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Subvenciones para la actividad deportiva juvenil no profesional

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Información, instrucciones, normativa y formularios para presentar la solicitud de concesión y liquidación de la subvención.

Destacado

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ATENCIÓN

A partir del 1 de abril de 2026, el acceso a las ayudas y bonificaciones públicas por parte de los beneficiarios inscritos en el Registro Mercantil y quesean propietarios, exploten o utilicen terrenos, edificios, instalaciones, maquinaria y equipos industriales y comerciales a los que se refiere el artículo 2424, primer párrafo, sección «Activo», partida B-II, números 1), 2) y 3) del Código Civil,empleados en el ejercicio de la actividad empresarial, estará supeditado a la suscripción de una póliza de seguro que cubra los daños causados a dichos bienes por catástrofes naturales y eventos catastróficos. La póliza deberá estar vigente en el momento de la concesión de la subvención y mantenerse durante toda la duración de las iniciativas. En caso de incumplimiento de la obligación de seguro —transpuesta a nivel provincial mediante resolución del Consejo Provincial n.º 2114, de 19 de diciembre de 2025 —, se denegará la subvención.

Descripción

Se trata de una ayuda destinada a promover y apoyar la actividad deportiva amateur de los jóvenes deportistas con edades comprendidas entre los 5 años —cumplidos en la fecha de inicio de la inscripción, establecida por el reglamento de la federación, el organismo de promoción deportiva o la disciplina deportiva asociada a la que pertenezcan— y los 18 años, sin haberlos cumplido a la fecha de cierre de la inscripción. Para los deportistas con discapacidad no se establece ningún límite de edad.

La subvención se concede en la cuantía establecida anualmente, por un importe no superior a 50 euros, mediante la primera resolución de reparto de recursos del Consejo Provincial para cada deportista. El importe se duplica en el caso de los deportistas con discapacidad.

La subvención está prevista en el artículo 16, apartado 2, de la Ley provincial n.º 4, de 21 de abril de 2016, «Ley provincial sobre el deporte de 2016».

Restricciones

La solicitud de concesión y liquidación de la subvención debe referirse a la última temporada deportiva finalizada. La temporada deportiva es la establecida por el reglamento aprobado por la federación deportiva, el organismo de promoción deportiva o la disciplina deportiva asociada de referencia, y puede coincidir con el año natural o abarcar dos años.

La solicitud debe referirse exclusivamente a deportistas federados que desarrollen actividades de carácter amateur durante al menos 6 meses consecutivos a lo largo de la temporada deportiva. Quedan excluidos aquellos que realicen actividades de tipo curso.

Solo se admiten los deportistas que hayan cumplido 5 años en la fecha de inicio de la afiliación establecida por el reglamento federal y que no hayan superado los 18 años en la fecha de cierre de la afiliación establecida por el reglamento federal. Para los deportistas con discapacidad no se establece ningún límite de edad.

La concesión de la ayuda se realiza por orden cronológico de presentación de las solicitudes.

 

ATENCIÓN

A partir del 1 de abril de 2026, el acceso a subvenciones y ayudas públicas por parte de los beneficiarios inscritos en el Registro Mercantil y queposean, exploten o utilicen terrenos, edificios, instalaciones, maquinaria y equipos industriales y comerciales a los que se refiere el artículo 2424, primer párrafo, sección «Activo», partida B-II, números 1), 2) y 3) del Código Civil,empleados en el ejercicio de la actividad empresarial, estará supeditado a la suscripción de una póliza de seguro que cubra los daños causados por catástrofes naturales y eventos catastróficos a dichos bienes. La póliza deberá estar vigente en el momento de la concesión de la subvención y mantenerse durante toda la duración de las iniciativas. En caso de incumplimiento de la obligación de seguro —transpuesta a nivel provincial mediante resolución del Consejo Provincial n.º 2114, de 19 de diciembre de 2025 —, se denegará la subvención.

A quién está dirigido

Asociaciones y clubes deportivos de carácter amateur que:
a) estén inscritas en el Registro Nacional de Actividades Deportivas Amateur (RAS);
b) estén debidamente afiliadas a federaciones deportivas nacionales (FSN), disciplinas deportivas asociadas (DSA), entidades de promoción deportiva (EPS), asociaciones beneméritas (AB) o grupos deportivos militares y cuerpos del Estado (GSM) reconocidos por el CONI o el CIP;
c) desarrollen con regularidad, a lo largo del año deportivo, actividades en el ámbito de las disciplinas reguladas por las FSN o DSA, reconocidas por el CONI o el CIP;
d) tengan su sede social en el territorio provincial;
e) cuenten con socios afiliados;
f) desarrollen una actividad específica en el territorio provincial destinada a promover la disciplina deportiva en los sectores juveniles, tal y como los definen y regulan las respectivas FSN o DSA reconocidas por el CONI o el CIP.

