Descripción
Se trata de la solicitud presentada por asociaciones o clubes deportivos a los que se ha concedido una subvención para la realización de proyectos destinados al desarrollo de jóvenes con talento deportivo.
El anticipo se reconoce hasta el 50% de la contribución concedida dentro del límite de los gastos efectivamente realizados hasta el momento de la presentación de la solicitud.
La aportación está prevista en el artículo 16, apartado 3 de la Ley Foral nº 4 de 21 de abril de 2016 "Ley Foral del Deporte 2016".
Restricciones
La solicitud de anticipo sólo podrá presentarse una vez iniciadas las actividades previstas en el proyecto, por un importe máximo del 50% de la ayuda concedida y dentro del límite de los gastos realizados hasta ese momento.
El solicitante deberá haber solicitado previamente la subvención y ésta le habrá sido concedida por orden del Director del Servicio de Turismo y Deporte.
CUP
Las facturas relativas a la adquisición de bienes y servicios objeto de incentivos públicos a actividades productivas, desembolsadas por cualquier concepto y bajo cualquier modalidad por una Administración Pública, también a través de otras entidades públicas o privadas, o de cualquier forma trazables a las mismas, deberán contener el código único de proyecto (CUP), indicado en la escritura de concesión o comunicado en el momento de la asignación del propio incentivo o en el momento de la solicitud del mismo. Esta obligación se introduce en el apartado 6 del artículo 5 del Decreto-Ley nº 13 de 24 de febrero de 2023 - convertido por la Ley nº 41 de 21 de abril de 2023 y modificado por la Ley nº 213 de 30 de diciembre de 2023.
Las indicaciones operativas relativas a la aplicación de la CUP figuran en el Anexo A de la Resolución del Consejo Provincial nº 728 de 23 de mayo de 2024.