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Lugares históricos de comercio: liquidación de la subvención concedida

  • Activo

Los consorcios y asociaciones a los que se haya concedido una contribución para la realización de iniciativas de cualificación y valorización de los lugares históricos de comercio, deberán presentar su solicitud de liquidación de la misma.

Descripción

Los consorcios y asociaciones a los que se haya concedido la subvención deberán presentar las cuentas de los gastos a efectos de su liquidación antes del 30 de septiembre del año siguiente a la concesión de la subvención.

Los consorcios y asociaciones a los que se haya concedido la subvención podrán solicitar una prórroga para rendir cuentas de los gastos una sola vez, por un periodo máximo de 90 días, previa solicitud motivada y formal que deberá presentarse estrictamente dentro del plazo original.

Sólo los consorcios podrán solicitar un anticipo de hasta el 60% de la subvención concedida cuando la medida sea ejecutiva.

N.B.: el siguiente texto no sustituye a la normativa establecida en la Resolución de la Diputación Provincial nº 785 de 12 de mayo de 2023 y posteriores modificaciones a las que habrá que remitirse a todos los efectos.

Restricciones

Los gastos contabilizados deben ser pagados en el momento de presentar la solicitud de pago.

No se admiten pagos en efectivo.

En caso de incumplimiento de los plazos de presentación de informes, eventualmente prorrogados, se declarará la pérdida total de la subvención, salvo en el caso de que el informe se presente fuera de plazo, pero antes del inicio del procedimiento de pérdida; en este caso, la subvención se reducirá en un 10%. Si el programa no se lleva a cabo, o si no se alcanza el límite mínimo de gastos subvencionables, y si, sólo en el caso de los eventos culturales, no hay domicilio social o sede en Italia en la fecha de pago de la subvención, ésta se perderá.

En caso de que la documentación presentada, eventualmente completada, no indique el carácter cultural del acontecimiento, la subvención se revoca o se vuelve a determinar, con sujeción a la capacidad "de minimis " disponible en la fecha de la nueva determinación.

En caso de que los gastos realizados y admitidos en el momento de la notificación no cubran el anticipo, si lo hubiera, se recuperará el importe desembolsado en exceso, más los intereses calculados al tipo de interés legal desde la fecha de recepción de la orden de pago hasta la fecha de devolución efectiva del importe.

A quién está dirigido

Podrán ser beneficiarios de la subvención los consorcios de empresas o sociedades y las asociaciones, que reúnan los requisitos establecidos en los apartados 1 y 2 del artículo 1 de los criterios de aplicación de los apartados 2 y 2 bis del artículo 64 de la Ley Foral 17/2010 (Ley de Comercio), aprobada por Resolución de la Diputación Foral núm. 785, de 12 de mayo de 2023, modificada.

Procedimiento

Los formularios, debidamente cumplimentados en todas sus partes y firmados por el representante legal, deberán presentarse

  • enviándolos a la dirección PEC indicada en el formulario
  • entrega directa, previa cita, en la estructura provincial competente.

NB: la fianza en papel sólo debe presentarse en original (entrega directa o correo certificado con acuse de recibo).

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Al formulario de notificaciónpreviamente cumplimentado y firmado por el representante legal, debe adjuntarse

  • copia de la documentación fiscal (para facturas electrónicas presentar la "hoja de estilo") con el recibo correspondiente;
  • copia del contrato suscrito si el evento o parte del mismo se ha realizado con la colaboración o consultoría "llave en mano" de externos y las facturas correspondientes no están suficientemente detalladas;
  • una memoria descriptiva exhaustiva de los actos/iniciativas individuales admitidos a la subvención y realizados (con el fin de comprobar la correspondencia de las facturas presentadas indicando el nombre, lugar y fecha del acto, características principales) que contenga también una indicación de los actos/iniciativas previstos pero no realizados
  • una lista de los costes incurridos desglosados para cada uno de los actos/iniciativas cubiertos por la subvención, con indicación de la documentación fiscal pertinente y una descripción del producto/servicio vendido, desglosada por macropartidas (planificación -sólo para consorcios-, ejecución, promoción y publicidad)
  • material que demuestre la realización de los eventos (como documentación fotográfica, folletos, reseñas de prensa), así como el uso de la marca "Lugar Histórico del Comercio" (el material deberá adjuntarse a las facturas correspondientes);
  • en el caso de actos culturales, un informe descriptivo que indique la consecución de los objetivos establecidos en las letras b) y c) del apartado 1 del artículo 2 bis de los criterios;
  • fotocopia de un documento de identidad válido del abajo firmante (si la declaración se firma a mano y no en presencia del empleado designado);
  • (si procede) poder/apoderamiento para la cumplimentación y presentación de la solicitud y la correspondiente política de privacidad, firmado por la parte delegante;
  • (si procede ) nota informativa de conformidad con los artículos 13 y 14 del Reglamento UE n.º 679 de 2016 debidamente firmada (solo si la solicitud de pago delanticipo de subvención está firmada por una persona distinta de la que firmó la solicitud).

