Subvenciones para inversiones en instalaciones alpinas

  • Activo

Información, instrucciones, normativa y formularios para solicitar subvenciones para inversiones fijas y otras iniciativas relacionadas con el patrimonio montañero provincial.

Descripción

Las contribuciones se conceden para:

Inversiones en refugios de montaña

  • renovación, ampliación, adaptación a las normas y mantenimiento extraordinario
  • adquisición de mobiliario, equipos (también para la conexión a Internet) y medios mecánicos, aptos para la circulación por carreteras inaccesibles, para el transporte de materiales;
  • construcción de instalaciones, estructuras y obras complementarias, como teleféricos, centrales hidroeléctricas, conexiones a la red eléctrica y producción de energía a partir de fuentes renovables;
  • nuevos refugios de montaña resultantes de la reconversión de edificios existentes;
  • adquisición de edificios de refugios de montaña y su renovación.

Inversiones en refugios de senderismo (sólo los que no son accesibles en cualquier época del año por carreteras, incluidos los que no están abiertos al tráfico ordinario, o por líneas de teleférico)

  • renovación, ampliación, adaptación a las normas y mantenimiento extraordinario
  • adquisición de mobiliario, equipos (incluidos los de conexión a Internet)
  • construcción de instalaciones, estructuras y obras complementarias, como teleféricos, centrales hidroeléctricas, conexiones a la red eléctrica y producción de energía a partir de fuentes renovables.

Inversiones en vivacs

  • nueva construcción, renovación, mantenimiento extraordinario y conservación;
  • adquisición de mobiliario y equipamiento.

Intervenciones en rutas alpinas

  • actividades anuales de control y mantenimiento ordinario, así como trabajos extraordinarios de mantenimiento.

Proyectos destinados a valorizar el patrimonio montañero provincial

  • iniciativas de información, edición y difusión (también en soporte informático);
  • proyectos destinados a mejorar la gestión medioambiental del patrimonio montañero, incluyendo actividades encaminadas a la obtención de la certificación medioambiental.

Restricciones

Los activos subvencionados están vinculados a su finalidad específica durante 15 años en el caso de las inversiones inmobiliarias y cinco años para las inversiones mobiliarias.

A quién está dirigido

Los beneficiarios de las prestaciones son los siguientes

para los refugios

  • propietarios y operadores de refugios de montaña;
  • los propietarios y operadores de refugios de excursión no accesibles por carretera, incluidos los no abiertos al tráfico ordinario, o por teleférico;
  • quienes estén en posesión de un contrato preliminar de compraventa registrado u otro contrato adecuado que demuestre la futura propiedad del refugio de montaña;

para los vivaques

  • los titulares de la autorización expedida por la Comisión de Coordinación;

para las rutas alpinas

  • los que realicen anualmente este tipo de actividades;

para las iniciativas de información, publicación y difusión, y para los proyectos destinados a mejorar la gestión medioambiental:

  • el SAT, el CAI, la asociación de guías de montaña y gestores de refugios más representativa a nivel provincial.

Procedimiento

La solicitud, redactada en el formulario correspondiente, puede presentarse al Servicio de Turismo y Deporte en cualquier momento del año con

  • "procedimiento automático" para los gastos ya realizados en la fecha de presentación de la solicitud, siempre que no sean posteriores al año natural anterior y sean inferiores a 250.000,00 euros (se excluyen los tipos a), b) y d) - limitados a las ampliaciones y renovaciones indicadas en el punto 2 de los criterios de aplicación);
  • "procedimiento de evaluación" para los gastos en que se incurra tras la presentación de la solicitud.

Tiempos y plazos

Las solicitudes pueden presentarse a lo largo de todo el año.

90 días

Días máximos de espera

Los plazos comienzan al día siguiente de la presentación de la solicitud, que puede presentarse en cualquier momento del año.

En un plazo de 90 días a partir de la presentación de la solicitud, el Servicio de Turismo y Deporte comprobará la existencia de los requisitos de admisibilidad, la adecuación del gasto, el importe de la contribución adeudada, las posibles prescripciones y adoptará la decisión de conceder o denegar la contribución. El resultado se comunicará al operador con la ejecutoriedad de la medida o tras el control positivo del Servicio de Presupuesto y Contabilidad.

Costes

Timbre fiscal
16 Euro

Documentos

Normativa de referencia

Modifica dei criteri di attuazione del Capo V della legge provinciale 15 marzo 1993, n. 8 (Interventi a favore delle strutture alpinistiche) e dell'articolo 13 della legge provinciale 20 marzo 2000, n. 3, (Partecipazione della Provincia ad una Fondazione per la gestione del rifugio alpino 'ai Caduti dell'Adamello') approvati con propria deliberazione n. 1283 del 29 maggio 2009 e successive modificazioni.

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Modifica dei criteri di attuazione del Capo V della legge provinciale 15 marzo 1993, n. 8 (Interventi a favore delle strutture alpinistiche) e dell'articolo 13 della legge provinciale 20 marzo 2000, n. 3, (Partecipazione della Provincia ad una Fondazione per la gestione del rifugio alpino 'ai Caduti dell'Adamello') approvati con propria deliberazione n. 1283 del 29 maggio 2009 e successive modificazioni.

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