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Lugares históricos de comercio: contribución a consorcios y asociaciones

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Las solicitudes de subvención para actos que tengan lugar entre el 1 de febrero de 2027 y el 31 de enero de 2028 podrán presentarse del 10 de enero al 28 de febrero de 2027.

Los consorcios y asociaciones con sede en el municipio que ha identificado el lugar histórico de actividad pueden solicitar una subvención para actos que se celebren en el mismo municipio.

Destacado

Destacado

A partir del 1 de enero de 2026, el acceso a las ayudas y subvenciones provinciales por parte de las empresas queda condicionado a la estipulación de una póliza de seguro que cubra los daños causados por desastres naturales y eventos catastróficos, que cubra los bienes indicados en el artículo 1, apartado 101 de la Ley 213/2023, desarrollada a nivel provincial por la Resolución del GP nº 2114 de 19/12/2025. La póliza deberá estar activa en el momento de la solicitud de subvención y mantenerse durante toda la duración de las iniciativas. El incumplimiento de la obligación de seguro dará lugar a la denegación de la solicitud.

Para más detalles, consulte la mencionada resolución en la sección "Documentos".

Descripción

Para fomentar la agregación social y mejorar el atractivo de los lugares comerciales históricos, la provincia concede subvenciones de hasta el 60% de los gastos subvencionables a consorcios y asociaciones que organicen y ejecuten un programa de eventos atractivos de interés cultural y espectáculos, así como itinerarios enogastronómicos en lugares comerciales históricos.

Restricciones

La etiqueta "Lugar Histórico del Comercio" debe utilizarse en las iniciativas de promoción objeto de financiación.

A quién está dirigido

Podrán presentar su candidatura

1) i Consorcios constituidos en forma de consorcio de empresas o sociedades que

  • tengan entre sus fines estatutarios la puesta en marcha de iniciativas de promoción para la calificación y puesta en valor de los lugares históricos del comercio
  • tengan su domicilio social en municipios que tengan identificados lugares históricos del comercio con una población
    • más de 5.000 habitantes
    • entre 2.500 y 5.000 habitantes con al menos un parámetro turístico superior a la media provincial;
  • garanticen la participación de los operadores comerciales y abran la adhesión a sujetos con un interés directo, concreto y actual en la cualificación y valorización de los lugares históricos del comercio y que operen en un emplazamiento fijo desde hace al menos un año en el municipio donde el Consorcio tiene su sede;
  • tener, a 31 de diciembre del año anterior al de la presentación de la solicitud bien la adhesión de al menos 50 empresas comerciales de ubicación fija (incluidos los establecimientos de alimentación y bebidas abiertos al público indiferenciado) o unidades operativas locales de empresas comerciales de ubicación fija (incluidos los establecimientos de alimentación y bebidas abiertos al público indiferenciado) que operen en los lugares históricos del comercio o al menos el 20% de los establecimientos comerciales fijos (incluidos los establecimientos que sirven comidas y bebidas abiertos al público indiferenciado) o unidades operativas locales de establecimientos comerciales fijos (incluidos los establecimientos que sirven comidas y bebidas abiertos al público indiferenciado) que operan en locales comerciales históricos;

2) las Asociaciones lleven constituidas en forma asociativa al menos tres años y se hayan beneficiado en los últimos tres años de una aportación (de un ente público, ente instrumental o A.P.T.) para la realización de actividades de puesta en valor en el Municipio donde tengan su domicilio social o hayan realizado en cualquier caso en los últimos tres años eventos de puesta en valor a través de la ocupación o utilización de lugares públicos en el Municipio donde tengan su domicilio social que

  • tengan su domicilio social en Municipios que tengan identificado el lugar histórico del comercio con una población de más de 1.000 habitantes y con al menos 40 empresas comerciales en locales fijos (incluidos los establecimientos públicos de comidas y bebidas abiertos al público indiferenciado) o unidades locales de explotación de empresas comerciales en locales fijos (incluidos los establecimientos públicos de comidas y bebidas abiertos al público indiferenciado) a 31 de diciembre del año anterior al de presentación de la solicitud de subvención
  • garanticen la participación de los operadores comerciales y abran la adhesión a sujetos que tengan un interés directo, concreto y actual en la cualificación y valorización de los lugares históricos del comercio y que operen en locales fijos del Municipio donde la Asociación tiene su sede desde hace al menos un año
  • tengan, a 31 de diciembre del año anterior al de la presentación de la solicitud de subvención, al menos 8 empresas comerciales asociadas de local fijo (incluidos los establecimientos públicos de restauración abiertos al público indiferenciado) o unidades operativas locales de empresas comerciales de local fijo (incluidos los establecimientos públicos de restauración abiertos al público indiferenciado) que operen en el lugar comercial histórico del Municipio en el que la Asociación tiene su sede.

Procedimiento

La solicitud, provista de timbre fiscal, debidamente cumplimentada en todas sus partes y firmada por el representante legal del Consorcio o Asociación, podrá presentarse

  • a la dirección del PEC indicada en el formulario
  • entrega directa a la estructura provincial competente con cita previa, en los casos en que la documentación a presentar supere los límites de tamaño prescritos (véase art. 5 apartado 2 letra B de los criterios).

