Solicitud de prestación de cuidados

  • Activo

Se trata de una aportación económica que proporciona la provincia para mantener a personas dependientes

Descripción

La prestación de cuidados es una intervención económica, complementaria a la prestación de acompañamiento, destinada a favorecer y apoyar la permanencia de las personas no autosuficientes en su entorno domiciliario y apoyar a sus familias en la carga de cuidados.

La prestación está correlacionada con el grado de necesidad de la persona no autosuficiente de que se le garantice su permanencia en un entorno domiciliario y semiresidencial.

Cómo se utiliza la prestación de cuidados

La prestación de cuidados se destina a la adquisición de servicios de cuidados y/o rehabilitación de tipo domiciliario o ambulatorio o semiresidencial.

Estos servicios pueden prestarse a través de

  • asistentes familiares (los denominados "cuidadores") contratados con un contrato regular;
  • organismos autorizados y acreditados
  • familiares tales como cónyuges, parejas de hecho, parientes hasta el 3er grado y parientes políticos de 1er y 2º grado;
  • coparticipación en el coste de los servicios públicos asistenciales de apoyo a la asistencia domiciliaria.

Comprobación de la condición de no autosuficiencia

La comprobación de la condición de no autosuficiencia se realiza a través de la Unidad de Valoración Multidisciplinar (UVM) del distrito sanitario competente en el territorio.

La UVM, integrada por el médico forense o médico legista, constata la condición de no autosuficiencia de la persona y elabora el dictamen, así como el plan asistencial, previa audiencia de la persona y de los familiares. El plan de asistencia contiene los siguientes elementos: evaluación de la necesidad; definición de los objetivos; prestaciones activas (sanitarias-sociales-sociales-sociales); servicios que pueden prestarse; modo de utilización de la prestación; verificación de los resultados. Debe estar firmado por el beneficiario o un miembro de su familia.

Cuantía de la prestación de dependencia

La cuantía de la asignación por cuidados depende del grado de no autosuficiencia del solicitante y del requisito de situación económica familiar (ICEF), del siguiente modo

GRADO DE GRAVEDAD

ASIGNACIÓN COMPLETA

(máximo)

SUBSIDIO REDUCIDO HASTA

(mínimo)

Grado de gravedad 1 €100,00 €100,00
Nivel de gravedad 2 €300,00 €150,00
Nivel de gravedad 3 €600,00 €300,00
Nivel de gravedad 4 €1.100,00 €500,00

En caso de modificación del nivel de gravedad, la cuantía de la indemnización se volverá a calcular a partir del día 1 del mes siguiente al de la presentación de la solicitud.

Restricciones

Reevaluación económica

Entre el 1 de octubre y el 28 de febrero de cada año siguiente al de la presentación de la solicitud, el interesado deberá presentar una solicitud de reevaluación de la situación económica, so pena de que se le retire la prestación de dependencia a partir del 1 de enero del año siguiente.

Suspensión de la prestación

La prestación de dependencia se suspende en los siguientes casos

  • ingreso en un hospital, hospicio o cualquier otro centro residencial sociosanitario o socioasistencial durante un periodo consecutivo superior a 30 días, a partir del día 31;
  • disfrute por parte de un familiar del beneficiario del permiso retribuido de dos años al 100 % con arreglo al artículo 42, apartado 5, del Decreto Legislativo nº 151/2001 para el cuidado de personas en situación grave, certificado con arreglo al artículo 3, apartado 3, de la Ley nº 104/1992.

A quién está dirigido

Pueden solicitar el subsidio de asistencia las personas no autosuficientes que cumplan los siguientes requisitos

  1. residencia en la provincia de Trento durante al menos dos años ininterrumpidos, excepto en el caso de los menores, para los que el requisito debe estar en posesión del menor o de uno de los dos progenitores
  2. ser ya titular de un subsidio de acompañamiento con arreglo a la Ley provincial nº 7/1998 (Disciplina degli interventi assistenziali in favore degli invalidi civili, dei ciechi civili e dei sordomuti) o de una prestación similar concedida por asistencia personal continuada, o haber presentado, incluso al mismo tiempo, la solicitud correspondiente
  3. condición económica del hogar de referencia(ICEF) igual o inferior a 0,32;
  4. condición de no autosuficiencia constatada por la UVM (Unidad de Valoración Multidisciplinar) del distrito sanitario competente en el territorio.

La solicitud puede ser presentada

por la persona no autosuficiente

si el solicitante es menor de edad, por uno de los progenitores con los que resida, o por la persona que ejerza la patria potestad;

si el solicitante está interdicto o incapacitado, por el tutor o curador;

en caso de nombramiento de un administrador de manutención, por el mismo, siempre que se le haya conferido el poder correspondiente.

Tiempos y plazos

.

60 días

Días máximos de espera

A partir del día siguiente a la recepción de la solicitud.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

Tutela delle persone non autosufficienti e delle loro famiglie e modificazioni delle leggi provinciali 3 agosto 2010, n. 19, e 29 agosto 1983, n. 29, in materia sanitaria

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Información adicional

Última actualización: 21/10/2025 16:56

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