Descripción
Se trata de una contribución concedida por la Provincia destinada a reembolsar a las organizaciones de voluntariado (ODV) y a las asociaciones de promoción social (APS), los gastos ocasionados exclusivamente por el cumplimiento de la obligación de asegurar a sus miembros que ejercen actividades de voluntariado, contra los accidentes y enfermedades relacionados con el ejercicio de la propia actividad, así como por la responsabilidad civil frente a terceros.
Podrán solicitarse las primas abonadas a la entidad aseguradora en el año natural anterior a la presentación de la solicitud de reembolso (por ejemplo, en 2025 podrán presentarse las primas abonadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024).
Restricciones
Las entidades registradas en RUNTS (en el momento de la solicitud de reembolso) no podrán optar al reembolso si
- han sido canceladas de RUNTS durante el proceso de solicitud de reembolso o en los casos en que el proceso de cancelación se haya iniciado durante el proceso de solicitud
- están en proceso de disolución en la fecha de la solicitud, por haber
- adoptado una resolución de disolución
- solicitado la anulación del código fiscal en la Oficina de Recaudación
- solicitado a la oficina provincial del RUNTS un dictamen de devolución de conformidad con el artículo 9 del Código del Tercer Sector
- presentar una solicitud por un importe total igual o inferior a 50 (cincuenta) euros
- no se ha declarado previamente en el RUNTS el número de socios o voluntarios, o aparece entre los datos contenidos en el RUNTS que la organización ha inscrito cero voluntarios o socios en los registros correspondientes.