Descripción
Restricciones
La declaración debe efectuarse antes del inicio de las obras estructurales, y debe esperarse a la finalización y presentación de la certificación pertinente antes de iniciar las obras.
Presentación ante el Sportello Cementi Armati (Oficina de Cementos Armados) del informe inicial para el levantamiento de las obras y solicitud de la relativa certificación de conformidad con el Decreto Presidencial 380/2001 art. 90.