La solicitud de concesión de la ayuda, en lo que respecta al sector agrícola y agroalimentario, debe presentarse utilizando el formulario facilitado por la administración, debidamente cumplimentado en todas sus partes, acompañado de los anexos previstos y del sello fiscal (cuando sea necesario), y debe enviarse en formatoPDFa la dirección de correo electrónico certificado:umst.agricoltura@pec.provincia.tn.it
De conformidad con el artículo 29 de los Criterios (anexo 2, Resolución n.º 693/2025), las ayudas se abonan anualmente, una vez que la resolución anual de concesión haya adquirido carácter ejecutivo. La solicitud de liquidación se presentará, utilizando el formulario facilitado por la administración, una vez concluidas íntegramente las iniciativas y en el plazo de un año a partir de la fecha límite establecida para su finalización (31 de diciembre o 28 de febrero en caso de prórroga). A la solicitud deben adjuntarse: la relación de gastos incurridos, el informe explicativo en el que se describan las actividades realizadas, la declaración de no haber disfrutado de ninguna otra ayuda y el informe del órgano de control interno (o de un auditor) que certifique la regularidad de la documentación que acredite los gastos declarados. Si se ha incurrido al menos en el 25 % de los gastos admisibles para la financiación, el beneficiario podrá solicitar un anticipo equivalente al 50 % de la ayuda. En este caso, además del formulario de solicitud, deberá presentarse la relación de los gastos incurridos.
Si los beneficiarios carecen de órgano de control interno, de una empresa de auditoría o no disponen de una persona habilitada para emitir la declaración jurada, la liquidación de la ayuda se solicitará presentando la documentación de gastos adecuada (facturas) con el importe abonado.
Atención: la documentación de los gastos debe cumplir con las indicaciones relativas a la inclusión del Código Único de Proyecto (CUP).