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Solicitud para la concesión del subsidio único provincial

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Criterios y modalidades para la presentación de la solicitud de la prestación única provincial

Destacado

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Solo para el año 2026, los plazos de las cuotas B1, B3 y C se prorrogan automáticamente hasta el 31 de diciembre de 2026. En el caso exclusivo de la cuota A, la solicitud debe presentarse entre el 18 de mayo anterior al período de referencia y el 31 de mayo del año siguiente al período de referencia.

Descripción

El subsidio único provincial (AUP) es una prestación económica destinada a los núcleos familiares residentes en la provincia de Trento. El subsidio tiene carácter asistencial y está destinado a cubrir necesidades de carácter general, como el apoyo a los ingresos, o necesidades de carácter específico, como el apoyo a la infancia, a las personas con discapacidad y a la natalidad.

El subsidio único tiene por objeto garantizar la equidad en la concesión de las prestaciones públicas, la simplificación administrativa y la racionalización de las intervenciones, y ha absorbido una serie de prestaciones preexistentes. Mediante una solicitud unificada es posible acceder a varias prestaciones, racionalizadas y definidas en «partes» específicas del subsidio único.

Cuotas de la prestación única ycaracterísticas principales.

Las necesidades de carácter general o específico se clasifican en categorías, denominadas cuota A, B1, B3, C y C2. Si se cumplen los requisitos, se tiene acceso a una o varias cuotas de la prestación única.

LaCuota Aes una medida de lucha contra la pobreza y de apoyo a los ingresos, destinada a garantizar el logro de una situación económica suficiente para satisfacer las necesidades generales de la vida del núcleo familiar.

LaCuota B esuna medida destinada a sufragar los gastos necesarios para satisfacer necesidades específicas.Sesubdivide en la Cuota B1,destinada a sufragar los gastos de los hijos y menores equiparados (manutención, cuidados, educación e instrucción) y en la Cuota B3,destinada a cubrir las necesidades de vida de los miembros del núcleo familiar con discapacidad (inválidos civiles, ciegos civiles y sordos).

LaCuota C esuna medida económica destinada a contrarrestar el descenso demográfico y a fomentar la natalidad y la adopción, y se subdivide en las Cuotas C y C2. La Cuota C esuna ayuda económica destinada a las familias por los hijos nacidos o adoptados con posterioridad al 1 de enero de 2020 y se abona durante un periodo de 24 meses a partir del decimotercer mes siguiente al del nacimiento o la adopción. La Cuota C2 tienepor objeto ayudar a las familias con al menos tres hijos a su cargo y prevé una ayuda por el nacimiento o la adopción del tercer hijo o de los hijos posteriores. La cuota C2 se concede como una ayuda única de 5 000,00 € para los hijos nacidos o adoptados entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025. La ayuda se abona como parte de la prestación única provincial, en un único pago, sobre la base de una mensualidad de dicha prestación. En el caso de los padres que no se beneficien de la prestación única provincial, la solicitud de la ayuda se presentará antela Agencia para la Cohesión Social en un plazo de dos meses a partir de la fecha de nacimiento o adopción del hijo o hijos. 

A quién está dirigido

Los requisitos de acceso a la prestación única varían en función de las cuotas solicitadas, tal y como se detalla a continuación.

 Requisitos de acceso para la cuantía A:

- unidad familiar con un valor del indicador de la situación económica (ICEF) relativo a las ayudas a los ingresos inferior a 0,165; 

- el solicitante debe haber tenido residencia civil ininterrumpida en la provincia de Trento durante al menos tres años en la década anterior a la fecha de presentación de la solicitud y estar empadronado en la provincia de Trento en dicha fecha. Para acceder a la cuota A, se exigen además los requisitos de nacionalidad, residencia y permanencia previstos en el artículo 2, apartado 2, letra a), números 1) y 2), delDecreto-ley n.º 48 de 2023(Subsidio de inclusión). En concreto, el solicitante debe cumplir acumulativamente los siguientes requisitos: 

  1.  ciudadano de la Unión Europea o familiar suyo que sea titular del derecho de residencia o del derecho de residencia permanente, o bien ciudadano de un tercer país en posesión de un permiso de residencia de la UE para residentes de larga duración, o bien titular del estatuto de protección internacional, a que se refiere elDecreto Legislativo de 19 de noviembre de 2007, n.º 251;
  2.  en el momento de presentar la solicitud, haber residido en Italia durante al menos cinco años, de los cuales los dos últimos de forma ininterrumpida.

- El núcleo familiar beneficiario no debe percibir el subsidio de inclusión previsto en el artículo 3, apartado 1, primera frase, del Decreto-ley n.º 48, de 4 de mayo de 2023.

