Descripción
Se trata de una subvención para la apertura por parte de asociaciones o clubes deportivos de una sección asociativa dedicada a personas con discapacidad, así como para la apertura de una nueva asociación o club deportivo dedicado a personas con discapacidad.
Serán subvencionables los siguientes tipos de gastos cuyos documentos hayan sido expedidos con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de subvención
(a) consultoría;
b) gastos de inscripción y registro.
La contribución se concede hasta el 90% de los gastos subvencionables y, en cualquier caso, dentro del límite del déficit, de los recursos disponibles y del importe máximo de 2.000 euros en el caso de una nueva sección y de 3.000 euros en el caso de una nueva asociación.
La aportación para la apertura por asociaciones o clubes deportivos de una sección asociativa para personas con discapacidad está prevista en el apartado 4 del artículo 26 de la Ley Foral 21 de abril de 2016, n.º 4 "Ley Foral del Deporte 2016".
La subvención para la apertura de una nueva asociación destinada a personas con discapacidad está prevista en el artículo 15, apartado 1, letra i) de la Ley Foral 21 de abril de 2016, n.º 4 "Ley Foral del Deporte 2016".
Restricciones
Para la apertura de una sección asociativa y de una nueva asociación o club deportivo, cada solicitante puede presentar una única solicitud.
En función de los recursos disponibles, establecidos anualmente por la Diputación Provincial, se financian todas las solicitudes admitidas. Si los recursos disponibles no son suficientes para financiar íntegramente las solicitudes admitidas, la contribución se redistribuye proporcionalmente entre todas ellas.