Transporte de viajeros por carretera - Documentos de control (hojas de ruta)
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Cómo obtener los documentos de control de los servicios discrecionales internacionales en los países de la UE para el transporte de viajeros por carretera.
Los documentos de control (hojas de ruta) son necesarios para los servicios discrecionales internacionales en los países de la UE, Suiza y los países firmantes del Acuerdo INTERBUS, así como para los servicios discrecionales internacionales en cabotaje sólo para los países de la UE.
1. "solicitud de expedición de hojas de ruta para la UE, acuerdo interbus" cumplimentada y firmada;
2. autocertificación del responsable en papel con membrete de la empresa con el siguiente texto:
Yo, el abajo firmante ... nacido ... el ... con domicilio en... calle ... código fiscal ... consciente de las responsabilidades y sanciones establecidas por la ley para las declaraciones falsas y mendaces, bajo mi responsabilidad personal (art. 76 del Texto Unificado de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de documentación administrativa D.P.R. 28 de diciembre de 2000, nº 445) DECLARA - que estoy en posesión del certificado de aptitud profesional para el transporte internacional de viajeros por carretera expedido por... el... - que me encargo de la gestión de la empresa ... código fiscal/número de IVA ... - para gestionar la actividad de transporte únicamente para la empresa arriba mencionada. Fecha y firma(adjuntar una fotocopia de un documento válido)
Nota: si el responsable de la empresa es el mismo que en una solicitud de hoja de ruta anterior y no ha habido cambios en la propia empresa, no es necesario adjuntar una nueva autocertificación, sino remitirse en la solicitud a la ya presentada anteriormente.
3. Recibo del pago de 16 euros realizado a través de PagoPA, ver:
4. recibo del pago del impuesto de timbre que debe efectuarse de una de las siguientes formas
recibo de pago efectuado en la Tesorería Provincial del Estado (sucursales provinciales del Banco de Italia) con cargo al Capítulo XV - Cap. 3561 con el siguiente motivo de pago: "producto de la venta de los documentos de control de la Comunidad Europea relativos a las condiciones de trabajo en el sector del transporte por carretera
o transferencia bancaria al siguiente IBAN IT53P0100003245211015356100 (datos bancarios del capítulo específico mencionado anteriormente) y adjuntando el resguardo de la transferencia (no la orden de transferencia).
NB: Ya no hay libretas 703 RR y 704 RR para el convenio ASOR, el único estado que queda es Noruega. Para viajar a Noruega, el Ministerio ha estipulado que se sigan utilizando los folletos 700 AP2N.