Descripción
Se trata de una subvención a fondo perdido destinada a realizar inversiones para mejorar la calidad de los servicios que ofrecen los comercios, los establecimientos públicos o los talleres artesanales.
Iniciativas subvencionables
La empresa puede solicitar la subvención para inversiones en activos fijos relacionadas con unidades operativas ubicadas en el territorio provincial, destinadas a:
- la puesta en marcha de nuevas actividades ola apertura de nuevas unidades operativas, incluso mediante la adquisición de inmuebles;
- a la rehabilitación, modernización y embellecimiento de las actividades existentes o a la reconversión de su actividad, incluso mediante la adquisición de inmuebles ya en uso, y a la creación de nuevos espacios funcionales para las actividades existentes;
- ala creación de salas de exposición, tiendas, salas de degustación y de formación y/u otros espacios dedicados a la promoción de sus propios productos, únicamente en el caso de empresas manufactureras artesanales o industriales.
En caso de optar por el régimen de exención, las iniciativas previstas deben cumplir una de las siguientes condiciones:
- la apertura de una nueva unidad operativa;
- una ampliación de las superficies o volúmenes destinados a la actividad empresarial;
- una reconversión de la unidad operativa con diversificación de los productos y servicios ofrecidos mediante nuevos productos o servicios adicionales, o una transformación radical de la actividad desarrollada en la unidad operativa objeto de la intervención.
Gastos subvencionables
Se incluyen entre los gastos subvencionables:
- gastos de inversión inmobiliaria: obras, instalaciones, gastos técnicos, adquisición de inmuebles;
- gastos de inversión en mobiliario: muebles, mobiliario, equipamiento, sistemas informáticos (hardware y software), vehículos clasificados como de uso especial para el comercio.
Gastos no subvencionables
No son subvencionables los gastos relacionados con:
- espacios exteriores no contiguos
Límites de los gastos subvencionables
- Límite mínimo de gasto subvencionable: 20 000,00 €
- Límite máximo de gasto subvencionable: 1 500 000,00 €
- Límite para la adquisición de inmuebles o partes de los mismos: 150 000,00 € (además del cumplimiento de los precios máximos subvencionables establecidos por la Resolución del Consejo Provincial n.º 104/2012 - ENLACE A LA TABLA).
Medida de subvención
El porcentaje de subvención que puede obtener la empresa es:
- en régimen de minimis: 30 %
- en régimen de exención
- pequeña empresa: 20 %
- empresamediana: 10 %
La subvención se abona en un único pago una vez finalizada la inversión y presentada la memoria de gastos.
Restricciones
Costes
No hay gastos de tramitación, salvo el timbre fiscal.
Obligaciones
Las inversiones subvencionadas deben:
- cumplir los requisitos de racionalidad y funcionalidad;
- ser utilizadas exclusivamente por la empresa beneficiaria para el ejercicio de las actividades subvencionadas por la convocatoria;
- referirse a una unidad operativa situada en el territorio provincial;
- referirse a inmuebles propiedad del solicitante (para inversiones por un importe superior a 500 000,00 €, importe total de la solicitud).
El acceso a la subvención conlleva para ti las siguientes obligaciones:
- no enajenar, ceder ni desviar de su destino los bienes o servicios para los que se han concedido las ayudas (inmuebles por un importe superior a 250 000,00 €: 10 años; bienes inmuebles por un importe inferior o igual a 250 000,00 €: 5 años; bienes muebles por un importe superior a 250 000,00 €: 5 años; bienes muebles de un valor inferior o igual a 250 000,00 €: 3 años);
- comunicación oportuna de cualquier modificación subjetiva u objetiva relevante a efectos de la concesión de la ventaja fiscal o para su mantenimiento;
- aplicación a sus empleados de los convenios colectivos y acuerdos nacionales y provinciales, cumplimiento de la legislación en materia de trabajo, seguridad social y asistencia social, así como de las disposiciones relativas a la protección de la salud y la integridad física de los trabajadores;
- adquisición de los bienes objeto de los contratos de arrendamiento financiero.
Acumulación
No podrá haber beneficiado de subvenciones en virtud de la LP 6/99 ni de la Convocatoria «Calidad en Trentino» —sector del comercio y los servicios (edición de 2020)— por la misma inversión.
Tampoco son admisibles las cuotas de una inversión inmobiliaria, con una única autorización, para la que el solicitante haya presentado o tenga intención de presentar una solicitud en virtud de la LP 6/99.
Para la misma inversión, puedes beneficiarte de posibles desgravaciones fiscales o de cotizaciones, siempre que no constituyan ayudas de Estado.