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Subvenciones a municipios para medidas urgentes de prevención

  • Activo

Concesión de subvenciones a los municipios para obras urgentes de prevención

Descripción

Concesión de subvenciones a los municipios para la realización de obras urgentes de prevención consecutivas y consecutivas a un acontecimiento calamitoso ya producido y que sean necesarias para contener la continuación o agravación del riesgo o la aparición de nuevos riesgos.

Restricciones

El ayuntamiento, una vez presentada la memoria o el proyecto final/ejecutivo de las obras, debe esperar a que el Servicio de Prevención de Riesgos y el centro único de emergencias califiquen la intervención como prevención urgente para poder solicitar la aportación.

Procedimiento

El Municipio, ante la presencia de una situación de peligro que requiera obras urgentes de prevención, elabora el proyecto y lo presenta al Servicio de Prevención de Riesgos y Emergencia Único, solicitando su calificación como prevención urgente. En presencia de una respuesta positiva del Servicio Provincial competente, el Municipio, dentro del plazo establecido, presenta una solicitud de contribución, utilizando el formulario publicado en el sitio web institucional de la Provincia, por uno de los siguientes métodos

  • entrega directa a la estructura competente
  • envío por servicio postal, mediante carta certificada con acuse de recibo. A efectos del cumplimiento de los plazos, se considerará la fecha de envío
  • (preferentemente) transmisión por vía telemática, de conformidad con las normas técnicas pertinentes, a través de la interoperabilidad P.I.Tre. o a la dirección: serv.prevenzionerischi@pec.provincia.tn.it.

Requisitos

Documentación que se debe presentar

La solicitud de ayuda, redactada según el formulario correspondiente, deberá ir acompañada de

  • documentación fotográfica que muestre el estado de los terrenos
  • copia firmada del proyecto de viabilidad técnica y económica/ejecutiva;
  • copia firmada de la decisión por la que se aprueba el proyecto de viabilidad técnica y económica/ejecutiva;
  • si la partida del proyecto "importe disponible" prevé la compra o expropiación de bienes inmuebles o terrenos cuyo importe sea igual o superior al 50% de la inversión: copia de la escritura del órgano competente por la que se aprueba la adquisición de los bienes inmuebles; para las compras: tasación; para las expropiaciones: estimación de los costes de expropiación.

Modelos

Tiempos y plazos

90 días

Días máximos de espera

El plazo del procedimiento comienza el día siguiente a la presentación de la solicitud y finaliza en los 90 días siguientes.

El resultado del procedimiento se comunica formalmente al municipio solicitante, indicando la referencia de la medida y el sitio donde se publica.

En caso de resultado negativo, el Municipio puede presentar

  • recurso ante el Tribunal Administrativo Regional, en el plazo de 60 días a partir de la notificación/comunicación del acto, de conformidad con la Ley nº 1034/71;
  • recurso extraordinario ante el Presidente de la República, en el plazo de 120 días a partir de la notificación del acto, de conformidad con el Decreto Presidencial nº 1199/71.

Costes

GRATIS

Documentos

Normativa de referencia

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