 Requisitos de acceso a la cuota B1: 

- unidad familiar con un valor del indicador de la situación económica familiar (ICEF) inferior a 0,30; 

- el solicitante debe haber tenido residencia civil ininterrumpida en la provincia de Trento durante al menos tres años en la década anterior a la fecha de presentación de la solicitud y estar empadronado en la provincia de Trento en dicha fecha;

- en el núcleo familiar beneficiario deben figurar hijos menores de edad o personas equiparadas a menores, que convivan con dicho núcleo.

Requisitos de acceso para la cuota B3:

- núcleo familiar con un valor del indicador de la situación económica familiar (ICEF) inferior a 0,36; 

- el solicitante debe haber tenido una residencia civil ininterrumpida en la provincia de Trento durante al menos tres años en el decenio anterior a la fecha de presentación de la solicitud y estar empadronado en la provincia de Trento en dicha fecha;

- las personas con discapacidad que formen parte del núcleo familiar beneficiario deben ser titulares de al menos una de las prestaciones económicas previstas en el artículo 3, apartado 1, de la Ley provincial n.º 7, de 15 de junio de 1998, (Regulación de las medidas de asistencia en favor de las personas con discapacidad civil, los ciegos civiles y los sordomudos) y no deben estar ingresados en centros sanitarios o sociosanitarios durante un período continuado igual o superior a 30 días.

Requisitos de acceso para lacuota C:

- unidad familiar con un valor del indicador de la situación económica familiar (ICEF) inferior a 0,40; 

- presencia de al menos un hijo en el núcleo familiar, nacido o adoptado con posterioridad al 1 de enero de 2020;

- residencia continuada de al menos dos años en la provincia de Trento por parte del progenitor solicitante.

Requisitos de acceso para lacuota C2:

- unidad familiar con un valor del indicador de la situación económica familiar (ICEF) inferior a 0,40; 

- núcleo familiar en el que, en la fecha de nacimiento o adopción del tercer hijo o de los siguientes, haya un total de al menos tres hijos a cargo; el tercer hijo (o los siguientes) debe haber nacido o haber sido adoptado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025; en caso de nacimiento de gemelos o de hijos adoptados simultáneamente, la ayuda se concede por cada hijo;

- residencia continuada de al menos dos años en la provincia de Trento por parte del progenitor solicitante, que debe estar empadronado tanto con el recién nacido o adoptado como con al menos otros dos hijos.

Procedimiento

La solicitud debe presentarse a través de losorganismos de patronato y asistencia social o de las oficinas periféricas de la provincia, por parte de un miembro del núcleo familiar beneficiario con capacidad para actuar. En el caso de los núcleos familiares compuestos exclusivamente por una persona incapacitada o con capacidad reducida, la solicitud la presenta el tutor, el curador o el administrador de apoyo.

Tiempos y plazos

Período de referencia y presentación de la solicitud

El período de referencia del AUP va del 1 de julio al 30 de junio del año siguiente. Solo para el año 2026, las cuotas B1, B3 y C se prorrogan automáticamente hasta el 31 de diciembre de 2026. Solo en el caso de la cuota A, la solicitud debe presentarse entre el 18 de mayo anterior al período de referencia y el 31 de mayo del año siguiente al período de referencia. Si en el núcleo familiar beneficiario hay hijos, menores acogidos o personas con discapacidad que hayan nacido, hayan sido acogidos o cuya discapacidad haya sido reconocida, respectivamente, antes del 31 de mayo del período de referencia, la solicitud podrá presentarse hasta el31 de marzodel período de referencia siguiente.

90 días

Días máximos de espera

a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Legge di stabilità provinciale 2017

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Modifica della disciplina di attuazione dell''assegno unico provinciale di cui all''articolo 28, comma 4, della legge provinciale 29 dicembre 2016, n. 20 (Legge di stabilità provinciale 2017) per il periodo 1° luglio 2025 - 30 giugno 2026, approvata con deliberazione della Giunta provinciale n. 631 del 9 maggio 2025.

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Approvazione della Disciplina per l''attuazione della quota A dell''assegno unico provinciale ai sensi dell''articolo 28, comma 4, della legge provinciale 29 dicembre 2016, n. 20 (Legge di stabilità provinciale 2017) per il periodo di riferimento 1° luglio 2026 - 30 giugno 2027 e successivi e contestuale modifica della deliberazione di giunta provinciale n. 631 del 9 maggio 2025 e s.m.i., recante l''approvazione della Disciplina per l''attuazione dell''assegno unico provinciale per il periodo 1° luglio 2025 - 30 giugno 2026.

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Variazione al bilancio di previsione della Provincia autonoma di Trento per gli esercizi finanziari 2017 - 2019

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Información adicional

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Simulación del propio indicador ICEF

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Última actualización: 15/10/2026 12:07

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