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Reserva Natural Provincial de Fiavé - actividades permitidas y prohibiciones

Extracto de la resolución de creación y de las eventuales resoluciones modificativas, con las actividades permitidas y los límites y prohibiciones establecidos para la Reserva Natural Provincial.
Las indicaciones que figuran en las resoluciones a las que se hace referencia en la parte inferior de la página son en cualquier caso autorizadas.

Fecha de publicación:

19/12/2025

Descripción

Actividades permitidas
Límites y prohibiciones
Zona parcialmente protegida
  • Continuación de las actividades económicas tradicionales (en particular, la agricultura).
  • Uso social, cultural, educativo y recreativo.
  • Ampliación de las estructuras agrarias existentes, con posibilidad de construir viviendas al servicio de la explotación de acuerdo con el PRG.
  • Cultivo de tierras agrícolas mediante técnicas agronómicas tradicionales y actuales compatibles con los criterios de conservación.
  • Cría y pastoreo exclusivo de ganado vacuno, respetando los equilibrios naturales.
  • Circulación de vehículos agrícolas para propietarios, arrendatarios, usufructuarios, administradores y trabajadores de la explotación en las zonas cultivadas.
  • Prácticas silvícolas y gestión del arbolado, según criterios naturalistas y previa autorización de la Autoridad Forestal.
  • Transformación de masas forestales de plantación artificial y ajenas a la estructura ecológica, previo dictamen del Servicio competente.
  • Recogida de plantas y setas de acuerdo con las leyes provinciales.
  • Reestructuración de refugios de herramientas en terrenos agrícolas.
  • Paso de pistas de esquí de fondo en los meses de invierno.
  • Realización de piscicultura.
  • Utilización del agua en caso de incendio forestal.
  • Actividades de excavación e investigación en zonas de interés arqueológico.
  • Construcción de pequeñas construcciones de madera para uso cultural/científico.
  • Intervenciones necesarias para el reequilibrio natural, la protección y la gestión a nivel científico.
  • Corte de vegetación típica con poda manual o barra de corte vertical/horizontal (excluyendo herramientas mecánicas que causen defoliación).
  • Limpieza de zanjas de drenaje previa notificación al servicio competente.
  • Actividades culturales para el conocimiento de temas arqueológicos y naturalísticos.
  • Introducción o traslado de especies animales y vegetales (salvo por razones científicas y de conservación).
  • Liberación de especies vegetales sin autorización previa.
  • Matar, capturar, herir o molestar a animales salvajes.
  • Introducir aguas residuales o que alteren las características de la Reserva.
  • Cruzarse con tendidos eléctricos aéreos y líneas telefónicas (salvo soterramiento de tuberías con autorización previa).
  • Sobrevolar aviones a baja altura (salvo por motivos científicos y previa autorización).
  • Hacer ruidos, sonidos o luces molestas.
  • Entrar con vehículos a motor o motocicletas (excepto propietarios, arrendatarios, poseedores, derecho de paso, actividades productivas existentes).
  • Realizar actividades de acampada o eventos recreativos y folclóricos.
  • Cualquier tipo de vallado (vallados no de mampostería para pastoreo de ganado permitidos, retirados al final del ciclo; vallados pertenecientes a edificaciones o por seguridad/legislación permitidos si no son de mampostería sobre rasante y sujetos a licencia de obras; excluidos vallados en tramos de carretera).
Zona de reserva integral
  • Actividades necesarias para la conservación y restauración de la Reserva, basadas en un estudio científico riguroso.
  • Actividades destinadas al mantenimiento y recuperación de elementos "jóvenes" del sistema (por ejemplo, estanques, depresiones de excavación de turba, siega de formaciones herbáceas, control de invasoras).
  • Actividades con valor cultural y educativo, incluidas iniciativas de demostración de prácticas tradicionales de cultivo de turba.
  • Modificación o alteración de los elementos de la zona protegida.
  • Depositar residuos o materiales, excavar, cambiar de cultivo, desbrozar o drenar (excepto en los casos especificados).
  • Cultivar canteras y turberas (salvo con fines de demostración).
  • Introducir, retirar o dañar plantas y hongos (salvo por motivos científicos y previa autorización).
  • Matar, molestar, soltar o capturar especies animales (salvo por motivos científicos y con autorización previa).
  • Verter aguas residuales o que alteren las características de la Reserva.
  • Utilizar pesticidas y herbicidas (salvo para proteger la salud pública).
  • Cruzar líneas eléctricas y telefónicas aéreas.
  • Sobrevolar aviones o helicópteros a baja altura.
  • Ruidos, sonidos y luces molestos, conducir vehículos.
  • Acampar, encender fuego, dejar vagar perros u otros animales domésticos.
  • Entrar en la zona fuera de los senderos señalizados (excepto propietarios, usufructuarios, etc. y personal científico/de vigilancia/gestión).
  • Vallado de cualquier tipo.

Lugares de referencia

Fiavé

Reserva natural provincial

La turbera de Fiavé es conocida por su gran patrimonio arqueológico. La reserva natural también se creó en consideración a su gran valor naturalístico, de modo que pueda aplicarse una protección "global" para preservar ambos aspectos de su riqueza.

La reserva es también Zona Especial de Conservación y forma parte de las zonas protegidas que componen el Parque Fluvial de Sarca.

Documentos

Documentos adjuntos

Deliberazione della Giunta Provinciale n. 8087 del 15/07/1988

Individuazione del biotopo di interesse provinciale denominato 'Fiavè' ai sensi dell'art. 5 della legge provinciale 23 giugno 1986, n. 14 e s.m., 'Norme per la salvaguardia dei biotopi di rilevante interesse ambientale, culturale e scientifico'.

Deliberazione della Giunta Provinciale n. 6704 del 21/05/1992

Modifica della deliberazione n. 8087 d.d. 15.07.1988 non soggetta alla registrazione della Corte dei Conti: 'Individuazione del biotopo di interesse provinciale denominato 'Fiavè', ai sensi dell'art. 5 della Legge Provinciale 23 giugno 1986 n. 14 - Norme per la salvaguardia dei biotopi di rilevante interesse ambientale, culturale e scientifico'.

Deliberazione della Giunta Provinciale n. 10706 del 2/10/1998

Modifica deliberazione n. 8087 di data 15 luglio 1988, già modificata con delibera n. 6704 d.d. 21.05.92, avente per oggetto: 'Individuazione del biotopo di interesse provinciale Fiavè ai sensi dell'art. 5 della L.P. 23.06.1986 n. 14 - Norme per la salvaguardia dei biotopi di rilevante interesse ambientale, culturale e scientifico'.

Deliberazione della Giunta Provinciale n. 105 del 27/01/2017

Riserva naturale provinciale /ZSC Fiavè. Proposta di parziale modifica della disciplina normativa della Riserva naturale provinciale.

Información adicional

Última actualización: 22/12/2025 12:13

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