Este contenido se ha traducido con una herramienta de traducción automática: el texto puede contener información inexacta.

Subvenciones para estudios, investigaciones, congresos y formación continua en el ámbito deportivo (solicitud)

  • Activo

Información, instrucciones, normativa y formularios para presentar la solicitud de subvención mediante un procedimiento de evaluación.

Descripción

Se trata de una subvención destinada a llevar a cabo una de las siguientes iniciativas:
a) estudios, investigaciones, experimentos y encuestas en el ámbito deportivo;
b) organización de congresos y cursos de formación para directivos, técnicos y personal médico deportivo.

Son subvencionables los siguientes gastos, correspondientes a documentos emitidos con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de subvención:
a) promoción de la iniciativa;
b) adquisición de materiales y servicios de apoyo a la iniciativa;
c) preparación y uso del espacio destinado a la actividad;
d) honorarios y reembolsos de gastos a ponentes, docentes e investigadores.

Son subvencionables las iniciativas cuyo gasto no sea inferior a 5 000 euros ni superior a 8 000 euros.

La subvención se concede por un importe equivalente al 25 % de los gastos subvencionables y, en cualquier caso, dentro de los límites del déficit y de los recursos disponibles.

La subvención está prevista en el artículo 15, apartado 1, letras c) y d), de la Ley provincial n.º 4, de 21 de abril de 2016, «Ley provincial sobre el deporte de 2016».

Restricciones

Son subvencionables las iniciativas cuyo gasto sea de al menos 5.000 euros y no supere los 8.000 euros.

Cada solicitante puede presentar una única solicitud al año, referida, respectivamente, a: a) estudios, investigaciones, experimentos y encuestas en materia deportiva; b) organización de congresos y cursos de formación para directivos, técnicos y personal médico deportivo.

En función de los recursos disponibles, que establece anualmente la Junta Provincial, se financian todas las solicitudes admitidas. En caso de que los recursos disponibles no sean suficientes para financiar íntegramente las solicitudes admitidas, se procederá a un reajuste proporcional de la subvención entre todas ellas.

CUP

Las facturas relativas a la adquisición de bienes y servicios objeto de ayudas públicas a las actividades productivas, concedidas a cualquier título y en cualquier forma por una Administración Pública, incluso a través de otros sujetos públicos o privados, o de cualquier modo atribuibles a ellos, deben contener el código único de proyecto (CUP), que figura en el acto de concesión o se comunica en el momento de la asignación de la propia ayuda o en el momento de solicitarla. Esta obligación se establece en el artículo 5, apartado 6, del Decreto-ley n.º 13, de 24 de febrero de 2023, , convertido en la Ley n.º 41, de 21 de abril de 2023, y modificado por la Ley n.º 213, de 30 de diciembre de 2023.
Las instrucciones operativas relativas a la aplicación del CUP se definen en el anexo A dela resolución del Consejo Provincial n.º 728, de 23 de mayo de 2024.

En caso de que el CUP no figure en la factura electrónica o haya sido indicado de forma errónea por el cedente/prestador y este último no haya procedido a reemitirla correctamente (= nota de crédito que anula la factura y emisión de una nueva factura), el cesionario/cliente podrá incorporar el CUP en la factura utilizando el servicio web disponible en el portal «Facturas y pagos», en el área «Facturas electrónicas y otros datos del IVA», en el apartado «Comunicaciones», enlace «Incorporación del CUP» de la Agencia Tributaria. Para más información al respecto, consulte la guía correspondiente:https://www.agenziaentrate.gov.it/portale/documents/d/guest/guida-all-utilizzo-del-servizio-di-integrazione-del-cup-in-fattura.

A quién está dirigido

Asociaciones y clubes deportivos de carácter amateur que:
a) estén inscritas en el Registro Nacional de Actividades Deportivas Amateur (RAS);
b) estén debidamente afiliadas a federaciones deportivas nacionales (FSN), disciplinas deportivas asociadas (DSA), entidades de promoción deportiva (EPS), asociaciones beneméritas (AB) o grupos deportivos militares y cuerpos del Estado (GSM) reconocidos por el CONI o el CIP;
c) desarrollen con regularidad, a lo largo del año deportivo, actividades en el ámbito de las disciplinas reguladas por las FSN o las DSA, reconocidas por el CONI o el CIP;
d) tengan su sede social en el territorio provincial;
e) cuenten con socios afiliados propios;
f) desarrollen una actividad específica en el territorio provincial destinada a promover la disciplina deportiva en las categorías juveniles, tal y como las definen y regulan las correspondientes FSN o DSA reconocidas por el CONI o el CIP.

La solicitud debe estar firmada por el representante legal de la organización deportiva.

Procedimiento

La solicitud de subvención debe presentarse en el formulario rellenable facilitado por la administración y enviarse en formato PDF estático o JPG a la dirección de correo electrónico certificadoserv.sport@pec.provincia.tn.it.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

1. Solicitud debidamente cumplimentada en todas sus partes, fechada y firmada.
2. Informe de previsiones.
3. Plan financiero con los ingresos y gastos previstos.
4. Información conforme a los artículos 13 y 14 del Reglamento (UE) n.º 679 de 2016, fechada y firmada.
5. Fotocopia de un documento de identidad del solicitante, si la solicitud se firma de puño y letra en un documento escaneado y no en presencia del empleado encargado.

Modelos

Tiempos y plazos

La solicitud de subvención mediante el procedimiento automático debe presentarseentre el 1 y el 30 de noviembre de cada año.

120 días

Días máximos de espera

Los 120 días previstos para la finalización del procedimiento comienzan a contar a partir del 1 de diciembre, día siguiente a la presentación de la solicitud. En caso de que se solicite documentación complementaria, el plazo del procedimiento quedará suspendido hasta la recepción de la misma.

Costes

Sello fiscal
16,00 euros

Exención para asociaciones deportivas (A.S.D.) y sociedades deportivas (S.S.D.) sin ánimo de lucro

Documentos

Normativa de referencia

Modifica della deliberazione n. 1897 del 22 novembre 2024, già modificata con la n. 2215 del 23 dicembre 2024, "Approvazione dei nuovi criteri attuativi della legge provinciale 21 aprile 2016, n. 4 ''Legge provinciale sullo sport 2016''.".

Leer más

Articolo 5 del D.L. 24 febbraio 2023, n. 13 convertito con L. 21 aprile 2023, n. 41: approvazione prime indicazioni operative riguardanti l'apposizione del Codice unico di progetto (CUP) e modifica dell'Avviso Nuova Impresa 2023 (approvato con deliberazione di Giunta provinciale n. 2015/2023).

Leer más

Promozione dello sport e dell'associazionismo sportivo trentino

Leer más
Sito web OpenCity Italia · Acceso de redactores del sitio