Descripción
Si tienes una vivienda que te gustaría reformar para destinarla al alquiler en el mercado libre, puedes solicitar una subvención a fondo perdido para la realización de las obras de rehabilitación de la vivienda.
La subvención tiene como objetivo fomentar la rehabilitación y el aumento de la oferta de viviendas en el mercado libre a un alquiler subvencionado para personas con necesidades de vivienda.
La subvención, que se calcula en función de cada vivienda que se destine al alquiler, cubre el 50 % del gasto incurrido en las obras de rehabilitación, con un gasto mínimo de 15 000 euros y un gasto máximo de 50 000 euros.
Además, se prevé un suplemento de 5 000 euros por vivienda si tienes intención de alquilarla recurriendo al servicio de mediación social que ofrecen las entidades sin ánimo de lucro activas en el territorio, o si lala vivienda para la que solicitas la subvención procede de una unidad residencial que estaba destinada al alquiler a corto plazo y que ha dejado de destinarse a tal fin a partir del 1 de enero de 2026.
Restricciones
Una vez obtenida la concesión, dispondrás de 24 meses para presentar la rendición de cuentas de los gastos incurridos. Si no puedes presentar la liquidación dentro de este plazo, puedes solicitar una única prórroga de un máximo de 12 meses por motivos justificados. La solicitud de prórroga debe presentarse antes de que venza el plazo para la presentación de la liquidación.
La subvención te obliga, durante un periodo de 96 meses en el transcurso de los 10 años siguientes a la fecha de presentación de la rendición de cuentas, a alquilar directamente la vivienda a personas con necesidades de vivienda, incluso con el apoyo de entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades de mediación social en materia de vivienda, o bien poniéndola a disposición de dichas entidades.
Estas modalidades son alternativas entre sí y pueden acumularse a efectos del cómputo del período de 96 meses.
Debes formalizar el contrato de alquiler de conformidad con la Ley 431/1998, aplicando un alquiler subvencionado equivalente al alquiler de mercado reducido en un 15 %. Calcula el alquiler de mercado basándote en las disposiciones provinciales aprobadas mediante resolución del Consejo Provincial n.º 1060, de 10 de julio de 2026.
Los compromisos que debes cumplir para mantener la subvención se describen detalladamente en los Criterios.