantil de Trento
  • tener su sede social y/o unidad operativa local en el territorio provincial
  • no tener pendiente ningún procedimiento de quiebra
  • volumen de negocios del ejercicio económico referido al último ejercicio cerrado en la fecha de la solicitud no superior a 608.500,00 euros;
  • las UTA (Unidades de Trabajo Anuales) no superan las 2,5, excluidos los propietarios, los trabajadores familiares y los aprendices
  • la superficie de venta entre 50 y 300 metros cuadrados para los comercios minoristas de alimentación y productos de primera necesidad o la superficie de restauración entre 40 y 300 metros cuadrados para los establecimientos públicos
  • un horario de apertura diario de al menos 3 horas durante al menos 6 días a la semana, o 5 días, de los cuales al menos uno debe estar abierto tanto por la mañana como por la tarde para un total de al menos 6 horas repartidas entre la mañana y la tarde
  • no disponer de máquinas recreativas conforme al artículo 110, apartado 6, del RD 773/1931 y LP 13/2015.

A continuación, la localidad en la que se ubique el establecimiento deberá cumplir estos requisitos

  • tener un mínimo de 100 habitantes (sólo en el caso de aportaciones para localidades especialmente desfavorecidas mínimo de 5 y máximo de 100 habitantes)
  • no tener otros establecimientos del mismo tipo
  • estar a una distancia mínima de 2 km por carretera de cualquier otro establecimiento permanente del mismo tipo, salvo en el caso, previamente certificado por el ayuntamiento competente, de que el otro establecimiento del mismo tipo esté situado a menos de 2 km, pero en una posición aislada con respecto al núcleo habitado, y en cualquier caso a una distancia no inferior a 500 m de cualquier otro establecimiento permanente del mismo tipo (esta distancia mínima se aplica para los establecimientos multiservicios ordinarios para la actividad desarrollada en 2025, y para los establecimientos multiservicios SIEG para la actividad desarrollada en 2026)
  • tener una altitud de al menos 500 m, salvo situaciones específicas y justificadas de aislamiento o ubicación periférica, previamente certificadas por el ayuntamiento competente (sólo en el caso de ayudas a localidades especialmente desfavorecidas altitud de al menos 800 m).

Procedimiento

La solicitud, provista de un sello fiscal y debidamente cumplimentada y firmada, deberá presentarse exclusivamente por vía electrónica en el buzón de correo electrónico certificado(PEC) del Departamento de Comercio, so pena de inadmisibilidad.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

La solicitud deberá ir acompañada de

  • la declaración en lugar de declaración jurada "de minimis" y/o la ayuda "de minimis SIEG";
  • la nota informativa de conformidad con los artículos 13 y 14 del Reglamento UE nº 679 de 2016;
  • copia de un documento de identificación válido del solicitante (si la solicitud no está firmada digitalmente sino con firma manuscrita);
  • cualquier delegación/apoderamiento para la cumplimentación y presentación de la solicitud y la política de privacidad relacionada firmada por la parte delegante junto con copias de los documentos de identidad de las partes delegante y delegada
  • cualquier certificación del Ayuntamiento competente que acredite la ubicación aislada de la(s) empresa(s) comercial(es) que se encuentra(n) a menos de 2 km de la empresa comercial solicitante y/o la situación de aislamiento o ubicación periférica de la empresa comercial solicitante (las unidades operativas que prestan actividades de SIEG ya han aportado la certificación en el momento de la asignación)
  • En su caso, copia de los acuerdos de las unidades operativas que realizan determinadas actividades multiservicio (las unidades operativas que prestan actividades de SIEG ya han aportado los acuerdos en el momento de la asignación).

Modelos

Tiempos y plazos

2026 31 mar

Periodo per la presentazione delle domande di contributo per l'insediamento avvenuto nel 2025 01/03/2026 ⇢ 31/03/2026

Notas

Le domande presentate al di fuori dei termini sono dichiarate irricevibili.

Nel caso di presentazione di più domande per lo stesso punto vendita entro i termini, viene considerata valida esclusivamente l'ultima domanda pervenuta in ordine cronologico.

Las solicitudes podrán presentarse del 1 al 31 de marzo de 2026 para la actividad multiservicios realizada en el año natural anterior.

Se declaran inadmisibles las solicitudes presentadas fuera de plazo o cumplimentadas utilizando modelos de años anteriores.

En caso de que se presente más de una solicitud para la misma salida dentro de plazo, sólo se considerará válida la última solicitud recibida por orden cronológico.

60 días

Días máximos de espera

El tiempo de espera es de 60 días a partir del día siguiente a la fecha límite de presentación de solicitudes.

El resultado del procedimiento se notifica al interesado por carta/PEC.

La información sobre el estado del procedimiento puede obtenerse en la oficina competente (los datos de contacto figuran en esta ficha de información).