Comités, delegaciones o secciones provinciales de las federaciones deportivas nacionales, de los organismos de promoción deportiva o de las disciplinas deportivas asociadas, reconocidas por el CONI o el CIP y que operen a nivel provincial en el ámbito de la actividad amateur, en nombre de la totalidad o parte de sus asociaciones y clubes deportivos afiliados.

La solicitud debe estar firmada por el representante legal de la organización deportiva.

Procedimiento

Las solicitudes deben presentarse por vía digital a través de la plataforma «Stanza del cittadino», a la que se accede haciendo clic en el botón «Acceder al servicio en línea» que aparece a continuación. Laguía en línea ofrece ayuda para rellenar el formulario.

Los anexos que deben presentar los comités y delegaciones de las federaciones y organismos deportivos, que presentan la solicitud en nombre de sus asociaciones y clubes deportivos afiliados, se pueden descargar en el siguiente enlace.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

Asociaciones y clubes deportivos
1. Solicitud debidamente cumplimentada en todas sus partes.
2. Lista tanto en formato PDF, sellada y firmada por la federación correspondiente, la disciplina deportiva asociada, la entidad de promoción deportiva o la asociación meritoria, como en formato de hoja de cálculo (.xls, .xlss o .ods) en la que se indiquen:

  • el número de identificación fiscal, la fecha de nacimiento y la fecha de afiliación de los y las deportistas de entre 5 y 18 años que practiquen la actividad durante al menos 6 meses consecutivos a lo largo de la temporada deportiva;
  • el número de identificación fiscal, la fecha de nacimiento y la fecha de afiliación de los deportistas con discapacidad mayores de 5 años que practiquen la actividad durante al menos 6 meses consecutivos a lo largo de la temporada deportiva;

3. Declaración de la federación, disciplina deportiva asociada, entidad de promoción deportiva o asociación benéfica correspondiente, en la que se indique la fecha de inicio y fin oficial de la afiliación según la normativa vigente.
4. Nota informativa con arreglo a los artículos 13 y 14 del Reglamento (UE) n.º 679 de 2016, fechada y firmada.

Comités/Delegaciones provinciales de las federaciones deportivas, disciplinas deportivas asociadas y organismos de promoción deportiva
1. Solicitud cumplimentada en su totalidad.

2. Lista tanto en formato PDF, sellada y firmada por la propia federación, disciplina deportiva asociada, entidad de promoción deportiva o asociación benemérita, como en formato de hoja de cálculo (.xls, .xlss o .ods) en la que se indiquen:

  • el número de identificación fiscal, la fecha de nacimiento y la fecha de afiliación de los y las deportistas de entre 5 y 18 años que practiquen la actividad durante al menos 6 meses consecutivos a lo largo de la temporada deportiva;
  • el número de identificación fiscal, la fecha de nacimiento y la fecha de afiliación de los deportistas con discapacidad mayores de 5 años que practiquen la actividad durante al menos 6 meses consecutivos a lo largo de la temporada deportiva;

3. Declaración en la que se indique la fecha de inicio y fin oficial de la afiliación, de acuerdo con el reglamento vigente de la asociación.
4. Poder para la presentación de la solicitud y el cobro de la subvención correspondiente, firmado por cada asociación o club deportivo beneficiario.
5. Nota informativa con arreglo a los artículos 13 y 14 del Reglamento (UE) n.º 679 de 2016, fechada y firmada.

Tiempos y plazos

Las solicitudes deben presentarse por vía digitalentre el 1 de enero y el 31 de octubre de cada año.

90 días

Días máximos de espera

El plazo de 90 días previsto para la finalización del procedimiento comienza a contar a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud. En caso de que se solicite documentación complementaria, el plazo del procedimiento queda suspendido hasta la recepción de dicha documentación.

Costes

Sello fiscal
16 euros

Exención para asociaciones deportivas (A.S.D.) y sociedades deportivas (S.S.D.) sin ánimo de lucro

Acceder al servicio

Solicitud y pago de la subvención para el deporte juvenil aficionado

Presentación de propuestas de colaboración público-privada (CPP) - Sus prácticas

Autenticación

Documento de identidad electrónico (CIE)
Tarjeta nacional de servicios (CNS)
Tarjeta provincial de servicios (CPS)
SPID nivel 2

Documentos

Normativa de referencia

Modifica della deliberazione n. 1897 del 22 novembre 2024, già modificata con la n. 2215 del 23 dicembre 2024, "Approvazione dei nuovi criteri attuativi della legge provinciale 21 aprile 2016, n. 4 ''Legge provinciale sullo sport 2016''.".

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Promozione dello sport e dell'associazionismo sportivo trentino

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Información adicional

Última actualización: 06/07/2026 12:08

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