Descripción
Se trata de una contribución
(a) igual al 100% del gasto subvencionable para la adquisición o reposición de equipamiento necesario para la práctica de una disciplina deportiva y destinado a la iniciación deportiva de personas con discapacidad física, intelectual o sensorial (apartado 2);
b) igual al 95% del gasto subvencionable para la adquisición o reposición de equipamiento individual específico necesario para la práctica de una disciplina deportiva por deportistas con discapacidad física, intelectual o sensorial miembros de la asociación o club deportivo solicitante (apdo. 3).
El equipamiento objeto de la subvención deberá cumplir los requisitos de seguridad y contar con las homologaciones exigidas por la legislación vigente.
Sólo son subvencionables los gastos cuyos documentos de gasto hayan sido expedidos después de la fecha de presentación de la solicitud.
La aportación está prevista en el artículo 26, apartados 2 y 3 de la Ley Foral nº 4 de 21 de abril de 2016 "Ley Foral del Deporte 2016".
Restricciones
| CUP |
| Las facturas relativas a la adquisición de bienes y servicios que sean objeto de incentivos públicos a las actividades productivas, desembolsados por cualquier motivo y en cualquier forma por una Administración Pública, incluso a través de otras entidades públicas o privadas, o de cualquier forma trazables a ellas, deben contener el código único del proyecto (CUP), indicado en la escritura de concesión o comunicado en el momento de la concesión del incentivo o en el momento de la solicitud del incentivo. Esta obligación se introduce en el artículo 5, apartado 6, del Decreto-Ley nº 13, de 24 de febrero de 2023 - convertido por la Ley nº 41, de 21 de abril de 2023, y modificado por la Ley nº 213, de 30 de diciembre de 2023. Si la CUP no ha sido comunicada en la factura electrónica o ha sido comunicada incorrectamente por el cedente/prestador y éste no la ha reemitido correctamente (= nota de abono anulando la factura y emitiendo una nueva factura), el cesionario/comprador podrá integrar la CUP en la factura utilizando el servicio web disponible en el portal de Facturas y Pagos, área "Facturas electrónicas y otros datos del IVA", casilla "Comunicaciones", enlace "Integración CUP" de la Agencia Tributaria. Encontrará más información al respecto en la Guía correspondiente: https://www.agenziaentrate.gov.it/portale/documents/d/guest/guida-all-utilizzo-del-servizio-di-integrazione-del-cup-in-fattura. |