Descripción
Estructura Organizativa
A lo largo de los años, la Provincia ha desarrollado una articulación del sistema público provincial estructurado en varios niveles de gobierno, con la presencia simultánea de un conjunto de órganos y entidades funcionales e instrumentales para la implementación de las políticas públicas. Esta articulación ha encontrado una definición específica en la ley de reforma institucional (Ley Provincial nº 3 de 16 de junio de 2006), que delineó el modelo organizativo asumido por la Provincia para el ejercicio de sus funciones. Este último contempla, además de las agencias, organismos directamente dependientes de la Provincia con un alto grado de autonomía técnica, operativa, administrativa y contable, entidades externas, "entes instrumentales", creados para ejercer funciones y organizar y gestionar servicios públicos reservados al nivel provincial, así como para realizar actividades instrumentales para las actividades institucionales, con diferentes configuraciones jurídicas: organismos públicos, fundaciones, sociedades anónimas.
Por lo que respecta en particular a las empresas, la Provincia ha creado "empresas de sistema", es decir, instrumentos de apoyo a todas las entidades del sistema provincial (entes locales, entidades funcionales, agencias, fundaciones, instituciones educativas, empresas participadas, etc.), que permiten incluso a las entidades más pequeñas beneficiarse de soluciones altamente innovadoras e integradas, así como de las ventajas derivadas de la realización especializada y agregada de actividades específicas. Se hace referencia en particular a Trentino Digitale, Trentino Riscossioni, Patrimonio del Trentino y Cassa del Trentino.
Además, el objetivo de garantizar volúmenes adecuados de recursos públicos para financiar intervenciones estratégicas de apoyo a la economía del territorio, en un contexto de salvaguardia de altos niveles de cohesión social, requiere un proceso estructural de control y revisión del gasto. En este sentido, en los últimos años la Provincia ha promovido nuevas acciones de reorganización del sector público provincial en los distintos niveles institucionales, con el fin de continuar el proceso dirigido a mejorar su estructura de acuerdo con los principios de eficiencia y eficacia, innovación y simplificación, subsidiariedad y adecuación.
En este contexto se inscribe, en particular, la reorganización del sistema público provincial en sus diversos componentes, que también se ven afectados por las líneas de intervención del legislador estatal. Entre ellas, las más recientes, los decretos de desarrollo de la reforma de las Administraciones Públicas (Ley núm. 124 de 2015), que regulan modos y límites de intervención pública a través de tipos específicos de entidades (sociedades participadas) o en sectores concretos (servicios públicos).
En concreto, las empresas de titularidad pública fueron reguladas por el "Testo unico in materia di società a partecipazione pubblica", aprobado por el Decreto Legislativo 175/2016. En el ámbito provincial, el marco normativo se adaptó a lo dispuesto en el citado decreto mediante el artículo 7 de la Ley Foral nº 19, de 29 de diciembre de 2016..
El Decreto Legislativo 175/2016 intervino en referencia a las siguientes cuestiones: admisibilidad de la participación de las administraciones públicas en las empresas, principios sobre la organización y gestión de las empresas controladas públicamente y revisiones periódicas por parte de las administraciones públicas de las participaciones accionariales poseídas (ordinarias y extraordinarias). |
Legislación de referencia
El proceso de reorganización de las participaciones de la Provincia
Con el fin de perseguir una mayor eficacia y eficiencia en sus filiales en pos de los objetivos y directrices estratégicas trazadas en las maniobras económico-financieras, la Provincia, ya en 2012, había iniciado un proceso de racionalización y reorganización, mediante la aprobación de programas específicos de reorganización. Este proceso se aceleró a partir de 2015, con la aprobación de líneas específicas de reorganización del sistema de participaciones provinciales aprobadas con resolución núm. 1909, de 2 de noviembre de 2015..
Las líneas de reorganización del sistema de participaciones provinciales aprobadas con la Resolución n.º 1909, de 2 de noviembre de 2015, contemplan, en lo que se refiere a las actuaciones para reducir el número y la carga de las empresas provinciales, un proceso dirigido - a la agregación por polos especializados como macroáreas homogéneas por sector de referencia y funciones asignadas - a la valorización de las infraestructuras y activos de titularidad pública frente a las inversiones realizadas; - la redefinición en clave estratégica de la misión de interés general encomendada a empresas que operan en sectores muy específicos; - la desinversión de participaciones que ya no son estratégicas para las actividades institucionales de la Provincia y de actividades relativas a ámbitos ya abiertos al mercado. |
Mediante resolución n.º 542 de 8 de abril de 2016 la Diputación aprobó el primer programa de saneamiento y reorganización de las empresas provinciales, que prevé la aplicación de la vía global trazada en las orientaciones.
