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Espectáculos y actividades de ocio públicas – solicitud

  • Activo

Para todos los actos de espectáculo público (incluidas las fiestas campestres) al aire libre, en salas, en carpas, en locales públicos, excepto SCIA200 y SCIA2000. Los formularios necesarios se encuentran antes de la sección «Plazos y fechas límite».

Descripción

Si se cumplen las condiciones, es posible activar procedimientos simplificados a través de los siguientes servicios:
- Espectáculos y actividades de ocio públicas - SCIA200 (para eventos con un máximo de 200 participantes y que finalicen antes de las 24:00 horas del día de inicio);
- Espectáculos y actividades de ocio públicas - SCIA2000 (para espectáculos en directo, que incluyen actividades culturales como el teatro, la música, la danza y los musicales, así como las proyecciones cinematográficas, que se celebren entre las 8:00 y la 1:00 del día siguiente y que estén destinadas a un máximo de 2.000 participantes).

A quién está dirigido

El servicio está dirigido a quienes deseen organizar espectáculos públicos o actividades de entretenimiento en un espacio público, privado o en un local.

La solicitud, que debe presentarse siempre a través de la «Stanza del cittadino» (Sala del ciudadano), cuyo acceso requiere el uso de SPID, puede ser presentada por el ciudadano particular directamente interesado, por un representante que disponga de SPID o, en el caso de una empresa o entidad organizadora del evento:

  • por el propietario del local, del establecimiento público u otro
  • por el titular de una empresa unipersonal
  • por el representante legal
  • por el presidente
  • por el mandante

Procedimiento

La solicitud debe presentarse al menos 30 días antes de la fecha del evento para el que se solicita la autorización. Para evaluar la documentación que debe adjuntarse, es necesario leer las instrucciones que figuran a continuación.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

La solicitud debe presentarse a través de la «Stanza del cittadino», a la que se accede con SPID

La concesión de la licencia está supeditada al pago del impuesto de timbre. En caso de exención del impuesto de timbre (por ejemplo, O.N.L.U.S., federaciones deportivas, organismos de promoción deportiva y asociaciones y clubes deportivos amateurs sin ánimo de lucro reconocidos por el C.O.N.I.), es necesario indicar los datos legales correspondientes.

En función del tipo de evento, de las instalaciones y del lugar, deberán adjuntarse a la solicitud los formularios que se indican a continuación.

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Nota: Para todos los eventos quese celebren en locales, instalaciones o lugares que no cuenten con una licencia de aptitud para el uso en regla, según el artículo 80 del T.U.L.P.S., es necesario solicitar con la debida antelación (mínimo 30 días) el dictamen de la Comisión Provincial de Vigilancia de Teatros y Otros Locales de Espectáculos Públicos (C.P.V., por sus siglas), poniéndose en contacto con el ingeniero técnico Luigi Cofler (0461.494820) o con el técnico superior Salvatore Rizzo (0461.494823).

Las instrucciones al respecto pueden consultarse en el servicio«Locales de espectáculos públicos — Dictamen para montajes provisionales» 
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Documentación adicional necesaria:

- Fotografías del lugar en cuestión;

- solo para locales de hostelería:autorización municipal para el servicio de comida y bebida, acompañada de los horarios de apertura al público. Dicha autorización se obtendrá de oficio.

- Autorización o permiso en materia de contaminación acústica según los siguientes criterios:

eventos de carácter temporal: autorización municipal en materia de contaminación acústica, de conformidad con el artículo 11 del D.P.G.P. n.º 38-110/Leg., de 26 de noviembre de 1998, y de la resolución del Consejo Provincial n.º 1332, de 3 de agosto de 2015, para los horarios solicitados;

eventos de carácter no temporal:autorización del Ayuntamiento (este documento será recabado de oficio por el Servicio de Policía Administrativa provincial; sin perjuicio, en cualquier caso, de la posibilidad de que el interesado presente dicha autorización directamente) declaración sustitutiva de acto notarial que acredite el cumplimiento del D.P.C.M. n.º 215, de 16 de abril de 1999; evaluación del impacto acústico (necesaria para poder solicitar la autorización al Ayuntamiento).

En el caso de eventos no ocasionales, deberá verificarse, ante el Ayuntamiento competente, la compatibilidad o conformidad urbanística (también en lo que respecta al número de plazas de aparcamiento) en relación con la actividad de espectáculo o entretenimiento solicitada.

Mediante la solicitud, el interesado declara:

- que dispone del terreno o local, público o privado, con elfin de evitar la concesión de varias autorizaciones en el mismo lugar, el mismo día y en los mismos horarios (con todos los problemas que ello conlleva); en ausencia de dicha certificación (en su caso, también mediante una solicitud complementaria a la inicial), no podrá concederse la autorización;

- que cumple losrequisitos morales previstosen el artículo 11 del Real Decreto 773/1931 y en el artículo 67 del Decreto Legislativo 159/2011.

La autorización prevista en los artículos 68 y 80 del T.U.L.P.S. no exime al titular de la obligaciónde cumplircon lo establecido por la normativa vigente en materia de derechos de autor, procediendo, cuando proceda, al pago regular en los plazos y formas previstos por la ley; de abonarlos impuestos que correspondany de obtenerlos posibles títulos de autorización adicionales (licencias, autorizaciones, concesiones, homologaciones, permisos, seguros, etc.) previstos por otras normas del sector para ejercer la actividad en cuestión.

Se recuerda, además, la obligación de:

  • presentar ante la Jefatura de Policía de Trento la notificación previa de la manifestación pública (art. 18 del T.U.L.P.S., Real Decreto 773/1931);
  • cumplir con los requisitos establecidos en la resolución del Consejo Provincial n.º 814, de 18 de mayo de 2015, relativa a la organización y la asistencia sanitaria en el evento programado;
  • elaborar el plan de gestión de la seguridad.

Modelos

Tiempos y plazos

La actividad solicitada podrá llevarse a cabo a partir de la recepción de la resolución del Director del Servicio de Artesanía, Comercio y Policía Administrativa, en la que se autorice el evento.

60 días

Días máximos de espera

A partir del día siguiente a la recepción de la solicitud. El incumplimiento por parte de la entidad del plazo mencionado permite al interesado dirigirse al director general del Departamento de Artesanía, Comercio, Promoción, Deporte y Turismo para instar a que se concluya el procedimiento.

Costes

Sello fiscal
16 euros

2 - en caso de exención, debe indicarse en la solicitud

Información adicional

Enlaces a sitios externos

Servicios relacionados/Otros servicios

Notificación certificada para eventos de hasta 200 personas - SCIA200

Para veladas de baile y sesiones de DJ, pequeños conciertos sin baile, actuaciones corales, de danza, de patinaje artístico, espectáculos folclóricos y de música popular, musicales, espectáculos de cabaret y magia. Consulta los formularios que figuran antes de la sección «Plazos y fechas límite».

Locales de espectáculos públicos: dictamen sobre instalaciones provisionales

Dictamen requerido con motivo de conciertos, fiestas campestres, pistas de eslalon o de karts, carreras de automóviles y motocicletas, patinaje y minigolf, para la concesión de la autorización correspondiente.

Locales de espectáculos públicos: concesión del certificado de aptitud para su uso

Dictamen para instalaciones fijas (teatros, cines, salas, auditorios, museos o galerías de arte, discotecas o salas de baile, instalaciones deportivas, piscinas, parques de aventuras, etc.) y para instalaciones provisionales (carpas, gradas, etc.).

Última actualización: 29/07/2026 18:10

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