Descripción
Los ciudadanos, empresas y entidades titulares de concesiones de aprovechamiento de aguas públicas próximas a caducar, de conformidad con el artículo 37 del Decreto del Presidente de la Provincia de 23 de junio de 2008, nº 22-129/Leg (Reglamento para la simplificación y regulación de los procedimientos en materia de derivaciones y aprovechamientos de aguas públicas), deberán presentar una solicitud de renovaciónexclusivamente por medios telemáticos durante los doce meses anteriores a la caducidad de la concesión, acompañada de la documentación indicada en el Anexo D del Reglamento y de un informe jurado de un proyectista titulado.
Restricciones
Tienen acceso las personas físicas o las personas jurídicas/entidades que hayan delegado en una persona física, titulares de concesiones de derivación de aguas.
El formulario de delegación se encuentra en la página