Descripción
Un emplazamiento potencialmente contaminado se define como una zona en la que, como resultado de actividades humanas pasadas o en curso, se encuentra una alteración de las características cualitativas de las matrices ambientales (suelo, subsuelo y aguas subterráneas) que representa un riesgo potencial para la salud humana.
La notificación de la contaminación potencial la realizan los sujetos públicos y privados que, a cualquier título (por ejemplo, como gestor, propietario, usuario de una zona, otro interesado, administración pública, etc.), detecten la ocurrencia de eventos potencialmente contaminantes, dispongan de análisis de matrices ambientales con concentraciones superiores a las concentraciones umbrales de riesgo (CSC) o constaten la presencia de contaminación histórica.
El artículo 77 bis del TULP y el artículo 242 del Decreto Legislativo 152/2006 exigen que la notificación se envíe a la Provincia, a la APPA, al Prefecto y al Municipio en el que se encuentre el emplazamiento en un plazo de 24 horas a partir del suceso o de la identificación de una contaminación histórica que haya determinado la situación de contaminación potencial o actual del emplazamiento.
Al mismo tiempo que envía la notificación, la persona responsable de la contaminación debe iniciar las operaciones de prevención o de seguridad de emergencia para evitar que la contaminación se propague o cause daños al hombre o al medio ambiente.
Una vez aplicadas las medidas preventivas iniciales necesarias, el responsable lleva a cabo, en las zonas afectadas por la contaminación, una investigación preliminar sobre los parámetros afectados por la contaminación y, cuando se compruebe que no se ha superado el nivel de las concentraciones umbral de contaminación (CSC), restaura la zona contaminada, notificándolo al Ayuntamiento y a la Provincia competente en el territorio en un plazo de 48 horas a partir de la notificación.
Si, por el contrario, la investigación preliminar constata que se han superado los CSC, aunque sólo sea para un parámetro, el responsable de la contaminación debe notificarlo inmediatamente al Municipio y a la Provincia con competencia territorial, con descripción de las medidas de prevención y de seguridad de emergencia adoptadas.
Se abre así el procedimiento de regeneración/recuperación propiamente dicho, que se desarrolla por etapas definidas por normas específicas en función del tipo de emplazamiento, según distintos procedimientos preliminares que requieren documentación y formularios específicos.