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Subvenciones para la compra de equipamiento para deportistas discapacitados (líquido.)

  • Activo

Información, instrucciones, reglamentos e impresos para presentar una solicitud de pago de la subvención concedida.

Descripción

Es la solicitud presentada por asociaciones o clubes deportivos que han obtenido la subvención para la adquisición de material técnico-deportivo, tanto fijo como móvil, necesario para la práctica de una disciplina deportiva y destinado a la iniciación en el deporte de personas con discapacidad física, intelectual o sensorial (apartado 2).

Es decir, han obtenido la subvención para la adquisición de equipamiento técnico-deportivo específico, individual, fijo y móvil, necesario para la práctica de una disciplina deportiva de deportistas con discapacidad física, intelectual o sensorial ya inscritos (apartado 3).

Para la adquisición de material técnico-deportivo destinado a la iniciación deportiva de deportistas/atletas con discapacidad, la subvención se abonará hasta el 100% del gasto subvencionable y, en todo caso, dentro del límite de la subvención concedida.

Para la adquisición o sustitución de material técnico-deportivo destinado a la práctica deportiva de atletas/atletas discapacitados, la subvención se abona hasta el 95% del gasto subvencionable y en todo caso dentro del límite de la subvención concedida.

La aportación está prevista en el artículo 26, apartados 2 y 3 de la Ley Foral nº 4 de 21 de abril de 2016 "Ley Foral del Deporte 2016".

Restricciones

El solicitante debe haber presentado previamente una solicitud de contribución y ésta le debe haber sido concedida por orden del Director del Servicio de Turismo y Deporte.

CUP
Las facturas relativas a la adquisición de bienes y servicios objeto de incentivos públicos a actividades productivas, desembolsadas por cualquier concepto y bajo cualquier modalidad por una Administración Pública, incluso a través de otras entidades públicas o privadas, o de cualquier forma trazables a las mismas, deberán contener el código único de proyecto (CUP), indicado en la escritura de concesión o comunicado en el momento de la asignación del propio incentivo o en el momento de la solicitud del mismo. Esta obligación se introduce en el artículo 5, párrafo 6, del Decreto-Ley nº 13, de 24 de febrero de 2023 - convertido por la Ley nº 41, de 21 de abril de 2023, y modificado por la Ley nº 213, de 30 de diciembre de 2023.
Las directrices operativas relativas a la aplicación de la CUP figuran en el Anexo A de la Resolución nº 728 del Consejo Provincial, de 23 de mayo de 2024.

A quién está dirigido

Asociaciones y clubes deportivos a los que se haya concedido la aportación solicitada por orden del responsable del Servicio de Turismo y Deporte.

La solicitud deberá ir firmada por el representante legal de la entidad deportiva.

Procedimiento

La solicitud debe presentarse en el formulario rellenable preparado por la administración y enviarse en formato PDF o JPG estático al buzón certificado serv.turismo@pec.provincia.tn.it, o entregarse en mano en la Oficina de Actividades Deportivas.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

1. Solicitud cumplimentada en su totalidad, fechada y firmada.
2. Informe final sobre la iniciativa llevada a cabo.
3. Relación de documentos de gasto, en hoja de cálculo abierta y formato PDF.
4. Copias conformadas de las facturas u otra documentación de valor probatorio equivalente relativa al equipamiento adquirido y objeto de la subvención.
5. Información de conformidad con los artículos 13 y 14 del Reglamento UE nº 679 de 2016, fechada y firmada.
6. Fotocopia de un documento de identidad del solicitante, si la solicitud se firma con firma manuscrita en un documento escaneado y no en presencia del empleado responsable.

Modelos

Tiempos y plazos

La solicitud de pago deberá presentarse -salvo que se indique lo contrario en la decisión de concesión de la subvención- a más tardar el 31 de diciembre del año siguiente al de presentación de la solicitud de subvención.

30 días

Días máximos de espera

El pago de la subvención concedida se realiza una vez concluido el examen previo de la documentación presentada, mediante orden de pago a la cuenta bancaria indicada en la solicitud. En caso de que se solicite documentación adicional, el plazo del procedimiento queda suspendido hasta la recepción de la misma.

Documentos

Normativa de referencia

Approvazione dei nuovi criteri attuativi della legge provinciale 21 aprile 2016, n. 4 'Legge provinciale sullo sport 2016'.

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Deliberazione della Giunta provinciale n. 1897 del 22 novembre 2024, modificata con la n. 2215 del 23 dicembre 2024

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Promozione dello sport e dell'associazionismo sportivo trentino

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Articolo 5 del D.L. 24 febbraio 2023, n. 13 convertito con L. 21 aprile 2023, n. 41: approvazione prime indicazioni operative riguardanti l'apposizione del Codice unico di progetto (CUP) e modifica dell'Avviso Nuova Impresa 2023 (approvato con deliberazione di Giunta provinciale n. 2015/2023).

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