Podrán solicitar la subvención quienes estén en posesión de una autorización de agencia de viajes o quienes encomienden la actividad a una persona autorizada para intermediar paquetes turísticos.
Además, los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos, que son alternativos entre sí
- al menos 100 establecimientos de alojamiento hotelero/extrahotelero y 10.000 camas, si operan a nivel provincial;
- al menos 20 establecimientos de alojamiento hotelero/extrahotelero y 1.000 camas, si operan a nivel subprovincial, en zonas no incluidas en las zonas turísticas establecidas en el artículo 8 de la Ley Provincial nº 8 de 11 de junio de 2002
- al menos 10 establecimientos de alojamiento hotelero/extrahotelero ubicados en el territorio de la provincia para las organizaciones representativas de marcas de producto provinciales o subprovinciales. Se entiende por tales marcas las reconocidas por la Diputación provincial, de conformidad con el artículo 18 de la Ley provincial nº 7 de 15 de mayo de 2002, u otras marcas representativas de productos elaborados y promovidos a través de Trentino S.p.A. (cuando no haya más de una marca en un mismo producto);
- creación y venta de servicios turísticos a nivel provincial a través de su interconexión con sistemas de oferta innovadores y en asociación con Trentino S.p.A.