Descripción
Restricciones
Las entidades registradas en RUNTS (en el momento de presentar la solicitud) no podrán optar al reembolso si
- han sido dadas de baja en RUNTS durante la tramitación del reembolso o en los casos en que el proceso de baja se haya iniciado durante la tramitación;
- están en proceso de disolución en la fecha de la solicitud, por haber
- adoptado una resolución de disolución
- solicitado la baja en la Delegación de Hacienda
- solicitado a la oficina provincial del RUNTS un dictamen de devolución conforme al artículo 9 del Código del Tercer Sector
- presentar una solicitud por un importe total igual o inferior a 50 (cincuenta) euros
- que el número de socios o voluntarios no haya sido declarado previamente en el RUNTS, o que la organización haya inscrito cero voluntarios o socios en los registros correspondientes.
Para poder optar al reembolso, la cuota de afiliación debe corresponder al año natural anterior al año en que se presenta la solicitud. Las cuotas de afiliación con validez provisional también son admisibles, siempre que el periodo de validez haya comenzado en el año civil anterior.
Quedan excluidas las cantidades recaudadas y retenidas por la organización provincial que no sean abonadas a la organización nacional o reembolsadas posteriormente por ésta a la federación/coordinación provincial.
Las asociaciones deben
- estar inscritas en el Registro Único Nacional del Tercer Sector (RUNTS), en las secciones de organizaciones de voluntariado y asociaciones de promoción social
- estar asociadas y/o afiliadas a organizaciones nacionales inscritas en el RUNTS
- tener su sede social en la provincia de Trento en el momento del pago de la tasa
- estar al día con la presentación de sus estatutos, actualizados a la normativa del Tercer Sector, y la actualización de sus datos en el portal RUNTS.
Como justificante de pago se podrá presentar tanto una copia de la transferencia bancaria como del recibo de la tarjeta de crédito, con los siguientes datos
- el banco en el que se realizó el pago
- el importe
- la fecha de ejecución (fecha valor).
El documento justificativo del pago debe acreditar de forma inequívoca que el pago fue cargado en cuenta por la entidad financiera. Para ello, debe llevar un estado de la transacción que indique la ejecución efectiva del pago (por ejemplo, con la mención "adquirido/ejecutado/hecho"). No se aceptan recibos en los que figure únicamente la solicitud de ejecución de la transferencia.
Si el pago de la cuota de afiliación se realiza mediante un instrumento de pago a nombre de una persona distinta de la organización, ésta deberá adjuntar una copia de la transacción relativa al reembolso efectuado por la misma (por medios rastreables, no en efectivo) a favor de la persona que abonó personalmente la cuota de afiliación. El documento acreditativo del reembolso del importe abonado por adelantado deberá indicar
- fecha de ejecución anterior a la solicitud de reembolso
- importe correspondiente a la suma abonada al organismo nacional
No se aceptarán reembolsos -ni directos ni indirectos- que se hayan efectuado por medios no localizables.