Únicamente para el año 2026, los tramos B1, B3 y C se prorrogan automáticamente hasta el 31 de diciembre de 2026. Solo para el contingente A, la solicitud se presentará desde el 18 de mayo anterior al periodo de referencia hasta el 31 de mayo del año siguiente al periodo de referencia.
Descripción
El subsidio único provincial (Aup) es una prestación económica destinada a las unidades familiares residentes en la provincia de Trento. El subsidio tiene carácter asistencial y está destinado a apoyar necesidades de carácter general, como el apoyo a la renta, o necesidades de carácter particular, como el cuidado de los hijos, la discapacidad y el apoyo a la natalidad.
La función del subsidio único es garantizar la equidad en la concesión de prestaciones públicas, la simplificación administrativa y la racionalización de las intervenciones, y ha absorbido varias prestaciones preexistentes. Con una solicitud unificada, es posible acceder a varias prestaciones, racionalizadas y definidas en "cuotas" específicas del subsidio único.
Cuotas del subsidio único ycaracterísticas principales
Las necesidades generales o especiales se identifican en categorías, denominadas cuota A, B1, B3, C y C2. Cuando se cumplen los requisitos, se tiene acceso a uno o varios tramos de la prestación única.
La cuota A es una medida de alivio de la pobreza y de apoyo a los ingresos, destinada a garantizar la consecución de una condición económica suficiente para satisfacer las necesidades vitales generales del hogar.
La Cuota B es una medida destinada a apoyar los gastos necesarios para cubrir necesidades especiales.Se divide en la Cuota B1, destinada a apoyar los gastos de los niños y menores equivalentes (manutención, cuidado, educación y enseñanza) y la Cuota B3, destinada a apoyar las necesidades vitales de los miembros del hogar con discapacidades (inválidos civiles, ciegos civiles y sordos).
La cuota C es una medida económica destinada a contrarrestar el declive demográfico y apoyar los nacimientos y la adopción y se divide en las cuotas C y C2. La cuota C es una contribución económica destinada a las familias, para los niños nacidos o adoptados después del 1 de enero de 2020 y se abona durante 24 meses a partir del decimotercer mes siguiente al mes de nacimiento o adopción. La cuota C2 está destinada a facilitar la vida de las familias con al menos tres hijos a cargo, y prevé una contribución en el momento del nacimiento o de la adopción del tercer hijo, o de los hijos siguientes. La cuota C2 se concede en una cuantía a tanto alzado de 5.000,00 euros por los hijos nacidos o adoptados entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025. La cuota se abona como parte del subsidio único provincial, en un pago único, sobre una mensualidad del subsidio único. En el caso de los progenitores que no se benefician del subsidio único provincial, la solicitud del subsidio se presenta ante la Agencia de Cohesión Social en un plazo de dos meses a partir de la fecha de nacimiento/adopción del hijo o hijos.
A quién está dirigido
Los requisitos de acceso para la asignación única se diferencian en función de las cuotas solicitadas, como se detalla a continuación.
Requisitos de acceso para la cuota A
- hogar con un valor del indicador de la condición económica (ICEF) para las medidas de ayuda a la renta inferior a 0,165
- Solicitante con residencia registral continuada en la Provincia de Trento de al menos tres años en la década anterior a la fecha de solicitud y residente registral en la Provincia de Trento en la misma fecha. Para el acceso a la cuota A se requieren además los requisitos de ciudadanía, residencia y domicilio previstos en el artículo 2, apartado 2, letra a), números 1) y 2), del Decreto Ley nº 48 de 2023 (Assegno di inclusione). En particular, el solicitante debe ser acumulativamente
ciudadano de la Unión Europea o miembro de su familia titular del derecho de residencia o del derecho de residencia permanente, o nacional de un tercer país titular de un permiso de residencia de larga duración de la UE, o titular del estatuto de protección internacional, contemplado en el Decreto Legislativo n° 251 de 19 de noviembre de 2007
en el momento de presentar la solicitud, residente en Italia desde hace al menos cinco años, de los cuales los dos últimos de forma continuada.
- El hogar beneficiario no debe recibir el "Assegno di inclusione" (subsidio de inclusión) previsto en el artículo 3, apartado 1, primera frase, del Decreto Ley nº 48 de 4 de mayo de 2023.
