Descripción
Se trata de una subvención destinada a la organización y/o la participación de una selección de deportistas constituida por los comités, delegaciones o secciones provinciales de federaciones deportivas o disciplinas deportivas asociadas, en los eventos previstos en los programas deportivos en el marco de la comunidad de trabajo de las regiones alpinas Arge Alp y del grupo europeo de cooperación territorial Euregio Tirol-Alto Adige-Trentino.
Son subvencionables los gastos cuyos documentos se hayan emitido con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de subvención para:
a) transporte y alquileres;
b) manutención y alojamiento;
c) reembolsos y remuneraciones a los siguientes profesionales del deporte: monitores, entrenadores, directores técnicos,
directores deportivos, preparadores físicos;
d) reembolsos y remuneraciones a los técnicos deportivos inscritos en los colegios profesionales;
e) reembolsos a los voluntarios deportivos;
f) remuneraciones y reembolsos a los colaboradores administrativos;
g) gastos relacionados con la organización directa del evento.
La subvención se concede hasta un 70 % del gasto admisible y, en cualquier caso, dentro del límite del déficit y teniendo en cuenta los recursos disponibles.
La subvención está prevista en el artículo 36 de la Ley provincial n.º 4, de 21 de abril de 2016, «Ley provincial sobre el deporte de 2016».
Restricciones
| PÓLIZA DE CATÁSTROFES |
A partir del 1 de abril de 2026, el acceso a subvenciones y ayudas públicas por parte de los beneficiarios inscritos en el Registro Mercantil y quesean propietarios, exploten o utilicen terrenos, edificios, instalaciones, maquinaria y equipos industriales y comerciales a los que se refiere el artículo 2424, primer párrafo, sección «Activo», partida B-II, números 1), 2) y 3) del Código Civil,empleados en el ejercicio de la actividad empresarial, estará supeditado a la suscripción de una póliza de seguro que cubra los daños causados a dichos bienes por catástrofes naturales y eventos catastróficos. La póliza deberá estar vigente en el momento de la concesión de la subvención y mantenerse durante toda la duración de las iniciativas. En caso de incumplimiento de la obligación de seguro —transpuesta a nivel provincial mediante resolución del Consejo Provincial n.º 2114, de 19 de diciembre de 2025 —, se denegará la subvención.