Acreditación de Vales de Servicio - periodo 2025 - 2027

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Requisitos y modalidades para la inclusión en la lista de proveedores de servicios con Vales de Servicio.

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Destacado

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Para obtener información sobre el proceso completo a seguir para la prestación de servicios a través de Vales de Servicio - periodo 2025-2027 pulse aquí.

Descripción

Novità

La Resolución nº 310, de 28 de febrero de 2025, modificó los"Criterios y métodos de aplicación de los bonos de servicio - período 1 de enero de 2025 - 31 de diciembre de 2027", en concreto

  • el porcentaje máximo de la franquicia y el importe no cubierto relativo a las indemnizaciones por invalidez permanente y fallecimiento se ha aumentado del 5% ya previsto al 10%, con el fin de hacer elseguro menos oneroso para los Organismos Pagadores, con un importe máximo por siniestro de al menos 500.000,00 euros
  • se ha modificado el requisito general de organización válido para todos los servicios de conciliación en el caso de los niños con discapacidad en virtud de la Ley nº 104/1992 (discapacidad permanente en virtud del artículo 3, apartado 1, y discapacidad en situación de gravedad en virtud del artículo 3, apartado 3)
  • se ha elevado el umbral de I.C.E.F. previsto en la Resolución nº 2066 de 13.12.2024 a 0,50 en lugar de 0,40 y, en consecuencia, se han actualizado las cuantías asignadas a los Vales de Servicios individuales para los solicitantes con I.C.E.F. entre 0 y 0,50, incrementándose la cuantía a partir del 10 de marzo de 2025.

I vales de servicio son bonos de gasto para la conciliación de la vida laboral y familiar proporcionados por la Provincia Autónoma de Trento, que permiten a sus titulares adquirir servicios de educación, custodia y atención de menores hasta los 14 años (o hasta los 18 años en el caso de menores con discapacidad o situaciones de especial dificultad certificadas por el personal competente) como complemento de los servicios públicos prestados para el mismo fin en el territorio provincial, contra una aportación económica personal de al menos el 2% o el 5% (en función de la edad del menor) del coste del servicio financiable.
Para prestar servicios que puedan ser utilizados a través de Vales de Servicios es necesario estar incluido en el Listado de Entidades habilitadas para la prestación de servicios educativos de guarda y custodia que pueden ser adquiridos a través de Vales de Servicio.

La información sobre los procedimientos de gestión y las condiciones contractuales que rigen la relación jurídica entre la Provincia Autónoma de Trento y los proveedores de servicios se puede encontrar en los"Criterios y procedimientos para la implementación de los Vales de Servicio - período 1 de enero de 2025 - 31 de diciembre de 2027", documento adjunto a la Resolución del Consejo Provincial n. 2066 de 13 de diciembre de 2024, modificada por la Resolución n. 310 de 28 de febrero de 2025.

Por resolución nº 14499 de fecha 20/12/2024, modificada por resolución nº 3191 de fecha 01/04/2025se aprobó la"Convocatoria Pública de selección para la inclusión en el Listado de Entidades habilitadas para la prestación de servicios educativos de cuidado y custodia adquiridos a través de Bonos de Servicios - período 1 de enero de 2025 - 31 de diciembre de 2027".

Los Cheques Servicio se financian con los recursos del Programa FSE+ 2021-2027 de la Provincia Autónoma de Trento, con la cofinanciación de la Unión Europea - Fondo Social Europeo plus (40%), el Estado italiano (42%) y la Provincia Autónoma de Trento (18%). Dada su relevancia, los Vales de Servicio han sido identificados en el Programa como Operaciones de importancia estratégica.

Restricciones

Las solicitudes pueden presentarse hasta las 12.30 horas del 30 de septiembre de 2027 .

