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Becas para estudios, investigación, conferencias, formación deportiva (solicitud)

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Información, instrucciones, reglamentos y formularios para presentar una solicitud de subvención con procedimiento de evaluación.

Descripción

Es una contribución para llevar a cabo una de las siguientes iniciativas
(a) estudios, búsquedas, experimentos e investigaciones en materia deportiva;
b) organización de conferencias y cursos de formación para directivos, técnicos y personal médico deportivo.

Los siguientes gastos son subvencionables y se refieren a documentos emitidos con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de subvención
(a) promoción de la iniciativa
(b) adquisición de materiales y servicios de apoyo a la iniciativa
(c) acondicionamiento y utilización del espacio dedicado a la actividad
d) remuneración y reembolso de gastos a ponentes, conferenciantes e investigadores.

Podrán optar a financiación las iniciativas que supongan un gasto no inferior a 5.000 euros ni superior a 8.000 euros.

La contribución se concede hasta el 25% de los gastos subvencionables y, en cualquier caso, dentro de los límites del déficit y los recursos disponibles.

La aportación está prevista en el artículo 15, apartado 1, letras c) y d) de la Ley Foral nº 4 de 21 de abril de 2016 "Ley Foral del Deporte 2016".

Restricciones

Podrán optar a financiación las iniciativas que supongan un gasto no inferior a 5.000 euros ni superior a 8.000 euros.

Cada solicitante podrá presentar una única solicitud al año, relacionada respectivamente con: a) estudios, investigación, experimentos e investigaciones en el ámbito del deporte; b) organización de conferencias y cursos de formación para directivos, técnicos y personal médico deportivo.

En función de los recursos disponibles establecidos anualmente por la Diputación Provincial, se financian todas las solicitudes aceptadas. En caso de que los recursos disponibles sean insuficientes para financiar en su totalidad las solicitudes admitidas, se realizará una redeterminación proporcional de la aportación entre todas ellas.

CUP

Las facturas relativas a la adquisición de bienes y servicios objeto de incentivos públicos a actividades productivas, desembolsadas por cualquier concepto y bajo cualquier modalidad por una Administración Pública, incluso a través de otras entidades públicas o privadas, o de cualquier modo trazables a las mismas, deberán contener el código único de proyecto (CUP), indicado en la escritura de concesión o comunicado en el momento de la concesión del incentivo o en el de la solicitud del mismo. Esta obligación se introduce en el apartado 6 del artículo 5 del Decreto-Ley nº 13 de 24 de febrero de 2023 - convertido por la Ley nº 41 de 21 de abril de 2023 y modificado por la Ley nº 213 de 30 de diciembre de 2023.
Las indicaciones operativas relativas a la aplicación del CUP figuran en el Anexo A de la Resolución del Consejo Provincial nº 728 de 23 de mayo de 2024.

Si la CUP no ha sido comunicada en la factura electrónica o ha sido comunicada incorrectamente por el cedente/prestador y éste no la ha reemitido correctamente (= nota de abono anulando la factura y emitiendo una nueva factura), el cesionario/comprador podrá integrar la CUP en la factura utilizando el servicio web disponible en el portal de Facturas y Pagos, área "Facturas electrónicas y otros datos del IVA", casilla "Comunicaciones", enlace "Integración CUP" de la Agencia Tributaria. Encontrará más información al respecto en la Guía correspondiente: https://www.agenziaentrate.gov.it/portale/documents/d/guest/guida-all-utilizzo-del-servizio-di-integrazione-del-cup-in-fattura.

A quién está dirigido

Asociaciones y clubes deportivos de aficionados que:
(a) estén inscritos en el Registro Nacional de Actividades Deportivas de Aficionados (RAS)
b) estén regularmente afiliados a federaciones deportivas nacionales (FSN) o disciplinas deportivas asociadas (DSA) o entidades de promoción deportiva (EPS) o asociaciones meritorias (AB) o agrupaciones deportivas militares y entidades estatales (GSM) reconocidas por el CONI o el CIP
c) desarrollen regularmente actividades durante el año deportivo en las disciplinas reguladas por la FSN o DSA reconocidas por el CONI o la CIP
d) tengan su sede social en el territorio provincial;
e) tener socios propios
f) tengan una actividad específica en el territorio provincial dirigida a la promoción del deporte en los sectores juveniles definidos y regulados por la correspondiente FSN o DSA reconocida por el CONI o el CIP.

La solicitud deberá ir firmada por el representante legal de la organización deportiva.

Procedimiento

La solicitud debe presentarse en el formulario rellenable preparado por la administración y enviarse en formato PDF o JPG estático al buzón certificado serv.turismo@pec.provincia.tn.it.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

1. Solicitud cumplimentada en su totalidad, fechada y firmada.
2. Informe preliminar.
3. Plan financiero con gastos e ingresos previstos.
4. Información de conformidad con los artículos 13 y 14 del Reglamento UE n.º 679 de 2016, fechada y firmada.
5. Fotocopia de un documento de identidad del solicitante, si la solicitud se firma con una firma manuscrita en un documento escaneado y no en presencia del empleado responsable.

Modelos

Tiempos y plazos

La solicitud de contribuciones en virtud del procedimiento automático debe presentarse entre el 1 y el 30 de noviembre de cada año.

120 días

Días máximos de espera

El plazo de 120 días para la conclusión del procedimiento comienza el 1 de diciembre, día siguiente a la presentación de la solicitud. Si se solicita documentación adicional, el plazo del procedimiento se suspende hasta que se reciba.

Costes

Timbre fiscal
16,00 Euro

Exención para A.S.D. y S.S.D. sin ánimo de lucro

Documentos

Normativa de referencia

Modifica della deliberazione n. 1897 del 22 novembre 2024, già modificata con la n. 2215 del 23 dicembre 2024, "Approvazione dei nuovi criteri attuativi della legge provinciale 21 aprile 2016, n. 4 ''Legge provinciale sullo sport 2016''.".

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Articolo 5 del D.L. 24 febbraio 2023, n. 13 convertito con L. 21 aprile 2023, n. 41: approvazione prime indicazioni operative riguardanti l'apposizione del Codice unico di progetto (CUP) e modifica dell'Avviso Nuova Impresa 2023 (approvato con deliberazione di Giunta provinciale n. 2015/2023).

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Promozione dello sport e dell'associazionismo sportivo trentino

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