En caso de aceptación positiva, el representante legal del Consorcio o Asociación presentará la solicitud de liquidación (para los Consorcios también es posible solicitar un anticipo de la subvención concedida de hasta el 40% mediante la presentación de los documentos fiscales justificados o del 50% al 60% mediante la presentación de una garantía adecuada).

Requisitos

Documentación que se debe presentar

I Consorcios y Asociaciones deberán presentar una solicitud utilizando el formulario especialmente preparado para ello, que contenga el importe total de los gastos previstos para la realización de los actos/iniciativas y el previsto (sólo para los Consorcios) para la posible adquisición de herramientas y equipos informáticos, y una declaración jurada en la que declaren que poseen los requisitos necesarios para la presentación de la solicitud, adjuntando

  1. el programa de los actos que se celebrarán durante el período de referencia, que incluirá una memoria descriptiva de cada uno de ellos con el nombre del acto, el lugar y la fecha de celebración, las características principales, el coste desglosado por macropartidas (planificación -sólo para los consorcios-, ejecución, promoción y publicidad) y, sólo para los consorcios, una indicación del carácter cultural de los actos, si lo hubiere
  2. la lista de empresas comerciales (con indicación del número de IVA o del código de IVA) en locales fijos (incluidos los establecimientos públicos que sirven comidas y bebidas abiertas al público indiferenciado) o unidades operativas locales de empresas comerciales en locales fijos (incluidos los establecimientos públicos que sirven comidas y bebidas abiertas al público indiferenciado) que operan en el lugar histórico de actividad y que son miembros del consorcio/asociación a 31 de diciembre del año anterior al año en que se presenta la solicitud de subvención
  3. la declaración en lugar de la declaración jurada de ayuda "de minimis
  4. la nota informativa de conformidad con los artículos 13 y 14 del Reglamento UE nº 679 de 2016;
  5. (si procede) poder/apoderado para la cumplimentación y presentación de la solicitud y la política de privacidad relacionada firmada por la parte delegante;
  6. únicamente para Consorcios, si está previsto en la solicitud, los presupuestos de compra de herramientas y equipos informáticos destinados a la actividad de valorización de los lugares históricos del comercio
  7. fotocopia de un documento de identidad válido del solicitante (sólo si la solicitud está firmada a mano).

Modelos

Tiempos y plazos

2028 28 feb

Periodo presentazione domande di contributo 2027 10/01/2027 ⇢ 28/02/2028

Notas

10/01/2026 → 28/02/2026

90 días

Días máximos de espera

a partir del día siguiente a la fecha límite de presentación de solicitudes.

El resultado del procedimiento se notifica al interesado a través del PEC. La información sobre el estado del procedimiento puede obtenerse en la oficina competente (los datos de contacto figuran en esta ficha de información).

El incumplimiento por parte de la estructura del plazo del procedimiento puede permitir al interesado dirigirse al Director General del Departamento de Artesanía, Comercio, Promoción, Deporte y Turismo para solicitar la conclusión del procedimiento.

Costes

timbre fiscal
16,00 Euro

Documentos

Normativa de referencia

Disciplina dell'attività commerciale

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Revisione e aggiornamento dei criteri e modalità per la concessione dei contributi per eventi ed iniziative di qualificazione e valorizzazione dei luoghi storici del commercio realizzati da soggetti a livello comunale e da un soggetto unico a livello provinciale ai sensi dell'articolo 64, commi 2 e 2 bis, della legge provinciale 30 luglio 2010, n. 17 (legge provinciale sul commercio 2010).

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Adeguamento dei criteri e modalità per la concessione dei contributi ai sensi dell'articolo 61, comma 2, lettera a), e comma 3 (interventi per favorire l'insediamento e la permanenza di attività economiche in zone montane) - recati dalla Deliberazione della Giunta provinciale n. 1958 del 28 ottobre 2022, come modificata dalla deliberazione n. 365 del 3 marzo 2023 - e ai sensi dell'articolo 64, commi 2 e 2 bis (eventi ed iniziative di qualificazione e valorizzazione dei luoghi storici del commercio) - recati dalla Deliberazione della Giunta provinciale n. 785 del 12 maggio 2023 - della legge provinciale 30 luglio 2010, n. 17, ai nuovi Regolamenti (UE) 2023/2831 (de minimis) e (UE) 2023/2832 (de minimis SIEG) della Commissione del 13 dicembre 2023. Nuovi termini di presentazione delle domande di contributo.

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Art. 1 comma 101 e seguenti della L. n. 213/2023 e s.m.. Polizza assicurativa a copertura dei danni, direttamente cagionati da calamità naturali ed eventi catastrofali verificatesi sul territorio nazionale, ai beni indicati al comma 1 dell''art. 2424 del codice civile.

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Información adicional

Última actualización: 13/03/2026 12:54

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