Se trata de una subvención destinada a la elaboración de mapas de orientación homologados o diseñados para uso escolar y certificados por el Comité local de la Federación Italiana de Deportes de Orientación, que pueden ser:
a) elaboradas ex novo para eventos deportivos y, en tal caso, no deberán incluir partes de mapas ya existentes;
b) una revisión o ampliación de mapas existentes para eventos deportivos, una vez transcurridos tres años desde su creación o desde su última revisión;
c) elaboradas para uso escolar por asociaciones o clubes deportivos en el marco de proyectos en colaboración con centros educativos.
Son subvencionables los gastos correspondientes a:
a) actividades preparatorias y de levantamiento topográfico;
b) elaboración y redacción del mapa;
c) homologación.
La subvención se concede por un importe equivalente al 30 % de los gastos subvencionables y, en cualquier caso, dentro del límite máximo de 10 000 euros, del déficit y de los recursos disponibles.
Los gastos subvencionables se calculan dentro de los siguientes límites:
a) 1 500 euros por kilómetro cuadrado de mapas recién levantados;
b) 750 euros por kilómetro cuadrado de mapas actualizados.
La subvención está prevista en el artículo 15, apartado 1, letra b), de la Ley provincial n.º 4, de 21 de abril de 2016, «Ley provincial sobre el deporte de 2016».
La concesión de las ayudas se realizará por orden cronológico de presentación de las solicitudes, hasta agotar los fondos disponibles.
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| ATENCIÓN A partir del 1 de abril de 2026, el acceso a subvenciones y ayudas públicas por parte de los beneficiarios inscritos en el Registro Mercantil y que posean, exploten o utilicen terrenos, edificios, instalaciones, maquinaria y equipos industriales y comerciales a los que se refiere el artículo 2424, primer párrafo, sección «Activo», partida B-II, números 1), 2) y 3) del Código Civil, empleados en el ejercicio de la actividad empresarial, estará supeditado a la suscripción de una póliza de seguro que cubra los daños causados a dichos bienes por catástrofes naturales y eventos catastróficos. La póliza deberá estar vigente en el momento de la concesión de la subvención y mantenerse durante toda la duración de las iniciativas. En caso de incumplimiento de la obligación de aseguramiento —transpuesta a nivel provincial mediante resolución del Consejo Provincial n.º 2114, de 19 de diciembre de 2025 —, se denegará la subvención. |