Podrán solicitar el reembolso las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el RUNTS, en las siguientes secciones:
- A) ODV (Organizaciones de Voluntariado)
- B) APS (Asociaciones de Promoción Social)
siempre que
- tengan su domicilio social en la provincia de Trento desde el momento del pago de la prima objeto de la solicitud de subvención, al menos hasta la fecha de la resolución de concesión del reembolso
- estén debidamente inscritas a más tardar el 31 de diciembre del año anterior (por ejemplo, el 31 de diciembre de 2024 para el año 2025)
- estén al corriente en la actualización de los datos en el portal del RUNTS (número de socios y voluntarios)
Atención: compruebe que los datos que figuran en el RUNTS se correspondan con los que constan en los registros de la asociación.
A efectos de la concesión del reembolso, el requisito de inscripción en el RUNTS por parte de los beneficiarios debe constar, como mínimo, desde el 31 de diciembre del año para el que se solicita la subvención y debe mantenerse hasta la fecha de la resolución de concesión del reembolso, salvo lo previsto para las federaciones y coordinaciones.
Nota: si el tomador de la póliza es una organización nacional a la que está afiliada la sección local, entonces la estructura territorial que haya abonado la cuota de afiliación (incluidos los gastos de seguro) a la organización nacional no podrá solicitar el REEMBOLSO DE LOS GASTOS DE SEGURO, pero tendrá la posibilidad de presentar una solicitud de REEMBOLSO DE LAS CUOTAS DE AFILIACIÓN.