Descripción
Se trata de una subvención a fondo perdido para inversiones destinadas a mejorar los niveles de calidad de los servicios ofrecidos por actividades comerciales, establecimientos públicos o empresas artesanales.
Iniciativas subvencionables
Las empresas pueden solicitar la subvención para inversiones fijas en unidades operativas situadas en la provincia, destinadas a
- la puesta en marchade nuevasactividades o laapertura de nuevas unidades operativas, incluso mediante la adquisición de bienes inmuebles;
- la remodelación, modernización y embellecimiento de actividades existentes o la reconversión de sus actividades, también mediante la adquisición de inmuebles ya en uso y la construcción de nuevos espacios funcionales a las actividades existentes
- la construcción de salas de exposición, tiendas, salas de degustación y formación y/u otros espacios dedicados a la promoción de sus productos, sólo en el caso de empresas de fabricación artesanal o industrial.
Si se opta por el régimen de exención, las iniciativas previstas deben cumplir una de las siguientes condiciones
- la apertura de una nueva unidad de negocio
- una ampliación de la superficie/volumen destinado a la actividad empresarial
- una remodelación de la unidad operativa con diversificación de los productos y servicios ofrecidos mediante nuevos productos/servicios adicionales, o una transformación radical de la actividad desarrollada en la unidad operativa en cuestión.
Gastos subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen
- gastos de inversión inmobiliaria: obras, instalaciones, gastos técnicos, adquisición de inmuebles;
- gastos de inversiones mobiliarias: mobiliario, enseres, equipos, sistemas informáticos de hardware y software, vehículos clasificados como de uso especial para tiendas.
Gastos no subvencionables
No son subvencionables los gastos de
- espacios exteriores no contiguos
Límites de gastos subvencionables
- Límite mínimo de gastos subvencionables: 20.000,00 euros
- Límite máximo de gastos subvencionables: 1.500.000,00 euros
- Límite para la adquisición de edificios o partes de los mismos: 150.000,00 € (además del cumplimiento de los precios máximos subvencionables establecidos por la Deliberación de la Diputación nº 104/2012 - ENLACE A LA TABLA).
Medida de contribución
El porcentaje de aportación que puede obtener la empresa es
- en régimen de minimis: 30%.
- en régimen de exención
- pequeña empresa: 20%.
- mediana empresa: 10%.
La contribución se abona en un único plazo una vez finalizada y comunicada la inversión.
Restricciones
Costes
No hay más gastos de solicitud que el impuesto sobre actos jurídicos documentados.
Obligaciones
Las inversiones facilitadas deben
- cumplir los requisitos de racionalidad y funcionalidad
- ser utilizadas exclusivamente por la empresa beneficiaria para llevar a cabo las actividades facilitadas por la convocatoria de propuestas
- referirse a una unidad operativa en la provincia
- referirse a bienes inmuebles propiedad del solicitante (para inversiones superiores a 500.000,00 euros, solicitud total).
El acceso a la subvención conlleva estas obligaciones para usted
- no enajenar, transferir o, en cualquier caso, retirar de su uso previsto los bienes o servicios para los que se han concedido las subvenciones (bienes inmuebles de valor superior a 250.000,00 euros: 10 años; bienes inmuebles de valor inferior o igual a 250.000,00 euros: 5 años; bienes muebles de valor superior a 250.000,00 euros: 5 años; bienes muebles de valor inferior o igual a 250.000,00 euros: 3 años)
- pronta notificación de cualquier cambio subjetivo u objetivo relevante para la concesión de la facilidad o para su continuación;
- aplicación a sus empleados de los convenios y acuerdos colectivos nacionales y provinciales, cumplimiento de la legislación laboral, de seguridad social y de asistencia y de las disposiciones relativas a la protección de la salud y la integridad física de los trabajadores;
- el rescate de los bienes objeto de contratos de arrendamiento financiero.
Acumulación
Para una misma inversión no puede haberse beneficiado de contribuciones en virtud de la LP 6/99 o del Bando Qualità in Trentino - settore commercio e servizi (edición 2020).
Tampocoson admisibles las participaciones en una inversión inmobiliaria, con una única cualificación, para la que el solicitante haya solicitado o tenga intención de solicitar una participación en virtud de la LP 6/99.
Para la misma inversión, podrá beneficiarse de cualquier desgravación fiscal o de cotización a la Seguridad Social, si no constituye una ayuda estatal.