Descripción
Se entiende por modificación cualquier variación relacionada con la instalación o actividad autorizada, incluso cuando la instalación ya esté construida o la actividad ejercida. La modificación puede ser(ref. art. 2, D.P. 28 de marzo de 2018, núm. 2-77/Leg)
- sustancial: consiste en la modificación considerada sustancial en virtud de las disciplinas sectoriales relativas a las medidas individuales incluidas en la AUT;
- no sustancial: cualquier modificación que no sea sustancial.
En caso de que el interesado pretenda realizar una modificación sustancial de la actividad o de la instalación, deberá presentar una solicitud de nueva AUT a la estructura competente (Sector Autorizaciones y Controles) a través del portal de servicios de la Provincia Autónoma de Trento.
En el caso de una solicitud de modificación no sustancial, el interesado deberá comunicar a la estructura competente (Sector Autorizaciones y Controles en la dirección pec sac.appa@pec.provincia.tn) la modificación que pretende realizar; esta comunicación deberá ir acompañada de un informe técnico detallado de las modificaciones solicitadas y, si fuera necesario, de un cuadro planimétrico. Una vez recibida la comunicación, se continuará con el procedimiento detallado en el artículo 10 del Reglamento AUT(ref. art. 10, D.P.P. 28 de marzo de 2018, núm. 2-77/Leg).