Descripción
Es la solicitud que presentan las asociaciones o clubes deportivos, las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada que han obtenido la subvención para gastos relacionados con la actividad deportiva de carácter profesional y de la máxima categoría.
La subvención se abona por un importe equivalente al 50 % de los gastos admisibles y, en cualquier caso, dentro del límite de la subvención concedida, de la pérdida del ejercicio o del déficit de gestión.
La subvención está prevista en el artículo 17 de la Ley provincial n.º 4, de 21 de abril de 2016, «Ley provincial sobre el deporte de 2016», mientras que la actividad de carácter profesional se define en la Ley n.º 91, de 23 de marzo de 1981 «Normas en materia de relaciones entre clubes y deportistas profesionales».
Restricciones
El solicitante debe haber presentado previamente una solicitud de subvención y esta debe habérsele concedido mediante resolución del responsable de la estructura provincial competente en materia de deporte.