Conjunto de datos
Las entidades (entidades del tercer sector, entidades privadas, APSP, fundaciones...) que operan en el ámbito de la asistencia social deben estar autorizadas, tal y como establece el Decreto Presidencial nº 3-78/Leg de 9 de abril de 2018.
La autorización es expedida por la Provincia y constituye el título necesario para llevar a cabo servicios de bienestar social en un régimen de libre mercado.
Las entidades autorizadas están incluidas en la lista de entidades autorizadas para la gestión de servicios socioasistenciales, de conformidad con el artículo 4, c. 4, del Decreto Presidencial n.º 3-78/Leg. de 9 de abril de 2018, publicado a continuación.
La encomienda de servicios socioasistenciales por parte de organismos públicos, en cambio, solo es posible respecto de entidades inscritas en el registro de entidades acreditadas.
Las entidades acreditadas también están autorizadas.
La normativa sobre autorizaciones y acreditaciones, así como los procedimientos de gestión y encomienda de servicios de asistencia social, están en vigor desde el 1 de julio de 2018.
Para saber más, consulte la página dedicada en profundidad.
<p>Puede filtrar la lista de entidades autorizadas por organización, grupo funcional/otro tipo de servicio, nombre y municipio del servicio activado. También se puede descargar la lista completa.