El incumplimiento por parte de la estructura del plazo del procedimiento puede permitir al interesado dirigirse al Director General del Departamento de Artesanía, Comercio, Promoción, Deporte y Turismo para solicitar la conclusión del procedimiento.

Sin perjuicio de la posibilidad de recurrir ante la autoridad jurisdiccional competente, en función de los defectos planteados, en caso de resultado negativo es posible recurrir al Presidente de la República en un plazo de 120 días a partir de la notificación de la medida.

Costes

Timbre fiscal
16,00 Euro

Documentos

Normativa de referencia

Disciplina dell'attività commerciale

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Revisione dei criteri e delle modalità di attuazione dell'articolo 61, comma 2 lettera a) e comma 3, della legge provinciale sul commercio 2010 (l.p. n. 17/2010) - Interventi per favorire l'insediamento e la permanenza di attività economiche in zone monta

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Legge provinciale 30 luglio 2010, n. 17, articolo 61 - Interventi per favorire l'insediamento di attività economiche in zone montane - pubblicazione della mappa delle 'attività multiservizi' presenti in Trentino.

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Adeguamento dei criteri e modalità per la concessione dei contributi ai sensi dell'articolo 61, comma 2, lettera a), e comma 3 (interventi per favorire l'insediamento e la permanenza di attività economiche in zone montane) - recati dalla Deliberazione della Giunta provinciale n. 1958 del 28 ottobre 2022, come modificata dalla deliberazione n. 365 del 3 marzo 2023 - e ai sensi dell'articolo 64, commi 2 e 2 bis (eventi ed iniziative di qualificazione e valorizzazione dei luoghi storici del commercio) - recati dalla Deliberazione della Giunta provinciale n. 785 del 12 maggio 2023 - della legge provinciale 30 luglio 2010, n. 17, ai nuovi Regolamenti (UE) 2023/2831 (de minimis) e (UE) 2023/2832 (de minimis SIEG) della Commissione del 13 dicembre 2023. Nuovi termini di presentazione delle domande di contributo.

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Legge provinciale 30 luglio 2010, n. 17 (Legge provinciale sul commercio 2010), modifica dei criteri e delle modalità per la concessione dei contributi previsti dall'articolo 61, comma 2 lettera a) e comma 3) - Interventi per favorire l'insediamento e la permanenza di attività economiche in zone montane.

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Legge provinciale 30 luglio 2010, n. 17 (Legge provinciale sul commercio 2010), spostamento e modifica dei termini per la presentazione nel corso del 2026 delle domande per la concessione dei contributi previsti dall''articolo 61, comma 2 lettera a) e comma 3) a valere sull''attività svolta nel 2025 - Interventi per favorire l''insediamento e la permanenza di attività economiche in zone montane.

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Art. 1 comma 101 e seguenti della L. n. 213/2023 e s.m.. Polizza assicurativa a copertura dei danni, direttamente cagionati da calamità naturali ed eventi catastrofali verificatesi sul territorio nazionale, ai beni indicati al comma 1 dell''art. 2424 del codice civile.

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Legge provinciale 30 luglio 2010, n. 17 (Legge provinciale sul commercio 2010), modifica ai criteri attuativi dell''articolo 61, comma 2 lettera a) e comma 3, della legge provinciale 30 luglio 2010, n. 17 - Interventi per favorire l''insediamento e la permanenza di attività economiche in zone montane - approvati con deliberazione della giunta provinciale del 23 dicembre 2024, n. 2222 e approvazione della tabella degli importi dei contributi di cui all''art. 7, co. 1 dei criteri attuativi, valida per le sole domande di contributo presentate nel 2026, relative all''attività svolta nel 2025.

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Contacto

Contatti di Ufficio sostegno e promozione attivita' economiche

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serv.artcom@pec.provincia.tn.it

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Fax - Segreteria:
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Contatti di Servizio artigianato e commercio

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Pec - Segreteria:
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Fax - Segreteria:
0461.494747

Información adicional

Servicios relacionados/Otros servicios

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La Provincia asesora a municipios, empresas, asociaciones comerciales, profesionales y ciudadanos sobre la aplicación de la normativa relativa a las actividades empresariales "multiservicios".

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Antes de ejercer actividades multiservicio, la empresa interesada deberá solicitar el distintivo correspondiente para cada establecimiento de venta al por menor de alimentos y bebidas o establecimiento público de que se trate.

Multiservicios: subvenciones para la permanencia en 2025

Las empresas que desarrollen la actividad de comercio minorista de alimentación y productos de primera necesidad o de ejercicio público en localidades que carezcan de servicios comerciales del mismo tipo podrán solicitar aportaciones a la Provincia.

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Última actualización: 05/03/2026 18:45

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