Requisitos de acceso para cuota B1:
- hogar con un valor del Indicador de la Condición Económica Familiar (ICEF) inferior a 0,30;
- solicitante con residencia continuada en la Provincia de Trento de al menos tres años en los diez años anteriores a la fecha de la solicitud y empadronado en la Provincia de Trento en la misma fecha;
- debe haber hijos menores de edad o menores equivalentes que vivan en el mismo domicilio.
Requisitos de acceso para la cuota B3
- hogar con un valor del indicador de la condición económica familiar (ICEF) inferior a 0,36;
- solicitantes con al menos tres años de residencia ininterrumpida en la provincia de Trento durante el período de diez años anterior a la fecha de la solicitud y que residan empadronados en la provincia de Trento en la misma fecha;
- los miembros discapacitados de la unidad familiar beneficiaria deben ser beneficiarios de al menos una de las prestaciones económicas previstas en el apartado 1 del artículo 3 de la Ley provincial nº 7 de 15 de junio de 1998 (Disciplina degli interventi assistenziali in favore degli invalidi civili, dei ciechi civili e dei sordomuti) y no deben estar hospitalizados en centros sanitarios o de asistencia social durante un período ininterrumpido igual o superior a 30 días.
Requisitos de acceso a la cuota C
- hogar con un valor del indicador de la situación económica familiar (ICEF) inferior a 0,40;
- presencia de al menos un niño en el hogar, nacido o adoptado después del 1 de enero de 2020;
- residencia continuada de al menos dos años en la Provincia de Trento por parte del progenitor solicitante.
Requisitos de acceso para la cuota C2
- hogar con un valor del indicador de la situación económica familiar (ICEF) inferior a 0,40;
- hogar en el que, en la fecha de nacimiento o adopción del tercer hijo (o hijos sucesivos), haya en total al menos tres hijos a cargo; el tercer hijo (o hijos sucesivos) debe haber nacido o haber sido adoptado entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025; en caso de nacimiento de gemelos o de hijos adoptados al mismo tiempo, la contribución se reconoce por cada hijo
- residencia continuada durante al menos dos años en la provincia de Trento por parte del progenitor solicitante, que deberá estar empadronado tanto con el hijo recién nacido/adoptado como con al menos otros dos hijos.
Procedimiento
La solicitud debe ser presentada a través de las Instituciones de Patronato y Asistencia Social o de las oficinas periféricas de la Provincia, por un miembro del hogar beneficiario con capacidad de obrar. En el caso de hogares formados exclusivamente por una persona incapacitada o con capacidad reducida, la solicitud la presenta el tutor, curador o administrador de apoyo.
El periodo de referencia de la PUA va del 1 de julio al 30 de junio del año siguiente. Sólo para el año 2026, los tramos B1, B3 y C se prorrogan automáticamente hasta el 31 de diciembre de 2026. Sólo para el tramo A, la solicitud debe presentarse desde el 18 de mayo anterior al periodo de referencia hasta el 31 de mayo del año siguiente al periodo de referencia. Si en el hogar beneficiario hay niños, menores acogidos o personas discapacitadas nacidas, acogidas o cuya discapacidad esté reconocida antes del 31 de mayo del periodo de referencia, la solicitud podrá presentarse antes del 31 de marzo del siguiente periodo de referencia.
90 días
Días máximos de espera
a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud
Modifica della disciplina di attuazione dell''assegno unico provinciale di cui all''articolo 28, comma 4, della legge provinciale 29 dicembre 2016, n. 20 (Legge di stabilità provinciale 2017) per il periodo 1° luglio 2025 - 30 giugno 2026, approvata con deliberazione della Giunta provinciale n. 631 del 9 maggio 2025.
Approvazione della Disciplina per l''attuazione della quota A dell''assegno unico provinciale ai sensi dell''articolo 28, comma 4, della legge provinciale 29 dicembre 2016, n. 20 (Legge di stabilità provinciale 2017) per il periodo di riferimento 1° luglio 2026 - 30 giugno 2027 e successivi e contestuale modifica della deliberazione di giunta provinciale n. 631 del 9 maggio 2025 e s.m.i., recante l''approvazione della Disciplina per l''attuazione dell''assegno unico provinciale per il periodo 1° luglio 2025 - 30 giugno 2026.
Este servicio le permite simular el cálculo de su Indicador de la Condición Económica Familiar (ICEF) y conocer las prestaciones (subsidios, tasas, vales, etc.) a las que puede tener derecho.