A quién está dirigido

Podrán ser incluidas en la "Relación de Entidades habilitadas para la prestación de servicios educativos de guarda y custodia susceptibles de ser adquiridos a través de Vales de Servicios" las siguientes entidades

A) en el caso de servicios prestados a menores de entre tres meses y tres años de edad

  • las instituciones públicas presentes en el territorio provincial destinadas a la prestación de servicios en el sector de la primera infancia;
  • las organizaciones privadas que operan en virtud de un convenio o contrato de servicio público con las autoridades locales provinciales en el sector de la primera infancia;
  • las entidades inscritas en el registro provincial a que se refiere el artículo 8 de la Ley Foral nº 4 de 12 de marzo de 2002, o que se inscriban, una vez adoptadas las normas de desarrollo previstas en el artículo 11 quáter de la citada Ley Foral nº 4/2002, en el registro provincial de entidades acreditadas para la prestación de servicios socioeducativos a que se refiere el artículo 6 de la misma Ley Foral nº 4/2002
  • Las entidades que operen de forma privada y autónoma en el territorio provincial en el ámbito de la infancia, regularmente inscritas en el C.C.I.A.A., las cooperativas sociales, las entidades de voluntariado, las asociaciones de promoción social y las entidades sin ánimo de lucro de utilidad social (Onlus), regularmente inscritas en sus respectivos registros y que operen en el territorio provincial en el ámbito de la educación y la animación (cultural, recreativa, deportiva, etc.) a favor de los menores.

En el caso de que se solicite autorización para la prestación de servicios educativos de cuidado y custodia, que pueden adquirirse mediante Bonos de Servicio para Guarderías de Empresa, los solicitantes deberán estar en posesión también de un mandato de gestión de al menos un servicio de Guardería de Empresa en la Provincia de Trento, firmado con al menos una Empresa promotora del servicio de Guardería de Empresa para sus empleados y/o colaboradores. Dicha encomienda de gestión deberá indicar expresamente el modo en que la Empresa o Empresas promotoras concederán o pondrán a disposición las instalaciones y deberá tener una duración de al menos 12 meses a partir de la fecha de presentación a la Administración de la solicitud de inclusión en el Listado de Entidades habilitadas para la prestación de servicios educativos de cuidado y custodia adquiribles mediante Bonos de Servicios.

B) en el caso de servicios prestados a menores de tres a seis años de edad

  • los Centros Infanto-Juveniles equivalentes de la Provincia de Trento
  • las entidades inscritas en el registro provincial a que se refiere el artículo 8 de la Ley provincial nº 4 de 12 de marzo de 2002 o que se inscribirán, una vez aprobado el reglamento de aplicación a que se refiere el artículo 11 quater de la citada Ley provincial nº 4/2002, en el registro provincial de entidades acreditadas para la prestación de servicios socioeducativos a que se refiere el artículo 6 de la misma Ley provincial nº 4/2002
  • las entidades privadas que operen en virtud de convenio o contrato de servicio público con las entidades locales de la provincia para la prestación de servicios educativos y de ocio (culturales, recreativos, deportivos, etc.) para menores de edad
  • Entidades que operen de forma privada y autónoma en el territorio provincial en el ámbito de la infancia, regularmente inscritas en el C.C.I.A.A., cooperativas sociales, entidades de voluntariado, asociaciones de promoción social y entidades sin ánimo de lucro de utilidad social (Onlus), regularmente inscritas en sus respectivos registros y que operen en el territorio provincial en el ámbito de la educación y el entretenimiento (cultural, recreativo, deportivo, etc.) a favor de menores.

C) en el caso de servicios prestados en favor de menores de 6 a 14 años (18 años no cumplidos en el caso de menores con discapacidades certificadas en virtud de la Ley nº 104/92 o con dificultades de aprendizaje o situaciones de especial dificultad certificadas por personal competente)

  • los centros de enseñanza pública que funcionan dentro del primer ciclo de enseñanza previsto por la Ley nº 53/2003;
  • las escuelas primarias y secundarias de primer ciclo de enseñanza, iguales o autorizadas
  • los organismos inscritos en el registro provincial a que se refiere el artículo 8 de la Ley provincial nº 4 de 12 de marzo de 2002;
  • los organismos privados que operan en virtud de un convenio o contrato de servicio público con las autoridades locales provinciales para la prestación de servicios educativos y de ocio (culturales, recreativos, deportivos, etc.) para menores
  • las entidades que operen de forma privada e independiente en el territorio provincial en el ámbito de la infancia, regularmente inscritas en el C.C.I.A.A., las cooperativas sociales, las entidades de voluntariado, las asociaciones de promoción social y las entidades sin ánimo de lucro de utilidad social (Onlus), regularmente inscritas en sus respectivos registros y que operen en el territorio provincial en el ámbito de la educación y el entretenimiento (cultural, recreativo, deportivo, etc.) a favor de los menores.

