Ayudas a jóvenes talentos deportivos (solicitud)

  • Activo

Información, instrucciones, reglamento y formularios para solicitar una subvención con procedimiento de evaluación para la promoción de deportistas de hasta 25 años (sin límite de edad para atletas y deportistas con discapacidad) con talento deportivo.

Descripción

Se trata de una contribución para la realización de proyectos dirigidos al desarrollo y mantenimiento de talentos deportivos que puedan alcanzar altos niveles de rendimiento a través de la formación.

Serán subvencionables los siguientes gastos imputables a la ejecución del proyecto y referidos a la temporada deportiva en la que se desarrolle la actividad objeto de la subvención y que finalice en el año siguiente al de presentación de la solicitud
(a) adquisición de materiales y servicios de apoyo a la iniciativa;
b) viajes, manutención y alojamiento de deportistas, entrenadores y técnicos
(c) acondicionamiento y uso del espacio destinado a la actividad descrita en el proyecto
d) programa médico, nutricional y motivacional de los atletas
e) reembolsos e indemnizaciones a los siguientes trabajadores del deporte: entrenadores, monitores, preparadores atléticos, directores técnicos, director deportivo;
(f) reembolsos e indemnizaciones a los técnicos deportivos registrados
(g) reembolsos a los voluntarios deportivos
(h) adquisición de material deportivo;
(i) cursos de inglés (mínimo 40 horas) con enfoque deportivo para deportistas, hasta un límite de 200 euros por deportista si son online y 400 euros por deportista si son presenciales. Estos límites se elevan a 350 euros y 600 euros, respectivamente, para los cursos de más de 80 horas;
j) remuneración de colaboradores administrativos, hasta un límite del 20% de las partidas anteriores.

La contribución se concede a proyectos que incluyan hasta un máximo de 15 atletas hasta el 70% de los gastos subvencionables y, en cualquier caso, dentro del límite del déficit, los recursos disponibles y el importe máximo de 40.000 euros. No obstante, la contribución estará sujeta a los siguientes límites adicionales
a) 5.000 euros por cada deportista de equipo;
b) 10.000 euros por cada deportista de equipo con discapacidad;
c) 10.000 euros por cada deportista individual;
d) 20.000 euros por cada deportista individual con discapacidad.

La aportación está prevista en el artículo 16, apartado 3, de la Ley Foral n.º 4 "Ley Foral del Deporte 2016", de 21 de abril de 2016.

Restricciones

Las solicitudes deberán presentarse entre el 1 y el 30 de noviembre de cada año y referirse a la temporada deportiva que finaliza en el año siguiente a la presentación de la solicitud.

REQUISITOS DEPORTIVOS
Los deportistas beneficiarios del proyecto deberán haber obtenido, individualmente o con su equipo, en la última temporada deportiva válidamente concluida, al menos uno de los resultados enumerados a continuación, certificado por la federación de afiliación
(a) convocatoria por la federación a la selección nacional italiana con participación en al menos una de las competiciones correspondientes
b) primer, segundo o tercer puesto en los Campeonatos de Europa o del Mundo o en los Juegos Olímpicos y Paralímpicos
c) primer, segundo o tercer puesto en competiciones individuales celebradas para la obtención de un título de campeón de Italia de una categoría o de la general;
d) jugar en la formación de aficionados de mayor nivel que participe en campeonatos de importancia nacional;
e) convocatoria por el organismo local de la federación deportiva en el equipo representativo provincial/regional con participación en al menos una de las competiciones pertinentes
f) primer puesto en la fase de categoría provincial con participación en la fase de categoría regional;
g) primer puesto en la fase de categoría regional.

CUP
Las facturas relativas a la adquisición de bienes y servicios objeto de incentivos públicos a actividades productivas, desembolsadas por cualquier concepto y bajo cualquier modalidad por una Administración Pública, también a través de otras entidades públicas o privadas, o de cualquier forma trazables a las mismas, deberán contener el código único de proyecto (CUP), indicado en la escritura de concesión o comunicado en el momento de la asignación del propio incentivo o en el momento de la solicitud del mismo. Esta obligación se introduce en el artículo 5, apartado 6, del Decreto-Ley nº 13, de 24 de febrero de 2023 - convertido por la Ley nº 41, de 21 de abril de 2023, y modificado por la Ley nº 213, de 30 de diciembre de 2023.
Las indicaciones operativas relativas a la aplicación del CUP figuran en el Anexo A de la Resolución del Consejo Provincial nº 728 de 23 de mayo de 2024.

