Descripción
El inicio de la actividad es simultáneo a la transmisión del SCIA al Municipio donde se encuentra el inmueble destinado a la actividad hotelera.
En consecuencia, el Servicio de Turismo registra la instalación de alojamiento en el Sistema de Información Turística provincial y comunica las credenciales de acceso al sistema STU.
Las obligaciones reglamentarias en la gestión de una instalación hotelera son:
- Adquisición, indicación y exhibición del Código Nacional de Identificación (CNI), siguiendo las instrucciones de este enlace https://www.provincia.tn.it/Servizi/Come-ottenere-il-Codice-Identificativo-Nazionale-CIN-per-strutture-ricettive.
- Declaración en línea de los datos personales de los huéspedes alojados a la Policía del Estado. La obligación legal de que todos los establecimientos de alojamiento envíen sus datos de alojamiento en línea entró en vigor el 22 de diciembre de 2011 con la ley nº 214 y se reforzó con las disposiciones del decreto ley de 7 de enero de 2013.
- Comunicación en línea de los movimientos turísticos al ISTAT. Esta obligación reglamentaria viene establecida por el Decreto del Presidente del Consejo de Ministros de 22 de julio de 2011 - Artículo 1, que prevé, a partir del 1 de julio de 2013, el intercambio de datos con fines estadísticos entre empresas y administraciones públicas exclusivamente por vía telemática.
- Pago de la TASA TURÍSTICA a Trentino Riscossioni. La Tasa Turística Provincial se abona a la Provincia Autónoma de Trento y es recaudada por los gestores de los establecimientos de alojamiento, que asumen el papel de sustituto fiscal en virtud del art. 64 del Decreto Presidencial nº 600/1973. La recaudación, el control, el reembolso y cualquier otra actividad de gestión del impuesto, incluidas las sanciones administrativas, se confían a Trentino Riscossioni S.p.A.
Si, además de la actividad hotelera, tiene la intención de establecer un negocio de alimentos y bebidas abierto al público, debe iniciar el procedimiento correspondiente con su municipio(Ley Provincial 14/07/2000 n. 9)