Subvenciones para proyectos deportivos de ciudadanía para todos (solicitud)

  • Activo

Información, instrucciones, normativa y formularios para presentar una solicitud de subvención con procedimiento de evaluación para apoyar proyectos de promoción de actividades deportivas, motrices y lúdicas para todos los ciudadanos.

Descripción

Se trata de una subvención para apoyar proyectos, de un año de duración, destinados a
(a) mejorar las condiciones de acceso, fomentar la participación de todos los ciudadanos e incrementar el número de personas -incluidas aquellas con discapacidades físicas, intelectuales y sensoriales- que practican actividades motrices, deportivas y lúdicas;
b) fomentar estilos de vida correctos encaminados a alcanzar o mantener un estado de salud adecuado y prevenir la aparición de patologías vinculadas a comportamientos incorrectos o poco saludables
c) fomentar las relaciones y la cohesión social, utilizando el deporte como instrumento útil para el crecimiento personal y recuperando la función educativa de la práctica motriz
d) fomentar, también a través de la participación de testimonios olímpicos, el aprendizaje, la puesta en práctica y la difusión de los valores olímpicos (juego limpio, participación, amistad, lealtad, solidaridad, compromiso, respeto, coraje, superación, paz, igualdad, internacionalismo) y/o paralímpicos (coraje, determinación, inspiración, igualdad).

Serán subvencionables los siguientes tipos de gastos imputables a la realización de la actividad y cuyos documentos hayan sido emitidos con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud
(a) adquisición de material de apoyo y servicios de promoción y difusión
b) reembolsos e indemnizaciones a los siguientes trabajadores del deporte: monitores, entrenadores, directores técnicos, gestores deportivos, entrenadores deportivos;
(c) reembolsos e indemnizaciones a técnicos deportivos colegiados
(d) reembolsos a voluntarios deportivos;
e) alquiler de equipos, materiales, medios e instrumentos deportivos, incluso para participantes discapacitados
f) alquiler y/o acondicionamiento de instalaciones deportivas y/o de agregación, incluidas las equipadas para participantes discapacitados
g) honorarios y reembolsos a conferenciantes y ponentes;
h) honorarios y reembolsos a conferenciantes y testimonios del deporte olímpico o paralímpico
i) reembolso de la diferencia en la cuota de inscripción si hay una reducción del 50% para participantes discapacitados y frágiles, jóvenes menores de 18 años, personas mayores de 65 años;
(j) transporte para los participantes
k) cobertura de seguro para los participantes, sólo si es con una póliza específicamente dedicada al proyecto
l) servicios de ambulancia y seguridad pública
m) refrigerios para los participantes y el personal de apoyo a la iniciativa
n) gastos generales de organización y/o pequeñas compras funcionales a la realización de la actividad, con un límite del 20% del total de las partidas anteriores.

La contribución se concede hasta el 80% de los gastos subvencionables y, en cualquier caso, con un límite máximo de 40.000 euros para cada iniciativa.

No obstante el límite máximo, la contribución podrá elevarse hasta el 90% de los gastos subvencionables para los proyectos destinados específicamente a las personas con discapacidad o fragilidad y/o a la igualdad de género y/o a la cohesión social y/o al aprendizaje y la aplicación de los valores olímpicos y paralímpicos.

La aportación está prevista en el artículo 21, apartado 1, letra a) de la Ley Foral nº 4 "Ley Foral del Deporte 2016" de 21 de abril de 2016.

Restricciones

Las solicitudes deberán presentarse entre el 1 de septiembre y el 30 de noviembre de cada año y referirse a proyectos cuya realización esté prevista entre el día de la solicitud y el 31 de diciembre del año siguiente al de la solicitud.

Cada solicitante sólo podrá presentar un proyecto por año.

La puntuación total alcanzada por cada iniciativa individual determina su posición en la lista de clasificación.

Las solicitudes que obtengan una puntuación inferior a 18 sobre 47 no podrán optar a las ayudas.

