Descripción
Antes delinicio del servicio financiado por el Cheque, la Autoridad de Gestión deberá
- suscribir formalmente un contrato con la Autoridad de Gestión del Fondo Social Europeo (no se reconocerá ningún servicio antes de la celebración del contrato)
- suscribir pólizas de seguro adecuadas para todos los menores que se beneficien de los servicios prestados (incluso para aquellos que no se beneficien de los Bonos de Servicios), de conformidad con la cobertura máxima prevista en los Criterios y modalidades de aplicación de los Bonos de Servicios - periodo 1 de septiembre de 2022 - 31 de diciembre de 2024 y vincularlos telemáticamente a los Bonos;
- recoger para cada menor, en la Estructura Multifuncional Ad Personam, el Registro de asistencia en papel (para citas contactar con el número gratuito 800 163870)
- introducir en el sistema informático la comunicación"Inicio de Actividad" en el plazo de 180 días desde la emisión del Vale, vinculando las pólizas de seguro y el/los Registro/s de Asistencia. Para las modalidades consulte el Manual de Activación y Pago;
- verificar, para los menores de 3 meses a 6 años, el cumplimiento de laobligación de vacunación prevista por el Decreto Ley nº 73/2017 convertido con modificaciones por la Ley nº 119/2017 que contiene "Disposiciones urgentes en materia de prevención de vacunas, enfermedades infecciosas y controversias relativas a la administración de medicamentos" y lo dispuesto en las Resoluciones de la Diputación nº 1021/2017 y nº 1462/2017 modificadas.
Para obtener información sobre el proceso completo a seguir para la "Prestación de servicios utilizables a través de Vales de Servicios" consulte las siguientes páginas:
- Prestación de servicios utilizables a través de Vales de Servicios - período 2022-2024
- Prestación de servicios a través de Vales de Servicio - periodo 2025-2027
Restricciones
Durante la prestación de los servicios, el Registro de Asistencia asociado al niño debe cumplimentarse y firmarse diariamente. Sólo se reconocen las horas de servicio efectivamente prestadas y correctamente indicadas en el Registro de Asistencia, en la medida presupuestada en el PES. Si el titular del Bono u otro progenitor/delegado no firma el Registro, la totalidad del coste del servicio prestado por los días no firmados correrá a su cargo.
El Bono de Servicios no reconoce aportación alguna en caso de ausencia del hijo, cualquiera que sea el motivo, ni en caso de ausencia del trabajo del titular del Bono por vacaciones y/o permiso no retribuido distinto del permiso parental por otro hijo. Por otro lado, se cubre una parte de los gastos relativos a los servicios educativos para el cuidado y custodia de menores si el titular del Bono se ausenta del trabajo por: reconocimientos médicos, rehabilitación tras lesión o en hospital de día, ingresos en hospital o centro asistencial, enfermedades, permisos de maternidad y paternidad de otro menor que no sea beneficiario de los servicios solicitados con el Bono de Servicios, permisos laborales previstos en el contrato de trabajo.
Los servicios deberán prestarse conforme a lo establecido en el Proyecto de Prestación de Servicios (PES) adjunto a la solicitud del Cheque Servicio y deberán completarse en el plazo de 12 meses desde su activación, transcurrido el cual el Cheque quedará inutilizado. Son posibles modificaciones, previa autorización de la Administración Provincial a través de la Estructura Multifuncional Ad Personam, en los siguientes casos
- cambio del Proveedor de Servicios, exclusivamente en casos excepcionales, debido a la imposibilidad objetiva de utilizar la totalidad o parte de los servicios inicialmente previstos, previa liberación por parte del Proveedor de Servicios original de la parte no utilizada del Bono de Servicios;
- cambio del tipo de servicios solicitados, en todo o en parte, si el menor beneficiario de los servicios ya no tiene la edad requerida, o si se añade un nuevo menor, o si el solicitante y el Organismo Concedente acuerdan un régimen de servicios diferente para el mismo menor (por ejemplo, cambio de ubicación, cambios en la asistencia, etc.).
En ambos casos, es necesario volver a presentar el PES a la Estructura Ad Personam, firmado conjuntamente por el Responsable y el titular del Bono de Servicios, a través del sistema de gestión online. Para las modalidades, se sugiere leer el relativo Manual de Variaciones y Liberación.
Nunca se permiten adiciones al importe previsto por el PES.
En caso de reducción de al menos el 30% de los costes de los servicios, la Autoridad Emisora podrá solicitar al titular del Bono una compensación igual al 10% del valor inicial del propio Bono.