A la solicitud de prórroga completa con sello de recaudación, previamente cumplimentada y firmada por el representante legal, deberá adjuntarse fotocopia del documento de identidad en vigor del firmante.

PARA CONSORCIOS:

Al impreso para elanticipo hasta a 40%, previamente cumplimentado y firmado por el representante legal, deberá adjuntarse

  • relación de la documentación contable;
  • copia de la documentación fiscal (para las facturas electrónicas presentar la "hoja de estilo") con el recibo correspondiente, por un importe total que, multiplicado por el porcentaje de contribución determinado en el momento de la subvención, dé como resultado al menos el importe del anticipo solicitado
  • fotocopia de un documento de identidad válido del firmante (si la declaración se firma a mano y no en presencia del empleado designado).

Al formulario para la'anticipo del 50% al 60%, previamente cumplimentado y firmado por el representante legal, deberá adjuntarse

  • fotocopia de un documento de identidad válido del firmante (si la declaración se firma a mano);
  • aval bancario o póliza de caución;
  1. en caso de aval bancario o póliza de caución papel (se presentará en original) por un importe igual al anticipo solicitado:

    a) para avales de un importe de hasta 50.000,00 euros: una declaración sustitutiva de la certificación del avalista en la que declare el cargo que ocupa, así como la posesión de los poderes para obligar válidamente al banco o a la compañía de seguros;

    b) para un importe superior a 50.000,00 euros: autenticación exclusivamente notarial de la firma del fiador con indicación expresa de la existencia de poder del firmante para obligar al fiador, estampada al pie del aval bancario o de la póliza de caución

  2. si el aval bancario o la póliza de caución digitalel aval, para estar correctamente constituido en forma digital, debe cumplir los siguientes requisitos
  • debe emitirse en forma de fichero digital nativo, en un formato apto para su almacenamiento (típicamente PDF/A o PDF);
  • debe estar firmado por el garante con una firma digital válida
  • debe transmitirse desde la casilla PEC del remitente a la casilla PEC de la estructura provincial receptora.

La firma del avalista con una firma digital válida no requiere autenticación. En el caso de importes garantizados iguales o superiores a 50.000,00 euros, la estructura provincial receptora verificará que la empresa emisora de la garantía digital ha conferido el correspondiente poder de firma al firmante consultando el poder especial disponible en el registro mercantil de la Cámara de Comercio, Industria, Artesanía y Agricultura.

NB: TENGA EN CUENTA QUE NO SE ADMITEN PAGOS EN EFECTIVO.

Modelos

Tiempos y plazos

Los días de espera son respectivamente

  • 60 días para la liquidación;
  • 90 días para la prórroga.

Costes

Sello
16,00 Euro

sólo para prórroga

Documentos

Normativa de referencia

Disciplina dell'attività commerciale

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Revisione e aggiornamento dei criteri e modalità per la concessione dei contributi per eventi ed iniziative di qualificazione e valorizzazione dei luoghi storici del commercio realizzati da soggetti a livello comunale e da un soggetto unico a livello provinciale ai sensi dell'articolo 64, commi 2 e 2 bis, della legge provinciale 30 luglio 2010, n. 17 (legge provinciale sul commercio 2010).

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Contacto

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Información adicional

Última actualización: 24/02/2026 12:07

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