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Agencia Provincial para la Representación en las Negociaciones - APRAN

La Agencia Provincial de Representación Negociadora (A.P.Ra.N.) constituye el órgano de la Provincia Autónoma de Trento competente para representar a la Administración en la negociación colectiva y en la firma de contratos y convenios provinciales.

Competencias y funciones

La Agencia, creada por el artículo 37 de la Ley Provincial nº 23 de 3 de septiembre de 1993, modificada por el artículo 46 de la Ley Provincial nº 1 de 3 de febrero de 1995, adoptó el nombre de Agencia Provincial para la Representación en la Negociación (A.P.Ra.N.) cuando entró en vigor la Ley Provincial nº 7 de 3 de abril de 1997, y es elorganismo de la Provincia Autónoma de Trento responsable de la representación de la Administración en la negociación colectiva y de la firma de contratos y convenios provinciales.

La A.P.Ra.N. lleva a cabo todas las actividades relativas a las relaciones sindicales y a la negociación y definición de los convenios colectivos, incluida su interpretación auténtica:

  • lleva a cabo actividades de estudio, seguimiento y documentación para la adquisición de los datos necesarios a efectos de la negociación colectiva
  • actúa de enlace, en la actividad previa a la negociación con las organizaciones sindicales, con las estructuras provinciales competentes para perseguir los objetivos definidos por las directivas de la Diputación Provincial.

La A.P.Ra.N. está obligada al cumplimiento de las directrices emanadas de la Junta relativas a los objetivos que deben inspirar la negociación, a los límites de gasto determinados por el Presidente de la Diputación Provincial en relación con los recursos financieros globales disponibles y, en todo caso, al cumplimiento de los límites máximos de gasto autorizados por la ley financiera provincial, a los criterios de distribución de los recursos al personal, y a cualquier otro elemento útil para el cumplimiento de las directrices emanadas.

Con el fin de permitir la comprobación de los gastos, los convenios colectivos van acompañados de los oportunos baremos que contienen la cuantificación de las cargas, así como la indicación de la cobertura global para todo el periodo de vigencia del contrato. Los convenios colectivos prevén la posibilidad de prorrogar la vigencia temporal del contrato o de suspender su ejecución parcial o total en caso de comprobarse el desorbitamiento de los límites de gasto. En ningún caso se permitirá la suscripción de convenios colectivos que supongan, directa o indirectamente, incluso para ejercicios posteriores, compromisos de gasto superiores a los establecidos al efecto por la Ley de Hacienda y el presupuesto de la Provincia.

Personas

Componentes

La Agencia, que está sujeta a la supervisión del Presidente de la Diputación Provincial, está compuesta por tres miembros, uno de los cuales actúa como presidente y está facultado para firmar contratos, nombrados por la Diputación Provincial entre expertos de reconocida competencia en el ámbito de las relaciones laborales, la organización y la gestión de personal, con referencia a estructuras complejas tanto públicas como privadas, o el derecho laboral o las finanzas públicas. No podrán ser miembros de la Agencia las personas que desempeñen cargos públicos electivos, o cargos en partidos políticos, o que desempeñen o hayan desempeñado cargos sindicales en los cinco años anteriores a la fecha de su nombramiento. La incompatibilidad se entenderá extensiva a cualquier relación profesional o de consultoría con las citadas organizaciones sindicales o políticas. El mandato de los miembros de la Agencia es fijado por el Consejo por un máximo de cuatro años en relación con las condiciones contractuales. Los miembros podrán ser nombrados de nuevo al expirar su mandato. El Presidente puede designar a un miembro de la Agencia para que actúe como suplente en caso de ausencia o impedimento, con poder para firmar contratos.

Para su propio funcionamiento y para la realización de las tareas que le son encomendadas, la Agencia se sirve de personal adscrito funcionalmente por la Provincia y de no más de dos expertos en materia de organización del trabajo o de evaluación.

El Comité Directivo de la A.P.Ra.N. está compuesto por:

Dr. Mauro Zanella, Presidente

Dr. Luca Comper, Miembro titular

Dra. Francesca Mussino, Miembro titular

Dr. Antonio D'Urso, Miembro suplente Sector sanitario

El personal administrativo está compuesto por:

Sra. Ivana Robol

Sra. Cristina Scottini

Sra. Gigliola Vivaldi

Información adicional

Para consultar los documentos provinciales de negociación colectiva, consulte la página temática "Contratos de la función pública".

Última actualización: 23/07/2025 18:07

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