Espectáculos públicos y diversiones - solicitud

  • Activo

Incluye todos los espectáculos públicos (también las fiestas campestres) al aire libre, en salas, en carpas, en establecimientos públicos, etc. Archivos relacionados: Espectáculos públicos y diversiones - SCIA200Espectáculos públicos y diversiones - SCIA2000

Descripción

Si se cumplen las condiciones, pueden activarse procedimientos simplificados a través de los siguientes servicios:
- Espectáculos públicos y entretenimiento - SCIA200 (para eventos de hasta un máximo de 200 participantes y que tengan lugar antes de la medianoche del día de inicio);
- Espectáculos públicos y actividades recreativas - SCIA2000 (para espectáculos en directo, que incluyen actividades culturales como teatro, música, danza y musicales, así como proyecciones cinematográficas, que tengan lugar entre las 8.00 y la 1.00 horas del día siguiente y estén destinados a un máximo de 2.000 participantes).

Procedimiento

La solicitud deberá presentarse al menos 30 días antes de la fecha del acontecimiento para el que se solicita la autorización. Lea las instrucciones que figuran a continuación para evaluar la documentación que debe adjuntarse.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

El impreso de solicitud puede entregarse en mano, enviarse por correo postal o por correo certificado a la siguiente dirección: serv.polamm@pec.provincia.tn.it, acompañado de una fotocopia de un documento de identidad del solicitante; si el solicitante no es ciudadano de la UE, también de una fotocopia de un permiso de residencia válido.

La expedición de la licencia está condicionada al pago del impuesto de timbre. En caso de exención del impuesto de timbre (por ejemplo, O.N.L.U.S. - federaciones deportivas - organismos de promoción deportiva y asociaciones y sociedades deportivas de aficionados sin ánimo de lucro reconocidas por el C.O.N.I.), deberán indicarse en la solicitud los datos exigidos por la ley.

En función del tipo de evento, instalaciones y ubicación, deberán adjuntarse a la solicitud los siguientes modelos.

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N.B.: Para todos los eventos que se celebren en locales/estructuras/lugares que no dispongan de una licencia ordinaria de conformidad con el art. 80 del T.U.L.P.S., es necesario solicitar el dictamen de la Comisión Provincial de Control de teatros y otros locales de espectáculos públicos (abreviado C.P.V.) con suficiente antelación (mínimo 30 días) poniéndose en contacto con el geom. Salvatore Rizzo (0461.494823).

Las instrucciones al respecto pueden leerse en el Servicio de Locales de Espectáculos Públicos - dictamen para montajes temporales
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Documentación adicional necesaria

- Fotografía del local en cuestión;

- sólo para establecimientos públicos: autorización municipal para el servicio de comidas y bebidas acompañada del horario de apertura al público. Se obtendrá de oficio.

- Autorización de contaminación acústica según los siguientes criterios

eventos de carácter temporal: autorización del Ayuntamiento en materia de contaminación acústica conforme al artículo 11 del Decreto de la Diputación nº 38-110/Leg. de 26 de noviembre de 1998 y Resolución de la Diputación nº 1332 de 3 de agosto de 2015 para el horario solicitado;

eventos que no tengan carácter temporal: autorización del Ayuntamiento (este documento será adquirido de oficio por el Servicio Provincial de Policía Administrativa; no obstante, ello se entiende sin perjuicio de la posibilidad de presentar dicha autorización directamente por el interesado); declaración sustitutoria de declaración jurada acreditativa del cumplimiento del D.P.C.M. 215 de 16/04/1999; evaluación de impacto acústico (necesaria para solicitar la autorización del Ayuntamiento).

Para los eventos no ocasionales, la compatibilidad/conformidad urbanística (también con referencia al parámetro aparcamiento) en relación con la actividad de entretenimiento/espectáculo solicitada debe ser verificada con el Municipio competente.

Con la solicitud el interesado declara

- que tiene la disponibilidad del terreno o local, público o privado, para evitar la expedición de más de una autorización en el mismo lugar, el mismo día y en el mismo horario (con todos los problemas relacionados); en ausencia de esta certificación (eventualmente también en la parte complementaria de la solicitud) no se podrá expedir la autorización

- estar en posesión de los requisitos morales previstos en el artículo 11 del Real Decreto 773/1931 y en el artículo 67 del Decreto Legislativo 159/2011.

La autorización conforme a los artículos 68/80 del T.U.L.P.S. no exime a su titular de la obligación de cumplir con lo dispuesto en la legislación vigente en materia de derechos de autor, abonando, en su caso, la cuota periódica en los plazos y formas previstos legalmente; de satisfacer los tributos que procedan y de adquirir cuantos otros títulos habilitantes (licencias, autorizaciones, concesiones, ensayos, permisos, seguros, etc.) prevea otra normativa sectorial para el ejercicio de la actividad de que se trate.

Recordamos también la obligación de

  • presentar la convocatoria de manifestación pública en la Jefatura de Policía de Trento (artículo 18 del Texto Refundido de la Ley de Seguridad Pública (R.D. 773/1931);
  • cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución de la Diputación Provincial n.º 814 de 18 de mayo de 2015 relativos a la organización y asistencia sanitaria de la manifestación programada
  • elaborar el plan de gestión de la seguridad.

Modelos

Tiempos y plazos

60 días

Días máximos de espera

Con efectos desde el día siguiente a la recepción de la solicitud.El incumplimiento de dicho plazo por parte de la estructura faculta al interesado para solicitar al Director General del Departamento de Artesanía, Comercio, Promoción, Deporte y Turismo que inste la conclusión del procedimiento

Costes

Timbre fiscal
16 Euro

2 - en caso de exención debe indicarse en la solicitud

Información adicional

Enlaces a sitios externos

Servicios relacionados/Otros servicios

Notificación certificada para eventos de hasta 200 personas - SCIA200

Espectáculos públicos: bailes y sesiones de DJ, conciertos musicales sin baile, espectáculos corales, de danza/danza y patinaje artístico, espectáculos de música folk y popular, musicales, cabaret y espectáculos de magia.

Locales de espectáculos públicos - dictamen para instalaciones temporales

Dictamen previsto para conciertos, festivales campestres, pistas de slalom o karting, carreras de coches y automóviles, pistas de patinaje o zonas temporales de minigolf, para la expedición de la autorización específica.Lo expide la Comisión Provincial de Vigilancia de teatros y otros espectáculos públicos en virtud del artículo 143 del Real Decreto 6 de mayo de 1940, nº 635 (T.U.L.P.S.). Ficheros relacionados: Locales de espectáculos públicos - cuestión de agibilidadLocales de espectáculos públicos - dictamen sobre el proyecto

Locales de espectáculos públicos - concesión de accesibilidad

Dictamen para estructuras fijas (como teatros, cines, salas de reunión, auditorios, museos o galerías de arte, discotecas o salas de baile, instalaciones deportivas, piscinas, parques acrobáticos, etc.) y para estructuras temporales (como carpas, tribunas, cobertizos destinados durante cierto tiempo a locales de espectáculos públicos, etc.).De conformidad con el artículo 80 del Real Decreto nº 773 de 18 de junio de 1931 (T.U.L.P.S.), la autorización se expide con una determinación especial, previo dictamen favorable de la Comisión Provincial de Vigilancia de teatros y otros locales de espectáculos públicos. Ficheros relacionados: Locales de espectáculos públicos - dictamen sobre el proyectoLocales de espectáculos públicos - dictamen para montajes temporales

Última actualización: 10/06/2025 15:23

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