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Inscripción y baja de una entidad de alpinismo en el registro provincial

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Cómo obtener la acreditación de refugio de montaña, vivac o ruta de montaña, así como su inscripción en el registro provincial de instalaciones de montaña o su eventual baja.

Descripción

La Provincia mantiene una lista de instalaciones de montaña, definidas como refugios alpinos y de senderismo, vivacs y rutas de montaña. 

En concreto, el uso de la denominación «refugio» está permitido exclusivamente a las instalaciones de alpinismo inscritas en dicho listado.

En caso de que se dejen de cumplir los requisitos establecidos por la normativa, se procederá a la eliminación de la instalación de montaña de la lista.

A quién está dirigido

En el caso de los refugios de montaña y los vivacs:

  • el representante legal de sociedades, asociaciones u organismos públicos 
  • el titular de una empresa unipersonal 
  • el ciudadano particular

que sea propietario del inmueble.

Para las rutas de montaña:

  • el representante legal de sociedades, asociaciones u organismos públicos 
  • el titular de una empresa unipersonal 

que se comprometa a encargarse de su control y mantenimiento y que haya obtenido el consentimiento de los propietarios de los terrenos afectados.

 

Procedimiento

La solicitud de inscripción en el registro de instalaciones de alpinismo debe presentarse ante el Servicio de Teleféricos, Infraestructuras Deportivas y de Montaña utilizando el formulario correspondiente, junto con los anexos previstos, y enviarse a la dirección de correo electrónico certificadoserv.impiantiemontagna@pec.provincia.tn.it.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Para los refugios alpinos:

  • informe técnico-descriptivo de la estructura que incluya también la verificación (en el formulario correspondiente, que se puede descargar de la sección «Formularios») de los requisitos mínimos y máximos establecidos por la normativa;
  • documentación fotográfica de los emplazamientos y de la estructura; 
  • extracto del mapa catastral y croografía en la que se indique la ubicación de la construcción;
  • plano general en el que se indiquen los edificios, la pista de aterrizaje para helicópteros y la eventual estación del teleférico, así como las obras de urbanización;
  • planos y secciones de la estructura a una escala adecuada.

Para los campamentos:

  • informe técnico-descriptivo de la estructura que incluya también la verificación de las características estructurales y funcionales previstas por la normativa;
  • documentación fotográfica de los emplazamientos y de la estructura; 
  • extracto del mapa catastral y croografía en la que se indique la ubicación de la obra;
  • planos y secciones de la estructura a una escala adecuada.

Para las rutas de montaña:

  • informe descriptivo sobre la utilidad para el senderismo y el alpinismo de la intervención propuesta y sobre las características del recorrido (desarrollo orográfico, longitud, dificultad, tiempos medios de recorrido, presencia de eventual equipamiento fijo y denominación local);
  • documentación fotográfica de las partes más significativas del recorrido;
  • corografía que indique el trazado de la ruta a una escala adecuada.

Modelos

Tiempos y plazos

La solicitud puede presentarse a lo largo de todo el año.

60 días

Días máximos de espera

Los plazos comienzan a contar a partir del día en que el Servicio de Instalaciones de Cable, Infraestructuras Deportivas y de Montaña inicie el procedimiento.

En el caso de los refugios alpinos y los vivacs, el procedimiento consta de las siguientes fases:

  • informe técnico preliminar;
  • dictamen de la Conferencia provincial de instalaciones alpinas;
  • decisión del responsable sobre la inclusión en la lista de instalaciones de alpinismo o el rechazo de la solicitud.

En el caso de las rutas de montaña, el procedimiento consta de las siguientes fases:

  • evaluación técnica;
  • posible dictamen de la Conferencia provincial para las instalaciones de alpinismo;
  • decisión del responsable sobre la inscripción en el registro de instalaciones de alpinismo o el rechazo de la solicitud.

En caso de que se superen los plazos previstos, el solicitante puede dirigirse al Director General del Departamento de Artesanía, Comercio, Promoción, Deporte y Turismo. Alternativamente, puede presentar un recurso ante el Tribunal Regional de Justicia Administrativa o ante el Tribunal Civil.

En caso de resolución denegatoria, sin perjuicio de la posibilidad de recurrir ante la autoridad jurisdiccional competente en función de los vicios alegados, se puede recurrir ante el Presidente de la República en un plazo de 120 días a partir de la notificación de la resolución.

Costes

timbre fiscal
16 euros

solicitud de inscripción

Documentos

Normativa de referencia

Ordinamento dei rifugi alpini, bivacchi, sentieri e vie ferrate

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Approvazione del regolamento di esecuzione della legge provinciale 15 marzo 1993, n. 8 'Ordinamento dei rifugi alpini, bivacchi, sentieri e vie ferrate', come modificata dalla legge provinciale 15 novembre 2007, n.

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Información adicional

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Última actualización: 03/07/2026 18:13

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