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Subvenciones para el deporte profesional y de la máxima categoría (pregunta)

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Información, instrucciones, normativa y formularios para presentar la solicitud de subvención mediante un procedimiento de evaluación.

Descripción

Se trata de una subvención destinada a sufragar los gastos relacionados con la actividad deportiva de carácter profesional reconocida por el CONI (fútbol, ciclismo, boxeo, golf, motociclismo, baloncesto) o de carácter no profesional, siempre que se participe en los campeonatos nacionales de la máxima categoría.

Son subvencionables los siguientes gastos relacionados con el desarrollo de la actividad profesional o de la máxima categoría, correspondientes a la temporada deportiva en la que se lleva a cabo la actividad objeto de la subvención y que finaliza en el año siguiente al de la presentación de la solicitud:
a) costes de los técnicos deportivos inscritos en los colegios profesionales y de los siguientes trabajadores del deporte: deportistas, entrenadores, monitores, directores técnicos, directores deportivos, preparadores físicos y árbitros;
b) costes de servicios: reembolsos a voluntarios deportivos; prestaciones por trabajo por cuenta propia; transporte; manutención y alojamiento; organización de competiciones; comisiones sobre la recaudación; tasas de competición; inscripciones en competiciones o campeonatos;
c) gastos generales relacionados con la actividad deportiva: entrenamientos y concentraciones; gastos sanitarios; compra y alquiler de equipamiento; pruebas de selección de jugadores; gastos derivados de las relaciones con equipos locales; gastos accesorios por traspasos de jugadores.

La subvención se concede hasta el 50 % del gasto admisible y, en cualquier caso, dentro del límite de la pérdida del ejercicio, del déficit de gestión y de las posibles ayudas «de minimis» ya concedidas en los tres años anteriores, teniendo en cuenta los recursos disponibles.

La subvención está prevista en el artículo 17 de la Ley provincial n.º 4, de 21 de abril de 2016, «Ley provincial sobre el deporte de 2016», mientras que la actividad de carácter profesional se define en la Ley n.º 91, de 23 de marzo de 1981 «Normas en materia de relaciones entre clubes y deportistas profesionales».

Restricciones

En función de los recursos disponibles, que establece anualmente el Consejo Provincial, se financian todas las solicitudes admitidas. 

En caso de que los recursos disponibles no sean suficientes para financiar íntegramente las solicitudes admitidas, se procederá a un reajuste proporcional de la subvención en relación con aquellas solicitudes que prevean una subvención concedible superior a 20 000 euros y únicamente para la parte de la subvención que exceda dicho importe.

PÓLIZA DE CATÁSTROFES

A partir del 1 de abril de 2026, el acceso a subvenciones y ayudas públicas por parte de los beneficiarios inscritos en el Registro Mercantil y quesean propietarios, exploten o utilicen terrenos, edificios, instalaciones, maquinaria y equipos industriales y comerciales a los que se refiere el artículo 2424, primer párrafo, sección «Activo», partida B-II, números 1), 2) y 3) del Código Civil,empleados en el ejercicio de la actividad empresarial, estará supeditado a la suscripción de una póliza de seguro que cubra los daños causados por catástrofes naturales y eventos catastróficos a dichos bienes. La póliza deberá estar vigente en el momento de la concesión de la subvención y mantenerse durante toda la duración de las iniciativas. En caso de incumplimiento de la obligación de seguro —transpuesta a nivel provincial mediante resolución del Consejo Provincial n.º 2114, de 19 de diciembre de 2025 —, se denegará la subvención.

A quién está dirigido

Asociaciones y clubes deportivos, incluso aquellos constituidos como sociedades anónimas o sociedades de responsabilidad limitada, inscritos en el Registro Nacional de Actividades Deportivas Amateur, que desarrollen actividades de carácter profesional reconocidas por el CONI.

Asociaciones y clubes deportivos, inscritos en el Registro Nacional de Actividades Deportivas Amateur, que desarrollen actividades de carácter no profesional y que participen en los campeonatos nacionales de la máxima categoría.

La solicitud debe estar firmada por el representante legal de la organización deportiva.

Procedimiento

La solicitud de subvención debe presentarse utilizando el formulario rellenable facilitado por la administración y enviarse en formato PDF estático o JPG a la dirección de correo electrónico certificadoserv.sport@pec.provincia.tn.it.

Casos particulares

En el caso de aportaciones por un importe superior a 150 000 euros, la Oficina deberá recabar la información antimafia prevista en los artículos 91 y 92 del Decreto Legislativo n.º 159, de 6 de septiembre de 2011 «Código de leyes antimafia y de medidas de prevención, así como nuevas disposiciones en materia de documentación antimafia».

La subvención se concede de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 2831/2023 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas «de minimis», y siempre que la organización deportiva lleve a cabo también iniciativas de promoción y difusión de la práctica deportiva juvenil.

Las nuevas ayudas concedidas no deben hacer que los beneficiarios en cuestión superen el límite máximo de 300 000 euros de financiación total en los tres años anteriores, de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 2831/2023 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas «de minimis».

Requisitos

Documentación que se debe presentar

1. Solicitud debidamente cumplimentada en todas sus partes, fechada y firmada.
2. Informe descriptivo de la actividad deportiva de carácter profesional o de la máxima categoría prevista, fechado y firmado.
3. Programa de actividades de promoción y difusión de la práctica deportiva que el club se compromete a llevar a cabo, fechado y firmado.
4. Plan financiero relativo a la actividad profesional o de la máxima categoría prevista, fechado y firmado.
5. Nota informativa con arreglo a los artículos 13 y 14 del Reglamento (UE) n.º 679 de 2016, fechada y firmada.
6. Fotocopia de un documento de identidad del solicitante, si la solicitud se firma de puño y letra en un documento escaneado y no en presencia del empleado encargado.

Modelos

Tiempos y plazos

La solicitud de subvención debe presentarseentre el 1 y el 30 de noviembre de cada año.

Debe referirse a la temporada deportiva en la que se desarrolla la actividad objeto de la subvención y que finaliza en el año siguiente al de la presentación de la solicitud.

120 días

Días máximos de espera

Los 120 días previstos para la finalización del procedimiento comienzan el 1 de diciembre, día siguiente a la fecha límite para la presentación de solicitudes. En caso de que se solicite documentación complementaria, el plazo del procedimiento quedará suspendido hasta la recepción de dicha documentación.

Costes

Sello fiscal
16,00 euros

Exención para asociaciones deportivas (A.S.D.) y sociedades deportivas (S.S.D.) sin ánimo de lucro

Documentos

Normativa de referencia

Modifica della deliberazione n. 1897 del 22 novembre 2024, già modificata con la n. 2215 del 23 dicembre 2024, "Approvazione dei nuovi criteri attuativi della legge provinciale 21 aprile 2016, n. 4 ''Legge provinciale sullo sport 2016''.".

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Última actualización: 06/07/2026 12:41

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