La solicitud de subvención puede presentarse por dos vías
- procedimiento automático: en el caso de gastos ya efectuados en la fecha de presentación de la solicitud, siempre que se hayan realizado en los 18 meses anteriores, para un gasto subvencionable máximo de 300.000 euros;
- procedimiento de evaluación: las inversiones deben iniciarse no antes del día siguiente a la presentación de la solicitud. El gasto máximo subvencionable por solicitud se fija en 15 millones de euros.
En caso de solicitud por el procedimiento automático, la ayuda sólo se concede en régimen de minimis.
En caso de solicitud con arreglo al procedimiento de evaluación, la ayuda se concede alternativamente con arreglo al régimen de exención o al régimen de minimis.
La ayuda se concede en forma de subvención de capital si el gasto subvencionable supera los 300.000 EUR, en forma de pago único si es inferior a 300.000 EUR.
El límite mínimo de gasto subvencionable para la concesión y liquidación de cada iniciativa es de 25.000,00 euros, a excepción de las obras auxiliares y las iniciativas relacionadas con el sector del esquí de fondo, cuyo umbral mínimo se reduce a 10.000,00 euros.
El gasto máximo subvencionable para la construcción de embalses multifuncionales es de 2,5 millones de euros.
Si la ayuda se solicita bajo el régimen de exención, la solicitud deberá cumplir con lo establecido en los artículos 6 y 17 del Reg. UE 651/2014:
- la solicitud de ayuda deberá presentarse antes del inicio de los trabajos, entendiendo por tal la fecha de inicio de los trabajos de construcción relacionados con la inversión, o la fecha del primer compromiso jurídicamente vinculante de pedido de equipos o cualquier otro compromiso que haga irreversible la inversión;
- no son subvencionables los gastos de modernización, mejora y adquisición que constituyan una mera inversión de sustitución.
A cambio de la ayuda recibida, la empresa está obligada a cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 8 de la Ley Foral 35/88 y en el punto 12 de los criterios de aplicación correspondientes.