Por resolución n.º 542, de 8 de abril de 2016, la Diputación aprobó el programa de reorganización y saneamiento de las empresas provinciales - 2016, disponiendo que la senda global trazada en las directrices sería objeto de dibujos de aplicación, que se definirían en forma de: (a) programas individuales de saneamiento, de conformidad con el artículo 18 de la Ley Foral nº 1, de 10 de febrero de 2005, para polos especializados relativos a: - la liquidez - transportes; - tecnologías de la información y telecomunicaciones - inmobiliario; - ordenación del territorio (incluido el sector de los teleféricos); b) medidas puntuales para reconfigurar la misión de interés general a nivel legislativo/administrativo: - para la vivienda - para las redes informáticas - para el crédito, sin perjuicio de la posibilidad de intervenir con la adopción de un programa de reorganización de las participaciones en el sector del crédito, de conformidad con el artículo 18 de la Ley provincial nº 1 de 10 de febrero de 2005 - para la energía, con el objetivo de favorecer la agregación (y eventual cotización en bolsa) de Dolomiti Energia S.p.a. con otros actores - para la movilidad, con la consolidación de Interbrennero S.p.A. en Autostrada del Brennero S.p.A.. El camino trazado constituye por tanto un marco a integrar progresivamente por etapas, también en relación con la complejidad de un proceso de reorganización de realidades tan heterogéneas en términos de tamaño, sectores y funciones. De ello se desprende, sobre todo cuando son necesarias operaciones de fusión, que dentro del programa de reorganización específico de cada polo se elaboren planes de integración y cambio organizativo, con el fin de optimizar tanto el perfil operativo como la relación entre costes y beneficios. La agregación por polos tiene en sí misma un doble valor finalista: debido a la homogeneidad de funciones y actividades, contribuye a la reducción del gasto público y, al mismo tiempo, reconfigura entidades con un mayor grado de especialización. Al operar de este modo, la polarización conduce tanto a la mejora interna como a la reducción del aparato público. |
Los programas aprobados posteriormente para la reorganización y el saneamiento de las empresas provinciales y las revisiones sobre el estado de su aplicación se publican en el área de administración transparente, en el apartado entidades controladas - empresas participadas.
Directivas a las empresas filiales
El proceso de racionalización de la intervención pública y de contención del gasto puesto en marcha en los últimos años y la demanda del sistema económico local de incrementar la eficiencia en el uso de los recursos presupuestarios provinciales han puesto también de manifiesto la necesidad de que la Administración se dote, en el marco de sus políticas financieras, de una "herramienta de gobierno" también para las sociedades filiales, como componentes de la organización del sistema público provincial.
Esta necesidad es aún más evidente tras la modificación del régimen financiero estatutario operada por la Ley núm. 190/2014.
La Ley núm. 190/2014 incorporó el contenido del denominado"Pacto de Garantía" e introdujo como elemento innovador en la regulación de las relaciones financieras entre las citadas autonomías de Trentino-Alto Adigio y el Estado la referencia al sistema territorial regional integrado, constituido por la Región, las Provincias, los entes locales, los organismos y entes públicos y privados instrumentales competentes, las agencias sanitarias, las Universidades, las Cámaras de Comercio y los demás entes regionales y provinciales financiados ordinariamente por la Región y las Provincias. El citado modelo prevé que las entidades del sistema territorial de cada Provincia garanticen una contribución global unitaria a los objetivos de financiación pública, contribución cuantificada en el marco del Pacto de Garantía instrumentado por la citada Ley 190/2014, que también identificó los criterios para su actualización. Se trata de una forma de corresponsabilidad del sistema territorial provincial integrado frente al Estado dentro del cual la Provincia asume el papel de garante. En este sentido, el "Pacto de Garantías" ha confirmado, y reforzado, un modelo ya introducido en el ordenamiento estatutario tras el Acuerdo de Milán de 2009, e incorporado a la legislación provincial con el artículo 2 de la Ley Foral nº 27 de 2010, que prevé el dictado de directrices específicas a los organismos y entes instrumentales tanto para garantizar su contribución a los objetivos de las finanzas públicas, como para racionalizar y contener partidas concretas de gasto. |
Con especial referencia a las empresas, cabe mencionar también la regulación establecida en los artículos 18 y 18 bis de la Norma Foral nº 1, de 10 de febrero de 2005, y en el artículo 7 de la Norma Foral nº 4, de 12 de mayo de 2004. 4 de 12 de mayo de 2004, que prevé la posibilidad de dictar directivas a las sociedades controladas por la Provincia destinadas, por una parte, a asegurar una "lógica de grupo", de modo que cada sociedad garantice una transposición correcta y puntual de las orientaciones dictadas por la Provincia en su papel de "sociedad matriz" y, por otra parte, a corresponsabilizar a dichas sociedades en la prosecución de los compromisos asumidos y, por lo tanto, a armonizar los instrumentos de planificación económica y financiera de estas entidades con los correspondientes instrumentos de la Provincia.
Las directrices se publican en elárea de administración transparente, en el apartado entidades controladas - sociedades participadas.