CUP
Las facturas relativas a la adquisición de bienes y servicios objeto de incentivos públicos a actividades productivas, desembolsadas por cualquier concepto y bajo cualquier modalidad por una Administración Pública, incluso a través de otras entidades públicas o privadas, o de cualquier forma trazables a las mismas, deberán contener el código único de proyecto (CUP), indicado en la escritura de concesión o comunicado en el momento de la asignación del propio incentivo o en el momento de la solicitud del mismo. Esta obligación se introduce en el apartado 6 del artículo 5 del Decreto-Ley nº 13 de 24 de febrero de 2023 - convertido por la Ley nº 41 de 21 de abril de 2023 y modificado por la Ley nº 213 de 30 de diciembre de 2023. Las indicaciones operativas relativas a la aplicación de la CUP figuran en el Anexo A de la Resolución del Consejo Provincial nº 728 de 23 de mayo de 2024.

A quién está dirigido

Comités, delegaciones o secciones provinciales de federaciones deportivas, disciplinas deportivas asociadas y entidades de promoción deportiva.

Para la ejecución de los proyectos previstos, las entidades mencionadas podrán delegar, en calidad de socio principal, en una asociación o club deportivo afiliado a ellas, reconocido por el CONI o el CIP y que opere a nivel provincial en el sector de la actividad amateur. En este caso, todas las relaciones administrativas y financieras serán mantenidas por la Administración con la organización líder, a la que también se delega la realización de los gastos relacionados con la actividad prevista y la recaudación de cualquier contribución concedida.

La solicitud debe ir firmada por el representante legal de la organización deportiva.

Procedimiento

La solicitud debe presentarse en el formulario rellenable preparado por la administración y enviarse en formato PDF o JPG estático al buzón certificado serv.turismo@pec.provincia.tn.it, o entregarse en mano en la Oficina de Actividades Deportivas.

Casos particulares

A petición del beneficiario, se podrá conceder un anticipo de hasta el 50% de la subvención previa presentación de una declaración jurada en la que se certifique el importe de los gastos efectivamente realizados hasta el momento de la presentación de la solicitud del anticipo.

En el caso de empresas, la aportación se concederá dentro de los límites del Reglamento (UE) nº 2831/2023 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

1. Solicitud cumplimentada en su totalidad, fechada y firmada.
2. Proyecto descriptivo de las actividades a realizar con indicación de: análisis del contexto y necesidades; objetivos; fecha de inicio y finalización; destinatarios; resultados esperados; socios y otros agentes implicados; métodos de difusión, ejecución, seguimiento y evaluación.
3. En su caso, indicación del socio principal con el que se mantienen todas las relaciones administrativas y financieras.
4. Carta de adhesión al proyecto de cada posible sujeto asociado, indicando el tipo de papel activo desempeñado.
5. Plan financiero con los gastos e ingresos presupuestados.
6. Nota informativa de conformidad con los artículos 13 y 14 del Reglamento UE n.º 679 de 2016, fechada y firmada.
7. Fotocopia de un documento de identidad del solicitante, si la solicitud se firma con firma manuscrita en un documento escaneado y no en presencia del empleado responsable.

Modelos

Tiempos y plazos

120 días

Días máximos de espera

El plazo de 120 días para concluir el procedimiento comienza el 1 de diciembre, día siguiente a la fecha límite de presentación de solicitudes. Si se solicita documentación adicional, el plazo del procedimiento queda suspendido hasta que se reciba.

Costes

Timbre fiscal

16,00 Euro

Exención para A.S.D. y S.S.D. sin ánimo de lucro

Documentos

Normativa de referencia

Deliberazione della Giunta provinciale n. 1897 del 22 novembre 2024, modificata con la n. 2215 del 23 dicembre 2024

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Approvazione dei nuovi criteri attuativi della legge provinciale 21 aprile 2016, n. 4 'Legge provinciale sullo sport 2016'.

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Modifica della deliberazione n. 1897 del 22 novembre 2024 'Approvazione dei nuovi criteri attuativi della legge provinciale 21 aprile 2016, n. 4 'Legge provinciale sullo sport 2016'.': correzione di meri errori materiali.

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Articolo 5 del D.L. 24 febbraio 2023, n. 13 convertito con L. 21 aprile 2023, n. 41: approvazione prime indicazioni operative riguardanti l'apposizione del Codice unico di progetto (CUP) e modifica dell'Avviso Nuova Impresa 2023 (approvato con deliberazione di Giunta provinciale n. 2015/2023).

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Promozione dello sport e dell'associazionismo sportivo trentino

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Información adicional

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Última actualización: 10/06/2025 08:17

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