Sobre la base de los recursos disponibles, establecidos anualmente por el Consejo Provincial, se financian todas las solicitudes aceptadas. En el caso de que los recursos disponibles no sean suficientes para financiar íntegramente las solicitudes admitidas, se procederá a una redeterminación proporcional de la aportación entre todas ellas.

A quién está dirigido

Asociaciones y clubes deportivos de aficionados que:
(a) estén inscritos en el registro nacional de actividades deportivas de aficionados (RAS)
b) estén afiliados regularmente a federaciones deportivas nacionales (FSN) o disciplinas deportivas asociadas (DSA) o entidades de promoción deportiva (EPS) o asociaciones meritorias (AB) o agrupaciones deportivas militares y organismos estatales (GSM) reconocidos por el CONI o el CIP
c) desarrollen regularmente actividades durante el año deportivo en las disciplinas reguladas por la FSN o DSA reconocidas por el CONI o la CIP
d) tengan su sede social en el territorio provincial;
e) tener socios propios
f) tengan una actividad específica en el territorio provincial dirigida a la promoción de la disciplina deportiva en los sectores juveniles definidos y regulados por la correspondiente FSN o DSA reconocida por el CONI o el CIP.

Asociaciones y clubes deportivos de aficionados que trabajen exclusivamente con deportistas con discapacidad y que
(a) estén inscritos en el registro nacional de actividades deportivas de aficionados (RAS)
b) estén regularmente afiliadas a federaciones deportivas nacionales (FSN) o disciplinas deportivas asociadas (DSA) o entidades de promoción deportiva (EPS) o asociaciones beneméritas (AB) o agrupaciones deportivas militares y entidades estatales (GSM) reconocidas por el CONI o la CIP
c) desarrollen regularmente actividades durante el año deportivo en las disciplinas reguladas por la FSN o DSA reconocidas por el CONI o la CIP
d) tengan su sede social en el territorio provincial;
e) tengan sus propios miembros
f) no tengan una actividad específica en el territorio provincial destinada a la promoción del deporte en los sectores juveniles.

La solicitud deberá ir firmada por el representante legal de la organización deportiva.

Procedimiento

La solicitud debe presentarse en el formulario rellenable preparado por la administración y enviarse en formato PDF o JPG estático al buzón certificado serv.turismo@pec.provincia.tn.it, o entregarse en mano en la Oficina de Actividades Deportivas.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

1. Solicitud cumplimentada en su totalidad, fechada y firmada.
2. Proyecto en el que se describan las actividades que se llevarán a cabo y los objetivos que se pretenden alcanzar para promover y proteger el talento, con referencia a cada beneficiario individual del proyecto, fechado y firmado.
3. Plan financiero del proyecto en el que se especifiquen los ingresos y gastos previstos para las acciones identificadas en el proyecto, fechado y firmado.
4. Declaración emitida por la federación de afiliación que certifique los resultados deportivos obtenidos por cada talento en la última temporada deportiva.
5. Declaración emitida por la federación de afiliación validando el proyecto presentado.
6. Declaración de conformidad con los artículos 13 y 14 del Reglamento UE n.º 679 de 2016, fechada y firmada.
7. Fotocopia de un documento de identidad del solicitante, si la solicitud se firma con firma manuscrita en un documento escaneado y no en presencia del empleado responsable.

Modelos

Tiempos y plazos

120 días

Días máximos de espera

El plazo de 120 días para concluir el procedimiento comienza el 1 de diciembre, día siguiente a la fecha límite de presentación de solicitudes. Si se solicita documentación adicional, el plazo del procedimiento queda suspendido hasta que se reciba.

Costes

Timbre fiscal

16,00 Euro

Exención para A.S.D. y S.S.D. sin ánimo de lucro

Documentos

Normativa de referencia

Deliberazione della Giunta provinciale n. 1897 del 22 novembre 2024, modificata con la n. 2215 del 23 dicembre 2024

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Approvazione dei nuovi criteri attuativi della legge provinciale 21 aprile 2016, n. 4 'Legge provinciale sullo sport 2016'.

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Articolo 5 del D.L. 24 febbraio 2023, n. 13 convertito con L. 21 aprile 2023, n. 41: approvazione prime indicazioni operative riguardanti l'apposizione del Codice unico di progetto (CUP) e modifica dell'Avviso Nuova Impresa 2023 (approvato con deliberazione di Giunta provinciale n. 2015/2023).

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Promozione dello sport e dell'associazionismo sportivo trentino

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Información adicional

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Última actualización: 10/06/2025 17:02

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