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Subvenciones para proyectos deportivos de participación ciudadana para todos (pago)

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Información, instrucciones, normativa y formularios para presentar la solicitud de liquidación de la subvención concedida.

Descripción

Se trata de la solicitud que presentan las organizaciones deportivas que han obtenido la subvención para financiar proyectos de un año de duración, destinados a mejorar las condiciones de acceso, fomentar la participación de toda la ciudadanía y aumentar el número de personas —incluidas aquellas con discapacidad física, intelectual y sensorial— que practican actividades físicas, deportivas y lúdicas.

La subvención se concede hasta el 80 % del gasto subvencionable y, en cualquier caso, dentro del límite del déficit y de la subvención concedida. 

Puede elevarse hasta el 90 % del gasto admisible en el caso de proyectos destinados específicamente a personas con discapacidad o en situación de fragilidad y/o a la igualdad de género y/o a la cohesión social y/o al aprendizaje y la puesta en práctica de los valores olímpicos y paralímpicos.

La subvención está prevista en el artículo 21, apartado 1, letra a), de la Ley provincial n.º 4, de 21 de abril de 2016, «Ley provincial sobre el deporte de 2016».

Restricciones

El solicitante debe haber presentado previamente una solicitud de subvención y esta debe habérsele concedido mediante resolución del responsable de la estructura provincial competente en materia de deporte.

CUP

Las facturas relativas a la adquisición de bienes y servicios objeto de ayudas públicas a las actividades productivas, concedidas a cualquier título y en cualquier forma por una Administración Pública, incluso a través de otros sujetos públicos o privados, o de cualquier modo atribuibles a ellos, deben contener el código único de proyecto (CUP), que figura en el acto de concesión o se comunica en el momento de la asignación de la propia ayuda o en el momento de solicitarla. Esta obligación se establece en el artículo 5, apartado 6, del Decreto-ley n.º 13, de 24 de febrero de 2023, , convertido en la Ley n.º 41, de 21 de abril de 2023, y modificado por la Ley n.º 213, de 30 de diciembre de 2023.
Las instrucciones operativas relativas a la aplicación del CUP se definen en el anexo A dela resolución del Consejo Provincial n.º 728, de 23 de mayo de 2024.

En caso de que el CUP no haya sido incluido en la factura electrónica o haya sido indicado de forma errónea por el cedente/prestador y este último no haya procedido a reemitirla correctamente (= nota de crédito que anula la factura y emisión de una nueva factura), el cesionario/cliente podrá incorporar el CUP en la factura utilizando el servicio web disponible en el portal «Facturas y pagos», en el área «Facturas electrónicas y otros datos del IVA», en el apartado «Comunicaciones», enlace «Incorporación del CUP» de la Agencia Tributaria. Para más información al respecto, consulte la guía correspondiente:https://www.agenziaentrate.gov.it/portale/documents/d/guest/guida-all-utilizzo-del-servizio-di-integrazione-del-cup-in-fattura.

A quién está dirigido

Comités, delegaciones o secciones provinciales de las federaciones deportivas nacionales, de los organismos de promoción deportiva y de las disciplinas deportivas asociadas, reconocidas por el CONI o el CIP y que operan a nivel provincial en el ámbito de la actividad amateur - o bien asociaciones o clubes deportivos afiliados a ellas y designados como coordinadores del proyecto —a los que se ha concedido la subvención solicitada mediante resolución del responsable de la estructura provincial competente en materia de deporte.

La solicitud debe estar firmada por el representante legal de la organización deportiva.

Procedimiento

La solicitud de subvención debe presentarse en el formulario rellenable facilitado por la administración y enviarse en formato PDF estático o JPG a la dirección de correo electrónico certificadoserv.sport@pec.provincia.tn.it.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN PRESENTADAS HASTA EL 30/09/2024 (Res. 1605/2022)
1. Solicitud debidamente cumplimentada en todas sus partes, fechada y firmada.
2. Informe descriptivo de las actividades realizadas, fechado y firmado.
3. Plan financiero definitivo, fechado y firmado.
4. Lista de los documentos de gastos en el formulario previsto, tanto en formato PDF como en hoja de cálculo.
5. Lista de participantes en la iniciativa.
6. Documentación fotográfica de la actividad objeto de la subvención.
7. Nota informativa con arreglo a los artículos 13 y 14 del Reglamento (UE) n.º 679 de 2016, fechada y firmada.
8. Fotocopia de un documento de identidad del solicitante, en caso de que la solicitud se haya firmado de puño y letra en un documento escaneado y no en presencia del empleado encargado.

SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN PRESENTADAS A PARTIR DEL 01/01/2025 (Res. 1897/2024)
1. Solicitud de liquidación cumplimentada en su totalidad, fechada y firmada.
2. Informe final del proyecto realizado, fechado y firmado.
3. Documentación fotográfica.
4. Plan financiero final, fechado y firmado.
5. Lista de los documentos de gastos en el formulario previsto, tanto en formato PDF como en hoja de cálculo.
6. Nota informativa conforme a los artículos 13 y 14 del Reglamento (UE) n.º 679 de 2016, fechada y firmada.
7. Fotocopia de un documento de identidad del solicitante, si la solicitud se firma de puño y letra y no en presencia del empleado encargado.

Modelos

Tiempos y plazos

La solicitud de liquidación deberá presentarse una vez finalizada la actividad y, en cualquier caso —salvo que se indique lo contrario en la resolución de concesión de la subvención—, a más tardar el 31 de diciembre del año siguiente al de la presentación de la solicitud de subvención.

30 días

Días máximos de espera

El pago de la subvención concedida se efectúa una vez concluida la tramitación de la memoria presentada, mediante una orden de pago a la cuenta corriente indicada en la solicitud. En caso de que se solicite documentación complementaria, el plazo del procedimiento queda suspendido hasta la recepción de la misma.

Documentos

Normativa de referencia

Modifica della deliberazione n. 1897 del 22 novembre 2024, già modificata con la n. 2215 del 23 dicembre 2024, "Approvazione dei nuovi criteri attuativi della legge provinciale 21 aprile 2016, n. 4 ''Legge provinciale sullo sport 2016''.".

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Promozione dello sport e dell'associazionismo sportivo trentino

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Articolo 5 del D.L. 24 febbraio 2023, n. 13 convertito con L. 21 aprile 2023, n. 41: approvazione prime indicazioni operative riguardanti l'apposizione del Codice unico di progetto (CUP) e modifica dell'Avviso Nuova Impresa 2023 (approvato con deliberazione di Giunta provinciale n. 2015/2023).

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Información adicional

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Última actualización: 09/07/2026 18:19

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