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Subvenciones para servicios contra la violencia

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Convocatoria de subvenciones para sufragar los gastos del Centro Antiviolencia y Servicio Residencial para Mujeres Víctimas de Violencia.

Descripción

Se trata de aportaciones, de conformidad con el artículo 36 bis de la Ley Foral de Políticas Sociales nº 13 de 2007, destinadas a sufragar los gastos subvencionables para la puesta en marcha de

  • Servicio de centro contra la violencia;
  • Servicio residencial para mujeres víctimas de violencia.

Por resolución nº 1545 de 17 de septiembre de 2021 y por resolución nº 1289 de 20 de julio de 2023 la Diputación aprobó cuatro convocatorias distintas para estas aportaciones.

A quién está dirigido

Podrán presentar una solicitud

  • un solicitante individual que cumpla los requisitos de participación
  • asociaciones, incluso temporales, de varias entidades, cada una de las cuales deberá cumplir los requisitos de participación;
  • un consorcio, en el que cada uno de los miembros del consorcio debe cumplir los requisitos de participación. En el caso de un consorcio de cooperativas o un consorcio estable, el consorcio debe estar acreditado y cada miembro del consorcio debe estar autorizado.

En concreto, las entidades que operen en el apoyo y asistencia a mujeres víctimas de violencia que, en la fecha de presentación de la solicitud

  • estén inscritas, en su caso, en el RUNTS (Registro Unico Nazionale del Terzo Settore - Registro Único Nacional del Tercer Sector) como registro en línea creado en el Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales
  • se caractericen por la inexistencia de las causas de exclusión previstas por la legislación vigente en materia de contratación pública aplicada por analogía
  • estén en posesión, de conformidad con los artículos 4 y 6 del Reglamento aprobado por D.P.P. 9 de abril de 2018, núm. 378/Leg, de la autorización y acreditación definitivas para operar en el ámbito socioasistencial únicamente para la modalidad de Mesa Social o, alternativamente, de la autorización y acreditación definitivas para operar en el ámbito socioasistencial para la agregación funcional edad adulta/residencial
  • tengan en sus estatutos, desde hace al menos cinco años, los objetivos de lucha contra la violencia machista y de género, de apoyo, protección y acompañamiento a las mujeres víctimas de violencia y a sus hijos e hijas y deempoderamiento;
  • desarrollen, exclusiva o predominantemente, actividades estatutarias de prevención y lucha contra la violencia machista, valoradas también en relación con el porcentaje de recursos asignados en el presupuesto
  • tener una experiencia consecutiva de cinco años establecida y demostrada en la gestión de servicios contra la violencia machista hacia las mujeres.

Para más información sobre los requisitos, consulte los anuncios publicados a continuación.

Procedimiento

La solicitud de subvención se redactará utilizando los formularios aprobados por la estructura competente y publicados a continuación, que deberán ser firmados y presentados por el representante legal de la entidad proponente o de la entidad directora (en el caso de las uniones temporales) a la estructura competente para la protección de las mujeres víctimas de violencia de una de las siguientes maneras, bajo pena de inadmisibilidad

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Deberán adjuntarse a la solicitud de subvención los siguientes documentos

  • declaraciones sustitutorias relativas a la posesión de los requisitos de participación
  • copia de un documento de identidad del firmante (si la solicitud se firma a mano y no en presencia del empleado responsable)
  • declaración de intención de constituir una asociación, en su caso;
  • política de privacidad firmada para acuse de recibo;
  • propuesta de proyecto;
  • propuesta de plan financiero.

Para más información sobre la documentación que debe adjuntarse a la solicitud, consulte los anuncios publicados a continuación.

Modelos

Costes

Timbre fiscal
16,00 Euro

Indicar cualquier referencia reglamentaria a efectos de exención

Documentos

Normativa de referencia

Politiche sociali nella provincia di Trento

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Approvazione dei bandi per la concessione di un contributo ai sensi dell'art. 36 bis della legge provinciale 27 luglio 2007, n. 13, a copertura delle spese relative alla realizzazione del servizio Centro antiviolenza (Euro 600.000,00 - CUP C49G23000400003) e del Servizio residenziale per donne vittime di violenza (Euro 1.650.000,00 - CUP C49G23000390003).

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Modifica della deliberazione della Giunta provinciale n. 359 del 5 marzo 2021 e approvazione dei bandi e dei relativi allegati schemi di convenzione inerenti la concessione di un contributo a copertura delle spese ammissibili relativi alla realizzazione dei servizi socio- assistenziali in materia di inclusione sociale delle persone in esecuzione penale e di tutela delle donne vittime di violenza, ai sensi dell'articolo 36 bis della legge provinciale sulle politiche sociali n. 13 del 2007. Prenotazione delle risorse finanziarie previste sul capitolo 401000-004 degli esercizi finanziari 2022-2025.

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Leggi provinciali n. 6 del 2010 e n. 13 del 2007. Rinnovo delle convenzioni per il servizio Centro antiviolenza (Impegno di spesa per euro 421.164,50 codice CUP C64E21001880003) e per il Servizio residenziale per donne vittime di violenza (Impegno di spesa per euro 958.320,00 codice CUP C61B21013750003). Approvazione degli schemi di atto aggiuntivo.

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Concessione di un contributo pluriennale a copertura delle spese relative alla realizzazione del servizio Centro antiviolenza ai sensi dell'articolo 36 bis della legge provinciale 27 luglio 2007, n. 13 e approvazione dello schema definitivo di convenzione. Impegno per euro 583.060,11. CUP C49G23000400003.

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Concessione di un contributo pluriennale a copertura delle spese relative alla realizzazione del Servizio residenziale per donne vittime di violenza ai sensi dell'articolo 36 bis della legge provinciale 27 luglio 2007, n. 13 e approvazione dello schema definitivo di convenzione. Impegno per euro 1.624.453,55. CUP C49G23000390003

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Documentos de apoyo

Bando per la concessione di un contributo a copertura delle spese relative alla realizzazione del servizio "Centro Antiviolenza", ai sensi dell'art. 36 bis della legge provinciale 27 luglio 2007, n. 13.
Allegato 3.A alla deliberazione della Giunta provinciale n. 1545 di data 17 settembre 2021.

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Bando per la concessione di un contributo a copertura delle spese relative alla realizzazione del Servizio residenziale per donne vittime di violenza, ai sensi dell'art. 36 bis della legge provinciale 27 luglio 2007, n. 13.
Allegato 3.B alla deliberazione della Giunta provinciale n. 1545 di data 17 settembre 2021.

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Bando per la concessione di un contributo a copertura delle spese relative al servizio "Centro Antiviolenza", ai sensi dell'art. 36 bis della legge provinciale 27 luglio 2007, n. 13.
Allegato 3.A alla deliberazione della Giunta provinciale n. 1289 di data 20 luglio 2023.

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Bando per la concessione di un contributo a copertura delle spese relative al Servizio residenziale per donne vittime di violenza, ai sensi dell'art. 36 bis della legge provinciale 27 luglio 2007, n. 13.
Allegato 3.B alla deliberazione della Giunta provinciale n. 1289 di data 20 luglio 2023.

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