Además, todos los sujetos mencionados, con independencia del rango de edad de los menores a los que se presten los servicios, deberán

En el caso de que la Entidad Becaria disponga de más de una sede operativa, deberá cumplir los requisitos exigidos en cada sede operativa en relación con el grupo/clases de edad y el tipo de servicios prestados.

La solicitud presentada por la Entidad, completa con toda la documentación requerida, deberá estar firmada digitalmente por el representante legal de la Entidad solicitante o por un delegado con poder de firma.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

La solicitud consta de los siguientes documentos

  • solicitud de inclusión en la lista de conformidad con la normativa vigente en materia de sellos (16,00 euros), firmada digitalmente por el representante legal o su delegado
  • disposiciones generales del contrato firmadas digitalmente por el representante legal o su delegado;
  • currículum vitae de la persona de contacto para el área educativa y de al menos 2 recursos profesionales empleados en el servicio por grupo de edad;
  • eventuales anexos adicionales requeridos por la Resolución de la Diputación Provincial n. 2066 del 13 de diciembre de 2024, en función del grupo de edad para el que se solicita la inclusión en el Listado o, si se solicita la autorización para Guarderías de Empresa, el encargo de gestión de al menos un servicio de Guardería de Empresa en la Provincia de Trento firmado con al menos una Empresa promotora del servicio de Guardería de Empresa para sus propios empleados y/o colaboradores, con una duración de al menos 12 meses a partir de la fecha de presentación de esta solicitud a la Administración.

Tiempos y plazos

Periodo 2025-2027

60 días

Días máximos de espera

El plazo de 60 días se contará a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud, y el resultado de la misma se comunicará por escrito a cada uno de los solicitantes.

Costes

Sello

16,00 Euro

si no está exento

Acceder al servicio

Acceso al área reservada del Sistema de Información del Fondo Social Europeo

Autenticación

ID de usuario y contraseña

Documentos

Normativa de referencia

Modifica dell''Avviso pubblico di selezione per l'inserimento nell'Elenco dei Soggetti abilitati all'erogazione dei servizi educativi di cura e custodia acquisibili medianti i Buoni di Servizio - periodo 1 gennaio 2025 - 31 dicembre 2027' nell'ambito del Programma Fondo sociale europeo plus 2021-2027 della Provincia autonoma di Trento e delle relative 'Disposizioni generali di contratto', approvati con la determinazione del dirigente dell'UMSe Europa n. 14499 del 20 dicembre 2024, a seguito di quanto previsto dalla deliberazione della Giunta provinciale n. 310 del 28 febbraio 2025.

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Modifica della deliberazione n. 2066 del 13 dicembre 2024 avente ad oggetto 'Approvazione dei 'Criteri e modalità di attuazione dei Buoni di Servizio - periodo 1 gennaio 2025 - 31 dicembre 2027' nell'ambito del Programma Fondo sociale europeo plus (FSE+) 2021-2027 della Provincia autonoma di Trento'. Approvazione delle modifiche e sostituzione dell'Allegato A) della deliberazione.

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Approvazione dell''Avviso pubblico di selezione per l'inserimento nell'Elenco dei Soggetti abilitati all'erogazione dei servizi educativi di cura e custodia acquisibili medianti i Buoni di Servizio - periodo 1 gennaio 2025 - 31 dicembre 2027' nell'ambito del Programma Fondo sociale europeo plus 2021-2027 della Provincia autonoma di Trento, delle 'Disposizioni generali di contratto' e della 'Domanda di inserimento nell'Elenco dei Soggetti abilitati all'erogazione dei servizi educativi di cura e custodia acquisibili mediante i Buoni di Servizio per il periodo 1 gennaio 2025 - 31 dicembre 2027' in attuazione di quanto previsto dalla deliberazione della Giunta provinciale n. 2066 del 13 dicembre 2024.

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Approvazione dei 'Criteri e modalità di attuazione dei Buoni di Servizio - periodo 1 gennaio 2025 - 31 dicembre 2027' nell'ambito del Programma Fondo sociale europeo plus (FSE+) 2021-2027 della Provincia autonoma di Trento.

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Istruzioni per la presentazione della domanda di accreditamento all'Elenco dei Soggetti abilitati all’erogazione dei servizi educativi di cura e custodia acquisibili mediante i Buoni di Servizio

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