Descripción
Se debe obtener una autorización provincial para la construcción o modificación de refugios alpinos, refugios de excursionistas y vivacs (definidos como instalaciones alpinas). Esta autorización la expide la Comisión de Coordinación y se aplica a las obras en los edificios principales y las obras auxiliares (por ejemplo, teleférico, instalaciones de aducción y almacenamiento de agua, instalaciones de gestión de aguas residuales, instalaciones de almacenamiento de cualquier tipo, helipuerto, central hidroeléctrica y línea eléctrica).
La autorización paisajística de las instalaciones de alpinismo la otorga el Servicio de Urbanismo y Protección del Paisaje, expresada en el marco de la Comisión de Coordinación, por lo que no es necesaria la autorización de la Comisión Comunitaria del Paisaje.
La autorización de la Comisión de Coordinación no incluye:
- la evaluación de impacto para las intervenciones que afecten, aunque sea parcialmente, a las zonas protegidas de la Red Natura 2000 (ZEC y/o ZEPA) u otras zonas protegidas - que deberá adquirirse al Servicio de Desarrollo Sostenible y Zonas Protegidas, antes de presentar la solicitud
- autorizaciones relativas al patrimonio cultural - se adquirirán previa autorización de la Comisión de Coordinación;
- autorizaciones y/o concesiones para la protección del dominio público hidráulico, la ocupación del dominio público hidráulico provincial o relativas a obras hidráulicas - a adquirir previa autorización de la Comisión de Coordinación;
- disposiciones para la protección del medio ambiente contra la contaminación - se adquieren previa autorización de la Comisión de Coordinación;
- dictamen de prevención de incendios si el número de camas es superior a 25 - se obtendrá previa autorización de la Comisión de Coordinación.